Como cualquier movimiento social, la comunidad LGBTI+ pretende incluir sus ideas y postulados dentro de la estructura estatal, así como en el imaginario social, con el fin de lograr una transformación sustancial dentro de cada institución e individuo. En cuanto al cambio institucional, el movimiento ha logrado grandes avances: la mayoría de las legislaturas reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo, y las leyes que reconocen y garantizan libertad de identidad sexo-genérica son cada vez más visibles.

Ilustración: Estelí Meza
Sin embargo, lograr cambios en el imaginario social es un asunto más complejo, porque a diferencia de las instituciones, las personas somos poseedoras de ideas, creencias, sentimientos, miedos, fobias y valores que, en más de un sentido, pueden o no ser compatibles con los de otras personas; a eso le llamamos pluralidad, uno de los valores más importantes para la democracia.
Es el respeto a la pluralidad lo que ha permitido logros en la agenta del movimiento LGBTI+, pero también es -paradójicamente- el instrumento que ha dado voz a sus principales enemigos y detractores, pues así como la pluralidad propugna por el derecho de la comunidad LGBTI+ a ser escuchada, también exige respetar y proteger a quienes se oponen a sus ideas.
En este momento no quisiera entrar al peñascoso tema de los enemigos de la democracia y la paradoja de la tolerancia que defiende Karl Popper.1 En primer término, porque mi intención es sólo demostrar que dentro de las sociedades existe un sinfín de cosmovisiones y, en segundo lugar, porque hasta donde sé no somos una democracia militante, de manera que cualquier idea puede discutirse sin temor a la censura.
Probablemente uno de los principales embates a los que se ha enfrentado la comunidad LGBTI+ es el uso del lenguaje. Cada vez son más las personas que exigen ser identificadas con determinados pronombres, pero también son cada vez más fuertes las voces que apelan al uso común y “correcto” del lenguaje, así como de aquellos que se niegan a referirse a una persona de forma distinta a la asignación que, biológica y socialmente, le corresponde. Como ya es costumbre, la posible confrontación de estas ideas deberá ser resuelta por los tribunales. Hasta este momento no se ha presentado ningún asunto de notoria relevancia, pero pasará y tal vez podamos aprender algo de la experiencia comparada.
El pasado 21 de marzo, el Tribunal Federal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos, resolvió el caso Meriwether v. Hartop.2 Los hechos son los siguientes: el profesor universitario Nicholas Meriwether había impartido la cátedra de filosofía en la universidad estatal de Shawnee (Ohio) por más de 25 años. Durante ese tiempo jamás había sido sancionado por alguna conducta. El profesor Meriwether es un cristiano devoto, por lo que su visión acerca de la naturaleza humana, matrimonio, género, sexualidad, moralidad y política, se encuentran influidos por tales creencias. Él cree que dios creó a los seres humanos como hombres y mujeres, de manera que su sexo se encuentra establecido desde el momento de su concepción, sin que pueda ser modificado, a pesar de los deseos de cada persona.
Al inicio del año escolar, el profesor recibió un correo electrónico de las autoridades universitarias, solicitando a los catedráticos que se dirigieran a sus alumnos por los pronombres de su preferencia. Meriwether replicó: “¿qué pasa si un profesor tiene objeciones éticas o religiosas? La universidad respondió: “La nueva política debe aplicarse sin importar las convicciones u opiniones personales”. Al intentar un acercamiento con la jefa de departamento para discutir la implementación de la nueva política y la forma en que podría afectar a sus creencias religiosas, ésta se limitó a señalar que los cristianos suelen ser motivados generalmente por el miedo y, a su juicio, las clases relacionadas con dicha religión deberían prohibirse. Desde su punto de vista, la presencia de la religión -incluso en la educación superior- es contraproducente.
Al impartir su cátedra, Meriwether solía referirse a sus alumnos como “señor” o “señorita”. El primer día de clases del año 2018, Meriwether conoció a Jane Doe, a quien se dirigió como “él”, pues debido a su apariencia —según sostuvo— nadie habría imaginado que fuese mujer. Después de clases Doe se acercó al profesor y le exigió que se refiriera a ella como mujer. Meriwether, sin embargo, le manifestó que no estaba seguro de poder hacerlo debido a sus convicciones religiosas, a lo que Doe respondió: “Bueno, entonces creo que eso significa que yo puedo llamarlo ‘pende…’”.
