Al respecto de las reformas a la Ley de Amparo, vale la pena reflexionar sobre algunos riesgos de restricción de figuras clave como el interés legítimo y la suspensión.
Andrés Alcántara Silva
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El ABC de la reforma a los organismos autónomos
En próximos días se discutirá la reforma que elimina el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (Mejoredu), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). En este texto el foco estará en los últimos dos para, además de enlistar los cambios de la reforma, analizar su eliminación de cara (i) al rol democrático de los órganos constitucionales autónomos (OCAs), (ii) el modelo de Estado regulador y (iii) los beneficios sociales, económicos y en materia de derechos en los que se traduce su funcionamiento.
La reforma judicial: hechos, daños e impugnaciones
Con la entrada en vigor del decreto iniciaron los plazos para su posible impugnación mediante algún medio de control constitucional. Sin embargo, la discusión sobre su procedencia no está zanjada.
El ABC del dictamen de la reforma judicial
El pasado viernes 16 de agosto se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el proyecto de “Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales a la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Reforma del Poder Judicial”, el cual será sometido para votación del pleno de la Comisión el próximo lunes 26 de agosto, como se desprende de la convocatoria publicada el viernes. En este texto, enlistaremos las principales modificaciones que la Comisión plantea hacer a la iniciativa presidencial, para lo cual seguiremos la estructura del propio dictamen.
La batalla respecto la sobrerrepresentación en el Congreso
Mucho se ha hablado del Plan C, ese paquete de reformas constitucionales y legislativas en torno al cual tanto el presidente López Obrador como los candidatos de Morena, PVEM y PT llamaron a votar el 2 de junio en todo el país. Este plan consistió, en su primera fase, en conseguir la mayor cantidad posible de votos en todos los cargos de elección, destacando la presidencia de la República y el Congreso de la Unión para poder reformar la Constitución sin necesidad de negociar con la oposición. Su segunda fase, que está en marcha, consiste en aprobar las 18 iniciativas de reformas constitucionales que son prioritarias tanto para el presidente como para la virtual presidenta electa. Para lo cual necesitan una mayoría calificada de 2/3 partes tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores, lo cual dependerá de la asignación de curules plurinominales que haga el Instituto Nacional Electoral (INE) y posteriormente revise el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El galimatías legislativo del Plan C
Ayer publicamos en este espacio una radiografía de la reforma judicial como parte de una serie de artículos encaminados a dar a conocer el contenido y alcance del denominado Plan C. Hoy explicaremos el trámite legislativo que deben seguir las 18 iniciativas de reforma constitucional que el presidente López Obrador envió al Congreso de la Unión el 5 de febrero pasado y, destacadamente, el de la reforma judicial.
El ABC del Plan C: la reforma judicial
El 19 de junio la virtual presidenta electa anunció que en los primeros meses de su mandato impulsaría la reconfiguración del Poder Judicial de la Federación (PJF) a partir de la iniciativa de reforma constitucional presentada por el actual presidente el 5 de febrero de 2024. A reserva de lo ya escrito, aquí exponemos los principales puntos —que van más allá de estrictamente la elección de jueces, magistrados y ministros por voto popular— de la reforma de cara a los riesgos de la fragilización de la independencia judicial que ofrece la experiencia comparada.
El cambio de paradigma en el juicio amparo: la adenda del Plan C
Con independencia de ello y del impacto que la elección pueda tener en la vida institucional de México, destacadamente en el Poder Judicial, vale tener presente que hace unos meses se presentaron dos iniciativas de reforma a la Ley de amparo. En este texto exponemos sus principales puntos y la manera en que implican una clara regresividad en la función tutelar del juicio de amparo, de cara a la tutela judicial efectiva y las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos.
Sobre el procedimiento de renuncia de los ministros de la Suprema Corte
El pasado 7 de noviembre Arturo Zaldívar Lelo de Larrea presentó su renuncia al cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El único precedente desde la reforma constitucional judicial de 1994 es la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora aprobada por el Senado el 8 de octubre de 2019. En ambos casos, más allá de los comunicados de los ministros, no se ha dado a conocer la “causa grave” que los motivó, a pesar de que por mandato constitucional es requisito para la renuncia, vulnerando con ello el acceso a la información de los ciudadanos y obligando a la reflexión sobre la regulación del procedimiento de renuncia, de especial importancia en la actual coyuntura en la que se encuentran inmersos la división de poderes y la independencia judicial.
La (ir)regularidad constitucional del Plan B electoral
Mucho se ha cuestionado si la segunda parte del Plan B electoral —propuesto por el presidente López Obrador luego de que su reforma constitucional no alcanzara la mayoría calificada necesaria en el Congreso de la Unión— consistente en modificaciones a diversas leyes, la abrogación de una y la expedición de otra, es constitucional o no. Para resolver dicho planteamiento, dejando de lado cualquier carga ideológica, basta con contrastar el texto del decreto con la Constitución.