El pasado 3 de abril de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo en revisión 695/2023, bajo la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, por mayoría de 4 votos, en el cual se cuestionó la constitucionalidad de los artículos 294 y 297 del Código Civil del estado de Puebla que regulan el matrimonio y el concubinato respectivamente, específicamente el amparo impugna la limitación del número de integrantes de ambas figuras.
Cuitlahuac Castillo Camarena
Warning: Undefined variable $contador in /home/nexos/public_html/eljuegodelacorte/wp-content/themes/nexos-2022/archive.php on line 40
Warning: Undefined variable $contador in /home/nexos/public_html/eljuegodelacorte/wp-content/themes/nexos-2022/archive.php on line 48
La batalla legal por la candidatura presidencial estadounidense: Trump vs. Anderson
El pasado jueves 9 de febrero, la Corte Suprema de Estados Unidos de América (SCOTUS, por sus siglas en inglés) escuchó a las partes del caso Trump v. Anderson en donde se disputa la solicitud de eliminación de Donald Trump como un candidato en la boleta de las elecciones primarias en el estado de Colorado. Desde el precedente de Bush v. Gore, la SCOTUS no enfrentaba un asunto así de politizado y tan relevante para una elección a nivel federal.
¿A qué se enfrenta la Suprema Corte con la Ley Atenco?
En el mes de diciembre de 2015, el gobernador del estado de México Eruviel Ávila Villegas envío al congreso una iniciativa de ley para regular el uso de la fuerza pública, llamada por algunos medios como la Ley Atenco. Esta ley tiene como antecedente los lamentables hechos acontecidos el 3 y 4 de marzo de 2006 en los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco, en donde sus pobladores y elementos de las policías municipal, estatal y federal se enfrentaron en un operativo.
Crítica · General · Internacional
¿Es la poligamia el siguiente cambio en la figura del matrimonio?
Hace cincuenta años era inimaginable pensar que dos hombres o dos mujeres lograran unirse en matrimonio, no era pensable para la época ¿por qué no podría ser similar con el hecho de que tres o más personas puedan hacerlo bajo una misma unión marital?