Elección judicial y reforma electoral: crimen y castigo

Conforme llegamos a la conclusión del proceso electoral federal y los procesos concurrentes en 19 entidades federativas para elegir personas juzgadoras, se acumulan evidencias de que fue un despropósito. Permítaseme aludir al título de la obra mayor de Fiódor Dostoievski para exponer los motivos por los que se puede llegar a la conclusión de que la democracia en México atraviesa, claramente, una etapa de decadencia.

Una elección criminal

Desde su concepción y origen, la elección judicial cargó con un error de diagnóstico y una insalvable ilegitimidad. Cuando en febrero de 2024, en el marco del 107º aniversario de promulgada la Constitución, el entonces presidente de la República enunció como parte de una agenda de reformas la elección de todos los cargos de las personas juzgadoras, la reacción fue de sorpresa y rechazo, aunque de relativa cautela. Parecía una ocurrencia, un simple despropósito. Para nadie era una bandera ni una demanda con respaldo social. Como toda reforma constitucional, para llevarla a cabo se requería de una mayoría calificada —dos tercios en ambas cámaras del Congreso de la Unión— con la que entonces el gobierno no contaba y que se antojaba difícil de conseguir en las elecciones generales (renovación de la Presidencia de la República y la totalidad del Congreso) de junio de ese año.

Muy pronto llegarían las primeras preocupantes señales tras el resultado de esos comicio. La interpretación que impulsó el régimen para obtener una muy cuestionada (¿inconstitucional, acaso?) sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados, y que terminó siendo concedida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación —esa obsequiosa mayoría de tres magistrados que, en los temas cruciales, ha decidido consistentemente y sin ambages a favor del régimen—, le regaló a la coalición oficialista la exigente mayoría calificada requerida. Vendría entonces uno de los episodios más lamentables de la política contemporánea mexicana para lograr lo mismo en el Senado. Como en dos actos de una ópera bufa, en primer lugar, algunos senadores traicionaron a sus votantes y partidos para sumarse a las filas del oficialismo; y después, en un acto todavía más deleznable, en tiempo real presenciamos cómo se “operaron” los votos decisivos para la aprobación de reformas constitucionales. La primera que se consumó fue, precisamente, la reforma judicial.

En los siguientes días conocimos de la interposición de diversos juicios y recursos contra la reforma, así como la emisión de medidas cautelares por parte de algunos jueces de distrito. Sin embargo, cuando llegó al ámbito de la Suprema Corte de Justicia— último reducto con posibilidad de frenarla—, también presenciamos cómo hizo falta un solo voto, el decisivo, para frenar el atropello. Así, la reforma quedó firme y había que detonar el inicio del proceso electoral.

Son tantas y tan aberrantes las disposiciones que rigieron este proceso, que sólo me detengo a precisar las principales. En una elección convencional (Ejecutivo y Legislativo) la normatividad establece que no puede haber cambio de reglas 90 días antes del inicio del proceso electoral (que es en la primera semana del mes de septiembre previo al año de la jornada electoral). Por razones obvias, esta disposición no se cumplió. Al INE se le arrojó una bola de fuego, para que encontrara la manera de hacer factibles los comicios en diversos aspectos que el Congreso no reguló.

De entrada, el INE tomó una decisión sobre algo cuya naturaleza era incompatible: que los distritos judiciales se adaptaran a la geografía probada del INE, los distritos electorales, para que la elección fuera factible. Además, si ya de por sí el INE iba tarde —no por su voluntad— en la planeación del cronograma y el programa estratégico del proceso electoral, hubo un aluvión de recursos judiciales interpuestos para intentar impedir la elección (antes de que se produjera la decisión definitiva de la Suprema Corte). En ese escenario, el INE intentó que la elección se celebrara en octubre de 2025, en vez del 2 de junio, lo que fue descartado por el oficialismo. Por otro lado, se asignó un presupuesto insuficiente para realizar una elección constitucional con los estándares requeridos. El INE actuó sin tiempo ni dinero, lo que llevó, entre otras medidas de necesidad, a que se instalara sólo la mitad de las casillas que funcionaron en la elección de 2024.

