Durante décadas, hemos observado con resignación a funcionarios públicos movilizar apoyo y recursos para las campañas electorales. Basta una ojeada a los periódicos y noticiarios en tiempos electorales para percatarnos de que es una práctica que no distingue entre partidos, candidaturas o niveles de gobierno.
Con esto en mente es que se le dieron facultades de investigación al Instituto Federal Electoral, ahora Instituto Nacional Electoral, además de establecer sanciones para estas conductas. El objetivo ha sido desterrar estos usos de la arena electoral y sancionar a quienes resulten responsables.
Por obvias resulten las siguientes líneas, es necesario tenerlas muy presentes en los casos que se reseñarán. Primero, para castigar cualquier ilícito, hay que probarlo. Por su naturaleza ilegal, estos suelen ser ocultados por quien los comete. Es por tan elemental razón que debe investigarse cuando se detecten indicios de posibles conductas ilegales, para probarlas, sancionarlas y, cuando menos, disuadirlas.
Quien busca, encuentra
La historia reciente de la fiscalización de las campañas electorales en buena medida está influida por el importante trabajo de los medios de comunicación. Son múltiples las investigaciones que han contribuido para destapar esquemas de desvío de recursos públicos y financiamiento ilegal de campañas electorales. Sin embargo, es gracias a las capacidades de investigación de las autoridades que estos escándalos no han quedado sólo en tinta de periódico.
Es ya paradigmático el caso del Pemexgate, una trama de financiamiento ilegal urdida desde el sindicato de Pemex hacia la campaña presidencial de Francisco Labastida, lo cual derivó en una multa de 1000 millones de pesos al Partido Revolucionario Institucional (PRI).
La investigación del entonces Instituto Federal Electoral fue detonada por una queja interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) luego de que trascendieron declaraciones de Francisco Barrio, secretario de la Contraloría y Desarrollo Administrativo durante el sexenio de Vicente Fox. Además, se documentaron en los medios de comunicación varias notas sobre la denuncia presentada por dicha secretaría ante la Procuraduría General de la República (PGR) por un supuesto desvío de recursos públicos.1
Pero no hay que irnos tan lejos, en 2021 el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó una multa al Partido del Trabajo (PT). La sanción le fue impuesta luego de haberse descubierto la transferencia de recursos otorgados por el Gobierno del estado de Nuevo León a los Centros de Desarrollo Infantil (Cendis) y, de aquí, hacia personas vinculadas con el PT; estos recursos públicos redirigidos por los CENDIS eran una fuente ilícita de financiamiento y, además, se trató de recursos omitidos de los informes de ingresos y gastos que el partido entregó al INE. En este caso, la investigación que llevó a cabo la Unidad de Fiscalización fue detonada por una queja que presentó el PRI, la cual estuvo fundamentada en lo reportado por diferentes notas periodísticas y concluyó con la determinación de imponer al partido una sanción de 119 millones de pesos. Esa sanción fue confirmada por la unanimidad de las siete magistraturas del Tribunal Electoral.2

Y quien nada busca, nada encuentra
Hace unos días, llegó a la Sala Superior un recurso de apelación del PRD en contra de la decisión de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE sobre el desechamiento de una queja que interpuso dicho partido en contra de Morena, la precandidata de dicho partido a la presidencia y diversos funcionarios públicos por el uso indebido de recursos públicos para destinarlos a la campaña de la precandidata mencionada.3
Por una mayoría de 3 votos, el pleno de la Sala Superior confirmó la decisión de la UTCE de desechar la queja y no hacer una investigación más detallada para obtener indicios sobre si se cometió o no un ilícito. La queja del PRD estaba fundamentada en información de dos notas periodísticas y un post de la red social X. Una de estas notas, firmada por Sanjuana Martínez, quien fuera titular de la extinta Notimex, detallaba que un funcionario del gobierno le solicitó recursos para la campaña de la precandidata de Morena a la presidencia, a lo que ella se negó.
La magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez estuvieron en desacuerdo con esta decisión y vale la pena anotar algunas consideraciones de este desacuerdo. En primer lugar, la UTCE desechó esta queja pues el PRD no otorgó circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre los hechos denunciados. Sin embargo, la queja hace referencia a una nota periodística firmada por la propia exdirectora de Notimex en la cual hace manifestaciones expresas sobre una solicitud hecha por un funcionario del gobierno. Expuso en esta nota, además, haber presentado una denuncia ante las autoridades respectivas y es necesario enfatizar que dichos hechos que podrían constituir una infracción a la normativa electoral. En este caso, exigirle al PRD pruebas que confirmen las afirmaciones de la directora de Notimex era imponerle una carga desproporcionada, pero la UTCE no lo consideró así.
La queja fue desechada, en segundo lugar, al no haber sido señaladas las investigaciones o diligencias que podrían haber conducido a esclarecer lo sucedido. No obstante, el PRD sí mencionó que habría pruebas de sus dichos en los informes de los servidores públicos denunciados por la entonces directora de Notimex, los informes de gastos de la precandidata Claudia Sheinbaum y los del partido político Morena. Por ello, es posible afirmar que sí había indicios, aunque fueran mínimos, que justificaban el inicio de una investigación preliminar en lugar de desecharla.
La tercera razón esgrimida por dicha sentencia que confirmaba el desechamiento de la UTCE fue que en el recurso del PRD no presentaba una argumentación sólida sobre por qué iniciar o no una investigación a partir de las pruebas. Sobra recalcar nuestro desacuerdo en este punto pues las notas periodísticas, las publicaciones en redes sociales y las expresiones explícitas de la exdirectora de Notimex, sin duda constituyen un punto de partida razonable para que se iniciara la investigación correspondiente. Sin embargo, la UTCE no lo valoró así, en lo que coincidió con la mayoría de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
Más vale saber y no necesitar, que necesitar y no saber
Casos como Pemexgate o los Cendis, reseñados someramente, demuestran que las estrategias para el desvío de recursos públicos están más que vivas y son una herramienta empleada por los actores políticos durante las épocas de campañas electorales. Precisamente por la complejidad de algunos de estos esquemas, los pocos indicios que logran filtrarse a los medios de comunicación deben ser aprovechados por la autoridad para investigar y así lograr desenredar las complicadas redes de financiamiento ilegal. La reciente decisión de la Sala Superior poco abona en este sentido y más bien sienta un precedente grave para permitir a las autoridades electorales que abdiquen de sus responsabilidades, lo que tristemente puede dañar la equidad y legalidad de nuestras elecciones, propinando un duro revés al sistema democrático mexicano.
Luis Andrés Giménez Cacho Santiago. Asesor en la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez.
1 Córdova Vianello, L., y Murayama Rendón, C. “Transparencia y partidos políticos. Los casos de Pemexgate y Amigos de Fox” en Transparencia y partidos políticos. Nueve derrotas de la opacidad, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, 2007.
2 Ver sentencia de la Sala Superior del expediente SUP-RAP-413/2021.
3 Ver sentencia de la Sala Superior del TEPJF del expediente SUP-REP-70/2024.