El matrimonio gay y la Corte Suprema de EUA

Love is law is love is law is love is law

La Suprema Corte de Estados Unidos resolvió la semana pasada dos casos relacionados con el matrimonio entre personas del mismo sexo: Hollingsworth v. Perry y United States v. Windsor. Estas resoluciones representan un triunfo para los que luchan a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo. Por virtud de ellas, California se convirtió en el treceavo estado de este país que reconoce esta figura (Perry) y todos los matrimonios pactados en estos estados pueden ya acceder a los más de mil beneficios establecidos en las leyes federales para los casados (Windsor).[i]

Como puede verse, no son resoluciones con un efecto generalizado: no instauran el matrimonio gay en todo el país. Lo único que queda claro con estos fallos es que si las autoridades estatales quieren permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, pueden. Si deben hacerlo o no, queda pendiente. Tampoco tienen el efecto de que los matrimonios pactados en una entidad deban reconocerse en otra. Si Alabama –o uno de los más de treinta estados que prohíben estas uniones– no quiere validar un matrimonio neoyorkino, es aún su prerrogativa federal no hacerlo.[ii]

Si además de los efectos de estas resoluciones, se analizan los argumentos utilizados, el resultado que se obtiene también es limitado para la causa. Perry ni siquiera se ganó por el fondo, sino por una razón procesal: la falta de legitimidad de los quejosos para impugnar el caso.[iii] En Windsor, por su parte, no se estableció un derecho fundamental al matrimonio, ni se determinó que la orientación sexual es una categoría sospechosa para efectos del derecho a la igualdad –herramientas, ambas, que prácticamente resolverían el problema de la falta del reconocimiento del matrimonio gay en el resto de los estados–.

A pesar de su modestia, el mensaje que envía la Corte me parece poderoso, principalmente por una razón: deja en claro que el amor es el amor. Y que el matrimonio –la institución jurídica– es también una cuestión de amor. Quizá hoy esta relación parezca una obviedad, pero históricamente es reciente.[iv] El matrimonio, especialmente para el derecho en Estados Unidos, ha estado relacionado con la filiación, la transmisión de propiedad, la identidad nacional y el orden social y –hasta hace poco– con la integridad racial. Más que el bienestar de las personas, su regulación ha estado preocupada por potenciar sus virtudes, garantizar sus responsabilidades, forjar sus caracteres.[v] La idea de que el matrimonio es valioso por ser el espacio en el que se manifiesta el amor es nueva. Con Windsor, sin embargo, me parece que ha llegado para quedarse.Aunque tampoco éste era un resultado evidente.

“El amor es un millón de cosas”. – Edith Windsor, la quejosa (y ganadora) del caso United States v. Windsor

El vínculo afectivo que surge entre dos personas adultas –sean o no del sexo opuesto– está constitucionalmente protegido para la Suprema Corte de EUA.[vi] El amor es amor para este tribunal.[vii] El matrimonio es una protección estatal más a este amor (siendo la primera protección, claro, la no interferencia). Cuando la federación excluyó a las parejas del mismo sexo de la protección que, en este caso, el estado de Nueva York les daba, las privó del respeto que merecían. Enviaba el mensaje de que eran indignas. Mensaje, para la Corte, inaceptable. Por si no quedaba claro con el fallo, los mensajes del presidente Barack Obama levantaron cualquier duda: en Estados Unidos, love is love.

Este giro me parece interesante porque apunta a la relación compleja entre el derecho y la sociedad. Leí un artículo en el que se relata cómo enfatizar la dimensión emocional del matrimonio para la lucha gay fue producto de una gran investigación social. Históricamente, los activistas gay habían articulado sus demandas en términos de derechos fundamentales. Esto fue percibido, por las parejas heterosexuales, como egoísta. Mientras que los heterosexuales percibían a sus propios matrimonios como basados en el amor y el compromiso, creían que los de las parejas del mismo sexo estaban basados en puro interés. La respuesta de los activistas gay a esta información fue la creación de la campaña Why Marriage Matters, misma que enfatizaba la dimensión afectiva y de compromiso de esta unión. Según dicho artículo, fue entonces que las conquistas legislativas comenzaron a llegar. Por el lenguaje de la Corte, las victorias pasaron también a la sede judicial. 

Sea un derecho fundamental en sí o no, el amor ya se quedó. Love is law.

