En estos días se ha discutido, porque el momento lo obliga, cuántos y cuáles partidos políticos deberán perder el registro por no haber obtenido el 3% o más de la votación en las elecciones federales del 1 de julio. Una de las dificultades de esta polémica es que los artículos pertinentes, tanto de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como de la Constitución, están formulados de manera ambigua, es decir, cada uno se presta a dos lecturas diferentes y potencialmente contrarias.
Violeta Vázquez Rojas Maldonado
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