El asunto llegó hasta la decana de la facultad, quien llamó a Meriwether para pedirle que eliminara el uso de pronombres para referirse a sus alumnos, incluyendo “él” y “ella”. El profesor le replicó que eso era más que imposible, pero se comprometió a referirse a Doe por su apellido, sin hacer referencia al “señor” o “señorita”. La decana aceptó. La clase de Meriwether continuó normalmente, pero Doe presentó una queja nuevamente. En consecuencia, la decana solicitó al profesor que se refiriera a Doe como mujer, pues de lo contrario estaría violando las políticas universitarias de inclusión. Sin haber llegado a un acuerdo, el profesor continuó impartiendo su clase.
Durante el resto del semestre Meriwether continuó refiriéndose a Doe sólo por su apellido; a su vez, Doe asistió a clases de forma normal, logrando obtener notas de excelencia. Tiempo después, la decana envió un ultimátum a Meriwether, exigiéndole que acatara la política de inclusión so pena de ser sancionado. Sin esperar una respuesta, la decana convocó a un comité de investigación, el cual llamó sólo a cuatro testigos (Meriwether, Doe y otros dos alumnos transgénero). Al concluir la investigación, el comité señaló que la conducta del profesor había creado un ambiente hostil y discriminatorio. El reporte, sin embargo, no mencionó en ningún momento las convicciones religiosas de Meriwether. La decana recomendó que debía sancionarse al profesor con una advertencia en su expediente laboral.
Ante la sanción impuesta, el sindicato de trabajadores de la universidad intervino a favor de Meriwether, solicitando que anulara la advertencia, y que se permitiera al profesor dirigirse a sus alumnos de una forma coherente y respetuosa con sus creencias religiosas. En una reunión organizada por un representante del sindicado y el rector, éste se mostró hostil y se negó categóricamente a involucrar temas relacionados con la libre cátedra y la discriminación por motivos religiosos. Debido a la negativa de las autoridades universitarias de reconsiderar su decisión, Meriwether inició una acción legal buscando la anulación de la sanción impuesta. Después de agotar las primeras instancias, el asunto escaló hasta el tribunal federal de apelaciones. Hasta aquí los hechos.
En un análisis exhaustivo a la libertad de expresión y cátedra, el tribunal resalta la importancia que las universidades han ejercido en el desarrollo social y constitucional de los Estados Unidos, haciendo un especial énfasis en el rol que desempeñan sus catedráticos. “El gobierno viola la Primera Enmienda cada vez que intenta prescribir lo que debe ser en materia de política, nacionalismo, religión u otros temas de libre opinión, y cuando obligan a los ciudadanos a con base en ella».
El juez Thapar, quien expuso la opinión del tribunal, sostuvo que si los profesores carecieran de libertad de expresión al enseñar, las universidades ejercerían un poder alarmante al permitírseles imponer una ideología concreta. “El rector podría pedirle a un pacifista que declare que una guerra es justa; a un profesor de derecho civiles que condene a los ‘free riders’; a un creyente que niegue la existencia de dios; o a un emigrado soviético que se refiera a sus alumnos como ‘camaradas’”.
El tribunal desechó el argumento de la universidad relativo a que el uso de pronombres no forma parte de su libertad de cátedra. Para los jueces, la forma en que un profesor dirige la discusión en su clase forma parte de la libre cátedra. De manera que, al haber omitido el punto de vista de Meriwether respecto del uso de pronombres, la universidad había silenciado la discusión de un asunto de interés público. “En una universidad, la simple expresión de una idea no puede ser silenciada en nombre de la decencia”. Así, el tribunal sostuvo que no era posible forzar a los profesores a evitar exponer puntos de vista controversiales para beneficiar políticas ortodoxas, pues de lo contrario, las universidades estarían convirtiendo a las próximas generaciones en simples depositarios de aquello que catalogan como correcto.
