En los considerandos de la Declaración Americana de Derechos Humanos se afirmó que los pueblos americanos habían dignificado a la persona humana y que buscaban que los “hombres” progresaran y alcanzaran la felicidad. En el preámbulo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados miembros reconocieron que sólo podía realizarse el ideal del ser humano libre si se creaban condiciones que permitieran a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, así como de sus derechos civiles y políticos.

Ambos textos constituyen una clara oda a la grandeza de los derechos humanos, entendiéndolos como factores que, al garantizarse, permitirían a las personas alcanzar la plenitud. Una plenitud que, por siglos, se negó y que fue conquistada sólo mediante luchas colectivas. Esta visión emancipadora, sin embargo, siempre ha generado incomodidad en ciertos grupos, sobre todo en aquellos que han detentado el poder y que perciben en los derechos humanos una amenaza a sus privilegios.

La historia de los derechos humanos en las Américas es a la vez única y compartida. Se caracteriza por la lucha contra la colonización, la opresión, las dictaduras, las desapariciones forzadas y la censura. Es también la historia del cansancio por la pérdida de tierras, la negación del derecho al voto y la venta, explotación y degradación de cuerpos. Este sentimiento colectivo cristalizó en una consigna regional: “nunca más”.

De esa convicción nació un Sistema Interamericano sólido. La Comisión Interamericana y la Corte Interamericana, desde sus respectivas funciones, velan, revisan, monitorean, sentencian, recomiendan y brindan reparación, justicia y verdad a las víctimas de los Estados que incumplen con sus obligaciones.

Por ello parece impensable que las visiones o el trabajo de este sistema pudieran oponerse a los ideales que le dieron origen. Decir que el Sistema Interamericano teme a los derechos humanos puede sonar absurdo. Sin embargo, reconocer que existen actores que buscan desmantelar al sistema y modificar su visión progresista ya no es una exageración, sino una advertencia.

El conservadurismo dentro del Sistema Interamericano ha cobrado relevancia en los últimos años. En un inicio, se documentó cómo, a través de redes de grupos conservadores, se diseñó una estrategia de lobby dentro de los espacios de discusión, primero en Naciones Unidas y después en los entes regionales como la Organización de los Estados Americanos (OEA).* Bajo el estandarte de la defensa de los “valores tradicionales” y en un contexto político favorable, estos grupos lograron participar en las sesiones a “puerta cerrada” de la Asamblea General de la OEA, espacios reservados tradicionalmente a representantes estatales y delegaciones acreditadas. Desde allí, no sólo propusieron modificaciones en resoluciones, sino que también incidieron en las elecciones de quienes integrarían la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

El resultado ha sido la llegada —y reelección— de comisionados con posturas conservadoras en la CIDH, así como la elección de un juez en la Corte IDH apoyado por estas redes conservadoras. La presencia de estos perfiles ha reabierto debates sobre derechos que se consideraban consolidados, en particular los derechos sexuales y reproductivos, los derechos de las mujeres y de las disidencias sexuales.

Ejemplos recientes lo confirman: el comisionado Carlos Bernal ha manifestado en redes sociales su desacuerdo con la despenalización del aborto, mientras que Edgar Stuardo Ralón se ha presentado en foros como un defensor del “derecho a la vida” en sentido restrictivo. En la Corte, el juez Alberto Borea fue señalado por el Panel Independiente debido a su postura disidente frente a los estándares del sistema en materia de derechos sexuales y reproductivos, y del derecho a la protesta.

En la práctica, estas posturas se han reflejado en votos disidentes. Dentro de la CIDH, tanto Bernal como Ralón[1] han cuestionado informes temáticos con enfoque de género, como el de “Mujeres privadas de libertad”. En éste sostuvieron que no existía sustento jurídico suficiente para afirmar que las mujeres y las personas trans enfrentan mayor criminalización y sanciones penales, y rechazaron las recomendaciones relacionadas con la interrupción legal del embarazo.

En la misma línea, en el informe “Libertad de religión y creencia”, también se pronunciaron en contra del reconocimiento del derecho de niñas, niños y adolescentes a participar progresivamente en la elección de su libertad de creencias, argumentando que este es un derecho exclusivo de los padres. Además, han reivindicado el “derecho de las iglesias” y han hecho llamados a rescatar los valores religiosos y morales.