Estefanía Vela. Abogada por el ITAM; maestra en Derecho por la universidad de Yale. Twitter: @samnbk

Estefanía Vela Barba. Abogada por el ITAM, actualmente estudia la maestría en Derecho en la universidad de Yale. Twitter: @samnbk – See more at: https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=2591#sthash.7cRttyqi.dpuf
Estefanía Vela Barba. Abogada por el ITAM, actualmente estudia la maestría en Derecho en la universidad de Yale. Twitter: @samnbk – See more at: https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=2591#sthash.7cRttyqi.dpuf

[i] Aunque esto, en realidad, es un poco más complicado de lo que parece: muchos beneficios federales cambian conforme al estado en el que las parejas se encuentran. Así, si una pareja se muda a un estado en el que no se reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, tendrán acceso a ciertos beneficios federales, pero no a otros. 

[ii] La Ley para la Defensa del Matrimonio (DOMA, por sus siglas en inglés), que es la ley que se impugnó en Windsor, tenía dos normas: por virtud de la primera, la federación sólo reconocía a los matrimonios entre un hombre y una mujer; por virtud de la segunda, ningún estado estaba obligado a reconocer los matrimonios pactados en los otros estados. En Windsor, sólo se impugnó e invalidó la primera norma, por lo que la segunda aún queda vigente.  

[iii] En Perry se disputaba, de fondo, la constitucionalidad de la Proposition 8, una medida de referéndum popular –aprobada por el 52% de los votantes– que reformó a la Constitución del estado de California para que se dejaran de reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo en el estado y se reconocieran exclusivamente los celebrados entre un hombre y una mujer. Después de que la Corte Suprema de California validó esta medida (en Strauss v. Horton), una pareja del mismo sexo la impugnó ante las cortes federales. En Perry v. Schwarzenegger, Prop 8 fue declarada inconstitucional. El Estado de California se negó a apelar esta decisión (esto es: se negó a defender la reforma constitucional). Esto orilló a los proponentes de la medida –ciudadanos que no son servidores públicos– a intentar apelar esta decisión. La Suprema Corte determinó que no tenían la competencia para hacerlo –sólo el Estado de California la tenía–, por lo que la decisión de Perry v. Schwarzenegger –declarando la inconstitucionalidad de Prop 8– quedó firme.

[iv] Stephanie Coontz, autora de Marriage, a History. How Love Conquered Marriage, sostiene que el amor romántico como parte esencial del matrimonio es una idea de los últimos cien años (aquí un texto breve en el que repasa esta transformación).

[v] No es que al derecho no le interesara el bienestar de las personas. Pero siempre ha sido una preocupación que se manifiesta especialmente en sentido negativo: al derecho le ha importado que las personas no sean, por ejemplo, violentadas o que no sean engañadas. Si son felices o no, si están enamoradas o no, le ha sido indiferente. Para entrar un matrimonio basta quererlo, sin importar las razones (dinero, amor, miedo a la soledad). Para salirse de él, el malestar imperdonable ha sido el criterio.

[vi] “El interés del Estado en definir y regular la relación marital, [siempre] sujeto a las garantías constitucionales, surge del entendimiento de que el matrimonio es más que una rutina de clasificación para efectos de otorgar ciertos beneficios legales. La intimidad sexual privada y consensual entre dos personas adultas del mismo sexo no puede ser castigada por el Estado, y puede ser “un elemento de un vínculo personal que es más duradero”. Al reconocer la validez del matrimonio entre personas del mismo sexo, [el Estado] busca proteger y honrar ese vínculo.” United States v. Windsor, 570 U.S. 19-20 (2013).

[vii] Determinación a la que, curiosamente, llegó en Lawrence v. Texas, el caso del 2003 en el que determinó que las leyes que criminalizaban la sodomía eran inconstitucionales. El que la Corte Suprema haya convertido a un caso de sodomía en un caso de amor ha sido criticado. Para una crítica, sugiero la lectura de Katherine Franke, “The Domesticated Liberty of Lawrence v. Texas”; para un reportaje de la transformación, sugiero “Extreme Makeover”, de Dahlia Lithwick.


9 comentarios en “El matrimonio gay y la Corte Suprema de EUA

  1. El matrimonio gay y la Corte Suprema de EUA-

    – No se le debería llamar «matrimonio gay» ya que involucra mucho más que personas homosexuales. Por eso se llama «matrimonio entre personas del mismo sexo».

    – La abreviación de Estados Unidos no es EUA sino EEUU

    -«Por virtud de ellas, California se convirtió en el treceavo estado de este país que reconoce esta figura (Perry)». Aunque tiene razón, la decisión de la Corte fue no tener jurisdicción.

    – «Deja en claro que el amor es el amor». No, deja claro que el matrimonio no le compete a la Federación y que el «Plaintiff» no puede ser alguien que se despierta y decide serlo.

    – «El vínculo afectivo que surge entre dos personas adultas –sean o no del sexo opuesto– está constitucionalmente protegido para la Suprema Corte de EUA». ¿En dónde? Que se haya declarado inconstitucional la ley contra la sodomía no implica que se proteja «el amor».