Es claro, sostiene el juez Thapar, que Meriwether no niega ni está en contra del hecho de que existen personas que pueden no estar conformes con su asignación sexo-genérica de nacimiento; pero se trata de una idea que no está dispuesto a compartir con otros, y menos aun con sus alumnos. Esa no es una cuestión de manejo de la clase, sino de libertad de pensamiento y cátedra. El tribunal tampoco estuvo de acuerdo con la universidad al señalar que Meriwether había discriminado a Doe. Por el contrario, sostuvo que las políticas (supuestamente neutrales) de no discriminación, no pueden utilizarse para transformar las instituciones de educación superior en «conclaves de totalitarismo». El juez resaltó el hecho de que Meriwether se había comprometido a referirse a Doe por su apellido, lo que en sí mismo era un ganar-ganar, ya que así evitaba ofender a Doe y, a su vez, se apegaba sus creencias religiosas.
“Esto suena conocido”, sostuvo el juez Thapar. No es la primera vez que una persona comparece a un tribunal afirmando haber sido discriminada por personas que “se esconden tras sus creencias religiosas” (caso Masterpiece Cakeshop3). Este argumento, concluyó el tribunal, es totalmente atrevido e inapropiado. Por estas razones, el tribunal falló a favor de Meriwether.
Sin duda la decisión del tribunal dividirá la opinión pública entre aquellos que defienden la idea de que las personas tienen derecho a identificarse con el género que elijan (y con la correlativa obligación del resto de respetar esta decisión); frente a aquellos que apelan al respeto de sus convicciones y libertades, negándose a compartir y difundir un mensaje con el que no están de acuerdo.
Ninguna idea es correcta y, por tanto, ninguna debe prevalecer sobre la otra. Pero tal vez podamos alcanzar un punto medio. Un estado donde ambas partes puedan ganar sin dañar completamente a la otra, y será este momento cuando el respeto a la pluralidad deba sobreponerse frente a sus pretensiones, pues ambos bandos deberán reconocer que ceder un poco es mejor a no ganar nada.
Comparto la opinión del tribunal al sostener que los temas de interés público (como el uso de los pronombres) no deben ser censurados por ninguna política de neutralidad o inclusión; silenciar a los inconformes y detractores es generar una bomba de odio e ignorancia que puede desencadenar en graves movimientos de persecución y violencia. Si nuestra intención es vivir en una democracia plural donde nuestras ideas sean respetadas, entonces debemos comenzar por defender las ideas de aquellos que nos confrontan.
Erik Castro Salas. Abogado por la Escuela Libre de Derecho. Maestro en Derecho Constitucional por el CEPC.
1 Popper, Karl R., La Sociedad Abierta y sus Enemigos, notas al capítulo 7, nota número 4.
2 Tribunal Federal de Apelaciones del Sexto Circuito de los Estados Unidos, “Meriwether v. Hartop”, 992 F.3d 492, 509-10 (6th Cir. 2021).
3 Corte Suprema de los Estados Unidos, “Masterpiece Cakeshop v. Colorado Civil Rights Commission”, 584 U.S. ___ (2018). Este asunto se refiere a la demanda que una comisión de derechos presentó en contra de una pastelería cuyo dueño se negó a crear un pastel de bodas para una pareja homosexual. El dueño sostuvo que sus convicciones religiosas le impedían hacer algo que claramente estaba en contra de su religión, mientras que la comisión afirmó que sólo pretendía esconder una actitud discriminatoria detrás de sus convicciones religiosas. La Corte Suprema falló a favor del pastelero, haciendo énfasis en la forma en que la comisión había demeritado las creencias religiosas del demandado.
Si todo es respetar la autopercepción pues si yo digo Soy la Reina de Saba.. y se repite todo ese barullo. Pero no estaría destruyendo el lenguaje. Dicen que lo que no se nombra no es visible, pues vaya que el loby LGTTBQ .etc es imposible ser invisible. Su agresividad es increible y ed cuestión política. Creo faltan el respeto a los derechos de lis homosexuales que nada tienen que ver en eso.