Quien quiera reformar la antigua organización de un Estado libre,
conserve al menos la sombra de las antiguas instituciones
—Maquiavelo
¿Qué constituye un régimen? ¿Cuándo podemos decir que alguno ha mutado en otro, o simplemente que ha dejado de ser? El tema ha puesto a muchos pensadores a devanarse los sesos en la búsqueda de la esencia –o en algo que se le parezca– de un sistema jurídico o de gobierno. Para el común de los ciudadanos puede que ello se traduzca en transitar, casi de forma imperceptible, del goce de un determinado cúmulo de libertades o derechos a otro. Para la historia, es cuestión de dar sentido a hechos que, vistos en perspectiva, originaron o facilitaron que dicho tránsito tuviera lugar. La decisión de la Corte sobre la constitucionalidad de la consulta popular propuesta por el presidente López Obrador puede que termine siendo vista en un futuro como un signo de que el régimen en el país cambió. En el presente, podemos considerarla su memento mori.
Los argumentos de la mayoría fueron emitidos al amparo de novedosas –y polémicas– consideraciones sobre el papel del tribunal constitucional y lo que la Constitución le exige. Según el ministro Zaldívar, el objetivo de la Corte es “abrir las puertas de la vida institucional a quienes históricamente han estado excluidos de ella […] dar cauce, sin intermediarios, a la opinión ciudadana”. Para la ministra Ríos Farjat, corresponde a la Corte “desdoblar los contenidos constitucionales” y orientarse judicialmente hacia el “progresismo”. Pese a estas afirmaciones, la Constitución establece que la República mexicana es representativa y que la Corte cumple, no un papel de promoción de la participación ciudadana, sino que es garantía del carácter supremo de la voluntad popular expresada en el texto constitucional.

Ilustración: Víctor Solís
Los ministros acudieron a interpretaciones distintas para sostener la constitucionalidad de la materia de la consulta ––“es una cuestión de política criminal”, afirmó uno; “está referida a la responsabilidad administrativa de los servidores públicos”, señalaron otros–. A excepción del ministro Zaldívar, nadie sostuvo la constitucionalidad de la pregunta planteada por el presidente López Obrador y la Corte terminó sustituyéndola sin dejar rastro de la propuesta inicial. Ésta se refería a la materia penal, versaba sobre actividades de investigación y sanción de posibles conductas delictivas de los expresidentes. La mayoría la sustituyó con el “esclarecimiento de las decisiones políticas del pasado” de “los actores políticos”. Al compararlas, lo único que queda claro es que la pregunta formulada por la Corte es diversa, más desabrida y confusa que la del ejecutivo federal. Para algunos, se trata de una estrategia política del Poder Judicial digna de reconocimiento. ¿Fortalece el poder de la Corte? Es dudoso; este órgano se ve más débil ahora que antes de su decisión.
La Corte ha dado lugar en otras ocasiones a interpretaciones cuestionables y resoluciones reprochables. ¿Por qué ésta tendría que ser especialmente trascendente? Por las circunstancias que han acompañado la propuesta: el golpeteo del presidente de la República; las amenazas, explícitas o veladas al Poder Judicial —y a cualquier órgano que represente un contrapeso para él—; especialmente, porque implica el reconocimiento de que uno solo de los poderes constituidos es el que sirve como resonador del sentir popular. En otras palabras, es el contexto de la decisión lo que nos permite explicarla como signo del debilitamiento de los amarres constitucionales; como respuesta de un poder acorralado por otro que ejerce atribuciones in crescendo, sin pudor alguno por hacerlas notar.
De este modo, aunque los cambios en la formulación de la pregunta quitaron fuerza a la literalidad delas palabras de la propuesta del ejecutivo federal, esto parece irrelevante. El presidente transmite y asume un resultado que le fortalece, incluso por sobre las palabras. En su discurso, lo que aprobó la Corte es su consulta; la materia es penal; se trata de los expresidentes y sus delitos y la justicia se puso, tal como él pidió, a disposición del “pueblo”. Es el halo del poder ejecutivo y no la independencia del judicial lo que rodea la resolución.
En la preparación de la consulta no ha existido el ejercicio deliberativo entre poderes que fue tan profusamente alabado por el ministro Zaldívar en su posicionamiento sobre el tema. No hay diálogo entre poderes. La imagen que predomina es la de uno solo, mismo que se eleva sobre el resto haciendo de sus decisiones, intereses o caprichos, órdenes. En esta imagen radica el posible signo de cambio de régimen. Constituye también un recordatorio de que cualquier sistema constitucional es perecedero.
Memento mori es una frase y una práctica que recuerda a los hombres que ellos y todo lo humano es efímero. La idea se aplica a personas tanto como a gobiernos e instituciones. El recordatorio sirve para prevenir la vanidad o la estulticia de creer que lo que existe perdura sin mayor esfuerzo de protección o mantenimiento.
Memento mori parece ahora susurrarnos la decisión de la Corte. El mensaje interesa tanto a esa institución como a los ciudadanos. Es una advertencia y una invitación para defender lo que del régimen constitucional resulta valioso: la democracia representativa y la división de poderes. Es momento de recordarlo ahora, antes de que su existencia y posibilidad de defensa sean cosa del pasado.
Dulce Alejandra Camacho Ortiz
Profesora de la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato