En el caso de la justicia electoral, esto ocurre cuando se cambia de criterio y, con ello, se deja de aplicar la línea jurisprudencial que se usa ante casos con problemas jurídicos similares, pero que presentan nuevos desafíos interpretativos. Esto sucedió durante la última sesión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al analizar un asunto relacionado con la posible coacción del voto a través del uso de propaganda que prometía la implementación de programas sociales.
María Paula Acosta Vázquez
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Democracia, grupos minoritarios y acciones afirmativas
La semana pasada la Sala Superior emitió dos decisiones de que ilustran la introducción de nuevos criterios para avanzar en la inclusividad de nuestra democracia. Estas resoluciones se dieron respecto a los lineamientos que emitieron tanto el Consejo General del INE como el OPLE de Baja California Sur para implementar acciones afirmativas en beneficio de grupos vulnerables en el proceso electoral de 2021. En dichos lineamientos se previeron, de entre otras cuestiones, medidas para implementar acciones afirmativas en favor de la población indígena y afromexicana con el objetivo de marcar un camino en la dirección correcta a fin de hacer efectiva la multiculturalidad en el sistema político-electoral.
La alternancia del género mayoritario en los tribunales electorales locales, ¿expectativa o realidad?
Dos ciudadanas cuestionaron la convocatoria del Senado de la República para renovar una vacante en el Tribunal Electoral de Puebla. La actual composición de ese tribunal es mayoritariamente del género masculino (dos hombres y una mujer), por lo que las actoras cuestionaron la convocatoria al considerar que solamente debería contender por el cargo el género femenino. Esto a partir de lo establecido por el artículo 106, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) que ordena expresamente la alternancia del género mayoritario en la integración de los tribunales electorales locales.
El alcance de la paridad de género al interior de los partidos políticos
En febrero de este año, la Sala Superior resolvió un problema jurídico en el que se planteaba esta pregunta: ¿cuál es el alcance que tiene el mandato de paridad de género al interior de los partidos políticos? Se trataba de una demanda en contra de la designación de delegados al CEN del PRI, en la que se alegó que no se cumplía el mandato de paridad, ya que solo se designó a una delegada general de entre los 20 cargos.
La designación de la presidenta de la CNDH y la importancia de un recurso efectivo al interior de los congresos
Consideramos que la discusión más relevante en el caso no debía girar en torno al proceso de designación de la titular de la CNDH, sino sobre el tema central del fondo de la controversia. Es decir, más allá de estudiar cuál fue el proceso de designación, era necesario analizar la necesidad de implementar herramientas de cuestionamiento y verificación de los procesos al interior del Senado.