El uso de las tecnologías de la información constituye una de las herramientas de las que se han servido las autoridades electorales para incentivar y mejorar su ejercicio de cara a la nueva normalidad, siendo el voto electrónico —en su modalidad de urna electrónica— uno de los que más han llamado la atención en los últimos tiempos.
Justicia electoral
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La reelección consecutiva de diputados federales y el alcance de las facultades regulatorias del INE
El pasado 7 de diciembre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos para la reelección de diputaciones federales durante el proceso electoral 2020-2021. Ante la inexistencia de una normativa en la materia, emitida por el Congreso de la Unión, el Consejo General consideró necesario regularla desde la sede administrativa, a fin de garantizar la certeza y equidad en los comicios en curso. Tras seis años de su aprobación y sin una reglamentación del Congreso, hoy se presenta el dilema sobre si la facultad reglamentaria del INE le permite responder ante casos electorales en los que el legislador no ha reglamentado.
Democracia, grupos minoritarios y acciones afirmativas
La semana pasada la Sala Superior emitió dos decisiones de que ilustran la introducción de nuevos criterios para avanzar en la inclusividad de nuestra democracia. Estas resoluciones se dieron respecto a los lineamientos que emitieron tanto el Consejo General del INE como el OPLE de Baja California Sur para implementar acciones afirmativas en beneficio de grupos vulnerables en el proceso electoral de 2021. En dichos lineamientos se previeron, de entre otras cuestiones, medidas para implementar acciones afirmativas en favor de la población indígena y afromexicana con el objetivo de marcar un camino en la dirección correcta a fin de hacer efectiva la multiculturalidad en el sistema político-electoral.
Sobre el Estado de derecho patriarcal
La lección que nos queda, como feministas, es que estamos más lejos de lo que pensábamos para alcanzar una sociedad más igualitaria: el poder legislativo no sólo no regula, o regula a medias, sino que se opone a que otros lo hagan; los partidos políticos no sólo no postulan a mujeres sino que se oponen a que se les obligue a hacerlo; el poder judicial —en su mayoría— sigue resolviendo desde la lógica de un sistema jurídico sumamente patriarcal y; por último, con un objetivo en común y desde sus propias trincheras, los actores políticos siguen defendiendo ferozmente los privilegios que les otorga un Estado de derecho patriarcal.
¿Qué pasó con la implementación del principio de “paridad en todo” en las gubernaturas?
Pese a este escenario de incertidumbre y aún tomando en consideración que hasta este momento —jueves 17 de diciembre— no se ha distribuido el engrose, hay un punto respecto del cual no hay lugar a dudas: la mayoría de la Sala Superior votamos a favor de vincular a los partidos políticos para que postulen a mujeres en 7 de las 15 gubernaturas en el actual proceso electoral.
La alternancia del género mayoritario en los tribunales electorales locales, ¿expectativa o realidad?
Dos ciudadanas cuestionaron la convocatoria del Senado de la República para renovar una vacante en el Tribunal Electoral de Puebla. La actual composición de ese tribunal es mayoritariamente del género masculino (dos hombres y una mujer), por lo que las actoras cuestionaron la convocatoria al considerar que solamente debería contender por el cargo el género femenino. Esto a partir de lo establecido por el artículo 106, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) que ordena expresamente la alternancia del género mayoritario en la integración de los tribunales electorales locales.
Un dilema electoral: ¿equidad en la contienda o libertad de expresión?
La reforma política a la Constitución mexicana de 2007 exigió redefinir la línea que divide a la libre expresión del desafío a la equidad que requiere cualquier contienda electoral. El modelo de comunicación política-electoral cambió para subsanar la cobertura mediática observada en las elecciones presidenciales de 2006. Ahora el artículo 41 constitucional prohíbe la adquisición o contratación, directa o indirectamente, de tiempos en radio y televisión por parte de los partidos políticos o las candidaturas.
El Tribunal Electoral frente a las políticas del reconocimiento: el caso de la diputación migrante
El reconocimiento de la figura del diputado migrante abona al sentido de pertenencia e implica un avance de los derechos políticos y electorales de la diáspora. La derogación de este escaño por el Congreso de CDMX implicó no solo una vulneración al principio de progresividad de los derechos humanos, sino también un retroceso en la decisión política de establecer un vínculo con la diáspora nacida en esta ciudad para darle un sentido de pertenencia, reconocimiento y representatividad. Los mexicanos y mexicanas que viven en el exterior son parte de la nación y aunque se desarrollen en otro lugar, sus raíces, cultura e ideología seguirán influyendo en el país.
Política judicial y barreras de entrada al sistema de partidos políticos en México
En México, no es fácil constituir un partido político, pero tampoco lo es mantenerse dentro del sistema. Durante la primera elección que enfrentarán estos nuevos competidores postularán candidaturas sin formar coaliciones, tendrán menores recursos de financiamiento, así como menores tiempos de radio y televisión y, a pesar de ello, deberán obtener al menos 3% de la votación válida emitida. En última instancia, abogo por “abrir” los canales de participación institucional para conducir –en forma ordenada y bajo un marco democrático– las demandas legítimas de una sociedad cambiante; dejando en el voto de la ciudadanía la decisión final.
La ruleta rusa del derecho: el autogobierno indígena y la justicia electoral
Una nueva integración de la Sala Superior del TEPJF decidió el pasado mes de julio que la jurisdicción político-electoral dejará de garantizar los derechos de libre determinación, autonomía y autogobierno. Vale recalcar que sólo han podido hacerse efectivos vía juicios de protección de los derechos político-electorales del ciudadano pese a estar reconocidos desde hace años. La mayoría de los magistrados, quienes votaron a favor de hacer improcedente la vía, no dieron ningún argumento para sostener su voto.