
El partido Acción Nacional sometió a consideración del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (CGINE) una propuesta de acuerdo, por el que se establecen las medidas para garantizar que las encuestas y sondeos de opinión se utilicen como herramientas para la construcción del voto razonado y de una opinión pública mejor informada, así como evitar que se empleen como estrategias para influir en las preferencias electorales; al respecto el CGINE contestó que no tenía facultades para ello y que no era viable dado el proceso electoral ya había iniciado.
La Sala Superior, al conocer de la inconformidad del PAN, confirmó el rechazo que el CGINE hizo sobre la propuesta de crear el registro y regulación de las encuestadoras electorales y sondeos de opinión, pues consideró que dicha propuesta debió haberse revisado previo al inicio del proceso electoral, y confirmó que el INE no cuenta con facultades para sancionar a las encuestadoras ni para analizar el contenido ni la calidad de las encuestas y sondeos de opinión. (SUP-RAP-123/2024 – Unanimidad)