    – «Por si no quedaba claro con el fallo, los mensajes del presidente Barack Obama levantaron cualquier duda: en Estados Unidos, love is love». EEUU no es presidencialista como nosotros. Lo que dice el presidente no está escrito en piedra.

  2. – Como podrás notar, en el texto utilizo tanto “matrimonio gay”, como “matrimonio entre personas del mismo sexo”. Si bien entiendo el punto de que siempre se utilice «entre personas del mismo sexo», me gusta “matrimonio gay”. Primero, porque creo que sirve para que las personas entiendan, rápidamente, cuál es el tema. Esto es, al escribir “matrimonio gay”, creo que la mayoría entiende, así sin más, de qué va la discusión. Y, segundo, me gusta utilizar “gay” por razones personales: la historia detrás del calificativo “gay” me encanta. Implica la posibilidad de auto-nombrarse. Y hacerlo con algo que significa algo positivo. Por eso prefiero “gay” a “lésbico-gay-bisexual”; o “no heterosexual”. (“Homosexual”, lo detesto. Y “queer” tiene incluso otro significado.)

    – El texto explica que Perry se resolvió por un tema procesal. Esto aparece tanto en el cuerpo, como en el pie de página [iii]. Pero el efecto de ese fallo es que California se convierta en el treceavo estado con matrimonio entre personas del mismo sexo, como me lo reconoces.

    – Si me guío por lo que dice la Real Academia Española en línea, parece que “EUA” está bien. Si tienes alguna mejor fuente, por favor pásamela que no me gusta estar escribiendo las cosas mal. http://www.rae.es/dpd/srv/search?key=Estados%20Unidos

    – Como podrás ver el pie de página [vi], la Corte Suprema de EUA refiere explícitamente a un “vínculo personal que es más duradero” que la mera relación sexual. Esta es cita directa de Windsor y, a su vez, cita directa de Lawrence. (“When sexuality finds overt expression in intimate conduct with another person, the conduct can be but one element in a personal bond that is more enduring.”) No sé para ti qué significa o cómo interpretas el que la Corte hable de este “vínculo personal” más duradero que la relación sexual. Si, además del texto de la Corte, me guío por las críticas que ha recibido –como la de Franke, que incluyo en el pie de página [vii]– no me parece descabellado afirmar que la Corte habla de la dimensión afectiva de las relaciones íntimas y sexuales. Y, pues, yo a esa dimensión afectiva le llamo “amor”. Quizá esté equivocada, pero así lo estoy entendiendo yo.

    – Ahora, creo que la sentencia pudo haber tenido una argumentación mucho más estrecha y acotada al tema de competencias: la Federación no tiene la competencia para definir el matrimonio. La Federación sí puede incidir en él –decidiendo, por ejemplo, cuáles beneficios le imputa y cuáles no–, pero no le corresponde decidir cuál definición estatal acepta y cuál no. Pero fue más allá y metió a la Quinta Enmienda. Y entre la libertad y la igualdad –y la dignidad, porque también la utiliza bastante–, habla de las relaciones íntimas –sexuales, afectivas– de las personas. La “privacidad” no alcanza para explicar porqué hay que reconocer estos matrimonios. La privacidad sirve para que el Estado quede fuera. Aquí el Estado está entrando y reconociendo. “Dignifying” –insiste en afirmar la Corte– estas “relaciones”. En Windsor, el cómo la Corte Suprema entiende lo que hizo Nueva York no me lo explico sin la dimensión afectiva (y expresiva) de estas relaciones.

    – Incluso si lo que el Presidente de EUA dijera estuviera escrito “en piedra”, dudo que sus mensajes de Twitter serían considerados como un “acto de autoridad”, en sentido estricto. Mi punto no era sostener que lo que Obama dijo en Twitter era “ley” –menos para todo Estados Unidos–. Creo que queda claro en el texto el efecto jurídico acotado de las sentencias de la Corte –y la importancia del régimen federal para efectos del matrimonio–. Sin embargo, creo que, tratándose específicamente de la vinculación entre el amor y el matrimonio, el poder (simbólico, obviamente) de las sentencias va más allá. Y que el “mensaje” que envían es uno que se captura, creo, en lo que Obama dijo. Pero hay otros ejemplos. O sea, el “#LoveIsLove” no es exclusivo de Obama. Como menciono en el último párrafo, existe toda una campaña estructurada a partir de la dimensión afectiva del matrimonio. Portadas como la del New Yorker –Bert y Ernie abrazándose, mientras ven la televisión– apuntan a lo mismo. El amor como parte de la justificación o importancia del matrimonio (jurídico).

