El problema es que al final el juez local no tiene incentivos para ser riguroso, pues sabe que la verdadera responsabilidad recae en un juez de amparo. Tal vez, lo que pasa desapercibido es que los 2 o 5 años que la gente está en la cárcel no se reponen, y que los jueces locales son responsables de ello.
Crítica
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¿Es constitucional el 16% de IVA en alimentos preparados?
Hace algunas días, la autoridad fiscal de nuestro país emitió una serie de disposiciones encaminadas a gravar con el 16% de IVA los alimentos procesados. Sin embargo, esta autoridad considera que justo no se trata de un nuevo impuesto sino de una mera aclaración de qué alimentos están gravados con la tasa del 0% y […]
Casos Valentina e Inés en la Suprema Corte: género, etnicidad y tortura sexual
…la discusión que viene sin duda aún puede contribuir a lo que Valentina Rosendo demandó al asistir a la sesión del Pleno: a que la puerta de la justicia se abra más para las mujeres indígenas. Eso es lo que está en juego ahora que será modificado este proyecto de sentencia.
Los jornaleros de San Quintín ante la Comisión Interamericana
El caso de los jornaleros agrícolas de San Quintín, Baja California, en paro laboral en exigencia de condiciones decentes de trabajo, no es nuevo y es representativo de la explotación que millones de trabajadores en el país padecen.
Caso Aristegui, ¿es MVS radio autoridad para efectos del juicio de amparo?
…no cabe más que decir que desde cualquier enfoque, es de suma importancia el seguimiento de este asunto, pues sin duda traerá consigo criterios necesarios para brindar seguridad jurídica en la construcción del proceso de amparo y, en su caso, acerca del contenido y alcance del derecho a la libertad de expresión en las relaciones entre particulares
Caso Carmen Aristegui: el amparo inédito
Mientras el Juez Silva escribió una histórica resolución, los magistrados del Octavo Colegiado en Materia Administrativa al parecer apenas garabatearon su perplejidad. Si hubiesen revisado la sentencia del Juez Marshall (Marbury vs. Madison) quizás lo hubiesen reprendido por extralimitarse en sus funciones: ¿Cuál es el artículo, la fracción, el párrafo, la coma, de la Constitución en la que se basa para declarar inconstitucional una ley?
La Suprema Corte y los costos de su decisión sobre el arraigo
El pasado martes 14 de abril, bajo una confusa discusión, con seis votos a favor y cinco en contra, la Suprema Corte estableció la constitucionalidad de la figura del arraigo en casos de delitos graves.
Crítica · Día a Día · Internacional
Arraigo, derechos humanos y responsabilidad internacional
El pasado 14 de abril de 2015, el pleno de la Suprema Corte decidió por 6 votos a favor y 5 en contra la constitucionalidad del artículo 133 bis del Código Federal de Procedimientos Penales que establece el arraigo en caso de delitos graves hasta por 40 días. La figura del arraigo ha sido ampliamente debatida en foros nacionales e internacionales por ser violatoria de derechos humanos, tales como la libertad personal, el debido proceso y por ser un caldo de cultivo para la tortura y otros tratados crueles inhumanos y degradantes.
El último eslabón de la justicia: la falta de ejecución de las sentencias
El trámite de los incidentes de inejecución de sentencia ante los órganos jurisdiccionales debe ser estricto, expedito, completo e imparcial sin temor a la imposición de multas y sanciones a las autoridades. Esto para que los particulares no queden en estado de indefensión respecto del ejercicio de sus derechos cuando hayan obtenido una resolución a su favor, sin permitir dilaciones ni interrupciones irrelevantes que permitan un margen de discrecionalidad por parte de las responsables y sus respectivos superiores jerárquicos en el cumplimiento de las sentencias de amparo.
En el juego de la designación de ministros, el presidente siempre gana
Por eso creo que un cambio de reglas es casi indispensable. Y si bien podríamos discutir largo y tendido sobre el procedimiento ideal para nombrar a nuestros jueces constitucionales, aquí hago una propuesta modesta: pasemos del sistema de ternas a la nominación de candidatos únicos y, sobre todo, eliminemos por completo las hipótesis que permiten la designación directa por parte del Presidente. Se trata, en síntesis, de contar con un procedimiento que al menos nos dé la posibilidad de darnos el tribunal constitucional que nos merecemos.