A lo anterior hay que sumar que el INE no tenía facultades plenas para validar la idoneidad de las candidaturas en el momento de su registro. En la reforma se estableció que cada uno de los tres poderes de la Unión designaría un comité evaluador responsable de vigilar el cumplimiento de los requisitos. Como se sabe, el comité del Poder Judicial, integrado por perfiles intachables, hizo una muy digna labor hasta donde pudo, pero el asunto terminó en el Tribunal Electoral, que dispuso que el Senado realizara una selección por tómbola de los perfiles que habrían de llegar a las boletas electorales. Mientras tanto, los comités de los poderes Ejecutivo y Legislativo se abocaron a escoger perfiles afines al régimen, sin cumplir con su obligación de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad (lo cual fue descaradamente reconocido en su momento por el presidente del Senado), una asignatura que se traspasó al INE para que la realizara después de la elección. Toda una novedad tener que verificar la elegibilidad de personas que —en potencia— ya fueron electas.

Otra deficiencia fue que las candidaturas no tuvieron acceso a los medios de comunicación masiva. Se permitieron debates, entrevistas y presentaciones públicas en formatos más bien restrictivos, para cuidar “la equidad en la contienda”, lo cual fue un decir, ya que las tres muy conocidas ministras de la Suprema Corte que buscaron —y consiguieron— mantenerse en el cargo partieron de una base de conocimiento público inequitativo. Las campañas estuvieron concentradas en redes sociales, con un impacto casi nulo en la opinión pública.

Tal vez el hecho más contundente que descalificó la elección fue la difusión de una serie de “acordeones” que tenían la intención de incidir en el sentido del voto, e incluso coaccionarlo, en el extremo de la ilegalidad. Más allá de algunas variantes, el resultado del “operativo acordeón” fue tan robusto, que la distancia entre las candidaturas ganadoras —incluidas todas las de los acordeones— y las que quedaron en los siguientes lugares es de tal magnitud, que no hay lugar a dudas sobre su efectividad para determinar el resultado.

El otro hecho contundente es la indiferencia y rechazo entre la ciudadanía respecto a la elección. Sólo el 13 % del padrón electoral participó en este ejercicio de cesarismo plebiscitario. Nueve de cada diez ciudadanos le dieron la espalda a la cita con las urnas. A ese bajísimo porcentaje de participación hay que sumar que alrededor del 30 % de los votos emitidos se anularon, sin que se pueda precisar qué porcentaje se debió a la complejidad de las boletas y el mecanismo de votación, y qué otra proporción fue resultado de una manifiesta decisión de anular el voto (aunque supimos de algunas leyendas escritas en las boletas que expresaban un contundente rechazo a la elección). En cualquier caso, los votos válidos equivalen casi al 9 % del padrón electoral. Un fracaso rotundo.

Cuando el Consejo General del INE evaluó la validez de la elección, se presentó una argumentación sólida e interesante en el sentido no de declarar la invalidez —pues esa no es una facultad concedida a la autoridad administrativa—, sino en el de no acompañar la validez de los seis tipos de elecciones judiciales federales. Esto produjo la división en bloques paritarios del Consejo General, imponiéndose al final, por un solo voto de diferencia (seis contra cinco), la declaración de validez de la elección, haciendo caso omiso —o consintiendo— las anomalías que se presentaron en centenares de casillas, donde no hubo una explicación lógica sobre sus resultados. Desde luego, aprovechando las limitaciones en la cadena de custodia, resulta evidente para cualquier observador de procesos electorales que se dio el retorno de una serie de prácticas fraudulentas características de la picaresca del régimen hegemónico del siglo pasado.

La primera reacción del oficialismo fue festejar los resultados de la elección, señalando que acudieron “millones” de ciudadanos a votar —aunque ya había quedado claro que fue un segmento minoritario del padrón— y que, con ello, se confirmaba el argumento de que “México es el país más democrático del mundo”.