  3. – Sin ofender, pero me parece que la idea de que se emplee un término tiene que ver con claridad y entendimiento, no “porque “nos guste” o porque “nos encante” el significado de la palabra. No se debe buscar únicamente el entendimiento sencillo, porque se puede caer en la sobre-simplifcación.
    – Por cierto, se te olvidó hacer referencia al Distrito de Columbia. Ahora son 13 estados y DC. Me parece que la relevancia del caso es que la corte haya otorgado cerctiorati, más que en la decisión por sí misma.
    – Ambas están reconocidas, supongo que se trata de una cuestión de preferencia, 2. Es frecuente referirse a este país a través de su abreviatura: EE. UU. Puesto que se trata de una abreviatura, y no de una sigla, debe escribirse con puntos y con un espacio de separación entre los dos pares de letras. Existe también la sigla EUA, que, como corresponde a las siglas, se escribe sin puntos. No debe emplearse en español la sigla USA, que corresponde al nombre inglés United States of America.

    – Aun cuando la Suprema Corte de EE.UU. hizo referencia a la relación, forma parte de dicta, no del holding de la decisión.
    – Si hubiesen querido hacer una sentencia que cambiara el rumbo de la historia, habrían incluido que el derecho a la privacidad, de donde surge el derecho al matrimonio, no distingue entre el género de los contrayentes.
    – Respecto a Bert y Ernie (o Beto y Enrique, como les decimos en mi pueblo), hace algunos años salió este comunicado: Bert and Ernie are best friends. They were created to teach preschoolers that people can be good friends with those who are very different from themselves. Even though they are identified as male characters and possess many human traits and characteristics (as most Sesame Street Muppets™ do), they remain puppets, and do not have a sexual orientation.

    De cualquier modo, gracias por escribir sobre el tema. Da gusto saber que gente como tú está informada y preparada para entender lo que está pasando. Soy tu fan. No. No es sarcasmo.

  4. – Sobre la utilización de los términos: al darte las razones de porqué me “gusta” el término matrimonio gay, pretendí darte razones por las cuales creo que es un término no sólo que no ofende, sino que tiene un bagaje histórico concreto positivo para la causa. No utilizo “matrimonio homosexual”, por ejemplo. Y no sólo porque puede ser un matrimonio entre dos hombres que se identifican como bisexuales, sino por la historia de la palabra “homosexual”. De las diversas opciones que tengo para “nombrar” este “fenómeno”, yo elijo “matrimonio gay” –además de “matrimonio entre personas del mismo sexo” (que sí utilizo)– porque, insisto, creo que la gente entiende a qué me refiero, en general; trae la historia positiva de la utilización del término, en particular; y me permite no escribir muchas veces “matrimonio entre personas del mismo sexo” que, después de varios párrafos, resulta cansado. En este caso, prefiero dejar de fuera al resto del arcoíris. Que me perdonen. (Bien podría criticarse también el decir “matrimonio entre personas del mismo sexo” porque utilizar “sexo” hace parecer que es algo dado o unívoco, cuando tampoco lo es. Creo que el término que se presta a menos equívocos sería “el matrimonio como la unión entre dos personas (adultas) (aunque esto también es debatible), sin ninguna otra distinción”.)

    – Sí se me olvidó hacer referencia a D.C. Ya no lo acabé incluyendo en ningún pie de página.

    – ¿Por qué para ti forma parte del dictum y no del holding? ¿Porque no viene en “Held:”? Y, en última instancia, ¿qué no el dictum luego acaba siendo lo central de una decisión?

    – Estos nunca fueron los casos para cambiar el rumbo de la historia. Quizá Perry pudo haber sido, pero a como se fue desarrollando ya no fue. Y Windsor, no había cómodo. De hecho se me hizo que dijeron demás para lo que pudieron haber dicho en Windsor. Pero la pregunta por el derecho al matrimonio sigue faltando. (Igual que la de la orientación sexual como categoría sospechosa, que para como es el derecho allá, sigue siendo relevante.)

    – Sí leí que no son pareja. Y también seguí algunos de los posts criticando a la portada (una de las razones siendo: de todos los íconos gay, ¿escogen a una pareja que ni es pareja?). Pero, bueno. La imagen que el New Yorker plantea se me sigue haciendo interesante: lo que importa es el “sweet embrace”.

    – ☺

  5. El matrimonio es la única institución que une a un hombre y a una mujer de por vida, dándole a todo niño que resulte de esa unión la base segura de una madre y un padre.

  6. El estado turnó la decisión a la Suprema Corte que luego de prolongados debates determinó en mayo de 2008 que los matrimonios entre personas del mismo sexo eran constitucionales y era un derecho de los residentes de California.

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