Si bien toda la actividad jurisdiccional —local y federal— fue catalogada como esencial por el acuerdo, del 31 de marzo de 2020, en que se establecieron las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, la mayoría de los poderes judiciales locales no tienen la posibilidades de emular a la Suprema Corte en el corto plazo. La realidad es que la mayoría de poderes judiciales locales no tienen la habilitación jurídica y tampoco la estructura técnica aprovechen las tecnologías de información y comunicación que mitiguen los riesgos de contagio pero que les permita continuar sus responsabilidades.
Juan Luis García Arellano
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