El trámite de los incidentes de inejecución de sentencia ante los órganos jurisdiccionales debe ser estricto, expedito, completo e imparcial sin temor a la imposición de multas y sanciones a las autoridades. Esto para que los particulares no queden en estado de indefensión respecto del ejercicio de sus derechos cuando hayan obtenido una resolución a su favor, sin permitir dilaciones ni interrupciones irrelevantes que permitan un margen de discrecionalidad por parte de las responsables y sus respectivos superiores jerárquicos en el cumplimiento de las sentencias de amparo.
César Villanueva Esquivel
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¿Es la Comisión Federal de Electricidad autoridad para efectos del juicio de amparo?
La Segunda Sala de la Suprema Corte al resolver la contradicción de tesis 318/2009 en sesión de 18 de agosto de 2010, decidió desechar los siguientes criterios jurisprudenciales: AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. LO ES LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CUANDO APERCIBE DE REALIZAR O REALIZA EL CORTE DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. […]