Desde luego, no hay una sola voz seria en la comunidad internacional que reconociera como positivo el proceso electoral judicial mexicano. Más aún: los observadores de la OEA, en las conclusiones de su informe preliminar sobre la elección, recomendaron no imitar lo realizado por México. Nunca, ningún país, en ninguna parte del mundo, había tenido la ocurrencia de que todos los cargos de la rama judicial fueran electos popularmente. Por algo será.

En suma: unos comicios sin un vínculo de representación entre las personas juzgadoras y el electorado, que destruyó la carrera judicial, y que genera incentivos para emitir sentencias con criterios político-partidistas (no vaya a venir una reprimenda o una sanción por parte del recién creado Tribunal de Disciplina Judicial), en vez de criterios sólo jurídicos.

La inminente reforma político electoral

Tomando en cuenta la división que se dio en el Consejo General del INE, el régimen aprovechó para acusar que un grupo de consejeras y consejeros “se había extralimitado” en su argumentación. En ese contexto, la actual mandataria utilizó la coyuntura para anunciar una nueva reforma electoral. Valga señalarlo, sin el mínimo recato de esperar a que concluyeran la últimas etapas del proceso electoral judicial: la revisión de los informes fiscales de campaña no ha concluido, está pendiente que el Tribunal Electoral y la Fiscalía Especializada en Derechos Electorales determinen sobre las diversas impugnaciones y denuncias (destacando el caso de los acordeones) y las personas juzgadoras electas no han tomado posesión de sus cargos.

Con todo, el anuncio de la reforma no es ninguna sorpresa. Estaba contemplado en el paquete de reformas anunciadas en febrero de 2024, y desde luego —no podría ser de otra manera en la extensión del obradorato—en el anuncio de los 100 temas de la agenda del gobierno actual.

Si bien no hay aún una iniciativa concreta que pueda analizarse, hay dos temas que, con toda certeza, la orientarán: por un lado, la reducción —o incluso, en el extremo, la eliminación— del componente proporcional en las cámaras legislativas mexicanas (el Congreso de la Unión y los congresos locales); y, por otro lado, medidas que, alegando el alto costo de las elecciones —como si los promotores de la reforma judicial estuvieran al margen de los más de 8 mil millones de pesos tirados a la basura por la elección judicial tan sólo en el ámbito federal, a lo que faltaría sumar el dispendio correspondiente a las elecciones locales— alteren o reduzcan los controles existentes, que han garantizado elecciones limpias durante casi tres décadas, así como el financiamiento público a los partidos políticos. Estas medidas tienen claras intenciones y destinatarios. Se trata de reducir a la menor expresión posible el pluralismo político y minimizar los recursos para las contiendas electorales de las oposiciones partidistas.

Desde luego, no se puede descartar que la reforma incluya una mayor colonización del INE, en un contexto en el que observamos cómo distintos órganos constitucionales autónomos desaparecen, cambian de naturaleza para estar en la órbita del régimen o son colonizados.

Por último, ante las tentativas de reforma electoral que se han impulsado en el obradorato (venturosamente contenidas en su momento, pero contra las cuales ya no hay protección posible), hay que tener en consideración dos publicaciones del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM que ofrecen importantes diagnósticos técnicos sobre las iniciativas que en su momento impulsó el régimen.[i] Muy relevantes instrumentos de análisis de cara a una discusión necesaria ante lo que se avecina muy pronto: la inevitable —dada la pulsión autoritaria del régimen— reforma electoral.

Horacio Vives Segl

Profesor del Departamento Académico de Ciencia Política del ITAM

[i][i] Se trata de Análisis técnico de las 20 iniciativas de reformas constitucionales y legales presentadas por el presidente de la República (febrero 5, 2024), coordinado por Sergio López Ayllón, J. Jesús Orozco Henríquez, Pedro Salazar y Diego Valadés, y La iniciativa presidencial de reforma electoral: análisis técnico del Plan C electoral, coordinado por Javier Martín Reyes y María Marván Laborde, ambos publicados por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en 2024.

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Publicado en: General