Aunque estas disidencias no alcanzan la mayoría absoluta requerida para revertir las decisiones de la Comisión, el mensaje que transmiten desde un organismo internacional es que las posturas regresivas se están impulsando desde el propio sistema. La Corte Interamericana también ha reflejado estas tensiones. Antes de la actual integración, el juez en retiro Eduardo Vio Grossi se pronunció en contra del reconocimiento del matrimonio igualitario, alegando la inexistencia de un tratado internacional que lo contemplara.[2] Asimismo, la jueza en retiro Elizabeth Odio votó en disidencia frente al reconocimiento de derechos de mujeres trans privadas de libertad.[3]

De forma reciente y con la nueva composición de la Corte, la presencia de un juez con posturas contrarias a los estándares recientes en materia de derechos sexuales y reproductivos y en relación con la protesta resulta alarmante. Aunque aún no se han emitido sentencias con esta integración, las audiencias públicas ya han mostrado interacciones preocupantes. En la audiencia del caso Zuccolillo Moscarda vs. Paraguay, sobre la persecución penal a medios de comunicación críticos con el gobierno, el juez Alberto Borea sostuvo un intercambio desafortunado con una perita al afirmar que “no le interesaban las respuestas” y convertir sus preguntas en un debate cargado de expresiones condescendientes.[4]

Las posturas ideológicas y políticas de quienes integran la CIDH y la Corte IDH determinan inevitablemente la visión y el trabajo de estas instituciones. En el ámbito de los derechos humanos, cuando esas visiones se oponen a los estándares alcanzados o bloquean el desarrollo de nuevos consensos, quienes resultan más afectados son los grupos históricamente vulnerados. El debate académico y político puede parecer abstracto, pero en la práctica se traduce en retrocesos para millones de personas.

Esta situación es un llamado de atención. Todas las personas estamos involucradas en la discusión sobre derechos humanos, más aún cuando se refiere a los estándares que impactan directamente en nuestros países. Ante discursos que buscan retroceder, se necesitan voces y acciones que insistan en avanzar. Si el conservadurismo se consolida dentro del Sistema Interamericano, lo que está en juego no es sólo la vigencia de ciertos derechos, sino la legitimidad misma del sistema que durante décadas ha representado la última esperanza para las víctimas de la región. Al final, quienes eligen a las personas miembros de la CIDH y la Corte IDH son los Estados, por lo que sus votos reflejan sus posturas respecto de los derechos humanos que están obligados a garantizar, proteger y rendir cuentas.

Samantha Rodríguez Santillán

Licenciada en Derecho y especialista en Derecho Internacional Público por la UNAM. Maestrante en Derechos Humanos y Acción Humanitaria, SciencesPo

[1] Véase, por ejemplo, los siguientes informes temáticos: Libertad de religión y creencia (2025), Personas con discapacidad. Situación de sus derechos en las Américas (2025); Mujeres privadas de libertad en las Américas (2023), Derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales (2021).

[2] Vio Grossi, E. Voto individual, Opinión Consultiva OC-24/17. Identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo.

[3] Odio Benito, E. Voto parcialmente disidente. Opinión Consultiva OC-29/22. Enfoque diferenciados respecto de determinados grupos de personas privadas de la libertad.

[4] Corte IDH. Audiencia Pública Caso Zuccolillo Moscarda Vs. Paraguay, en Youtube: https://www.youtube.com/watch?v=OTPeeo73WqU (4:53:28-5:00:46)

* María José Urzúa Valverde, Civil Society and International Organizations: Access, Strategy, and Influence in the OAS. Ph.D. Dissertation. 2024, Princeton, Nueva Jersey: Princeton University.

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Publicado en: Absurdos jurídicos

Un comentario en “El miedo a los derechos humanos

  1. SAMANTHA: Al parecer tu bonito nombre significa… la que escucha, si no es así, olvídame, ignórame, como dice la canción, pero es que tengo una duda que no me dejas dormir, que me atormenta noche a noche. Que pasó con las Garantías Individuales, en nuestra chulada de país, aún tienen valides o se las llevó al diablo, con el mamotreto ese de los derechos humanos, que sólo han servido, según «vox populi», para proteger a todo tipo de delincuentes, desde los de cuello blanco, pasando por los terroristas y asesinos del crímen organizado. ¿no será más bien que el gobierno es el que le tiene miedo a ese tipo de garantías, que están o estaban pactadas en la llamada Carta Magna?. En serio, como ciudadano al corriente del pago del impuesto sobre productos del trabajo, no creo que los cacareados derechos humanos, nos defiendan a los mexicanos de toda clase de tropelías, incluidas las del supremo gobierno, aunque sea de la 4T. Vale

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