Si algo ha caracterizado al gobierno del presidente López Obrador, es la progresiva concentración del poder político en sus manos. Una a una, en nombre de la austeridad republicana y la lucha contra la corrupción, varias instituciones del Estado mexicano que tardaron años en construirse y consolidarse, han sido debilitadas o borradas. Entre las primeras, se encuentran la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Reguladora de Energía o la Comisión Federal de Competencia Económica; entre las segundas, destacan el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y, recientemente, el Instituto Nacional de Desarrollo Social. Otras instituciones inician este 2022, tal como al arranque de esta administración, bajo asedio, como es el caso del Instituto Nacional Electoral.

Ilustración: Víctor Solís
Frente a este deterioro institucional generalizado y el ascendente dominio presidencial, cabe preguntarse si el Poder Judicial de la Federación está en un proceso de erosión de su autonomía. Esto es particularmente relevante en un escenario en la que prácticamente todas las políticas públicas impulsadas por la administración del presidente López Obrador, han sido impugnadas por a través de acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y juicios de amparo. Por ejemplo, la nueva Ley Federal de Remuneraciones, la Ley de Industria Eléctrica, la Ley de la Guardia Nacional, la entrega de los puertos y aduanas a la Secretaría de Marina o el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para tareas de seguridad pública hasta 2024, y un largo etcétera.
Nueve asuntos de interés presidencial resueltos por la Suprema Corte de Justicia
No pocas voces han apuntado que la Suprema Corte está en vías de perder su autonomía, en virtud de que el presidente López Obrador ha propuesto a cuatro de sus once ministros actuales. Sin embargo, esto por sí mismo no tiene nada de extraordinario: basta recordar que el ex presidente Felipe Calderón propuso a cinco y no logró un control que pusiese en riesgo la autonomía de este tribunal constitucional. La Constitución le otorga esta facultad al presidente de la República y éste la ejerce. Otras opiniones, por su parten, subrayan la cercanía (y militancia partidista) de algunos ministros con el presidente y su partido político. Aunque importante, ésta sería más bien una crítica a los criterios de elegibilidad y a la falta de normas claras sobre el procedimiento que vota el Senado, quien se encarga de ratificar o no la idoneidad de los perfiles propuestos por el ejecutivo federal.
La renuncia del ministro Eduardo Medina Mora en octubre de 2019, cuyo nombramiento en 2015 fue sumamente criticado por haber sido una pieza clave de la estrategia de seguridad en los sexenios panistas, además de ser un personaje cercano al ex presidente Peña Nieto, acaso constituye una excepción, en la medida que ni en su carta de renuncia ni en la aprobación hecha por el Senado se explicaron las causas graves de su decisión, como lo exige el artículo 98 constitucional. Esto motivó sospechas sobre un ataque al ministro por parte del ejecutivo federal y su gobierno, para obligarlo a renunciar y designar en su lugar a la ministra Margarita Ríos Farjat.
Ahora bien, lo cierto es que la posible cercanía entre los nuevos ministros y el presidente López Obrador, así como la afinidad del presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, no se ha traducido forzosamente en votos a favor de su proyecto de gobierno. Una revisión de nueve asuntos resueltos por la Suprema Corte, que pueden considerarse estratégicos para esta administración, revela que mayoritariamente se decidieron en contra del interés presidencial. Se trata de acciones de inconstitucionalidad que controvirtieron la validez de las siguientes normas jurídicas:
• Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (mayo de 2019). Los votos de cinco ministros, entre ellos Juan Luis González, Yasmín Esquivel y Arturo Zaldívar evitaron que se invalidara la ley en su totalidad, aunque sí se invalidaron varios de sus artículos. En mayo de 2021, se publicó una nueva ley al respecto.
• Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (marzo de 2020). Por mayoría de ocho votos se declaró inconstitucional prohibir de forma absoluta el acceso del público a la información disponible en el Sistema Nacional de Información y Registros Nacionales. De los tres votos en contra de la inconstitucionalidad, uno fue del ministro Juan Luis González.
• “Ley Bonilla” (mayo de 2021). Por unanimidad, se invalidó la extensión de mandato de dos a cinco años que el Congreso del Estado de Baja California había aprobado al entonces gobernador Jaime Bonilla Valdez.
• Ley Nacional de Extinción de Dominio (junio de 2021). Se invalidaron por unanimidad preceptos que extinguían el dominio sobre bienes de procedencia lícita, que permitían su venta anticipada o que permitían al Ministerio Público imponer esta medida sin un control judicial previo.
• Prisión preventiva oficiosa (octubre de 2021). Se consideraron violatorias a la Constitución y los derechos humanos las reformas a leyes secundarias que dictaban prisión preventiva oficiosa por los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas. Las ministras Yasmín Esquivel, Margarita Ríos Farjat y el ministro ponente, Fernando Franco González Salas, fueron los únicos que votaron por validar esta medida.Al alcanzarse una mayoría contraria al proyecto de sentencia, se turnó el asunto a otro ministro para que formule un nuevo proyecto. Es previsible que cuando éste se presente, plantee la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa para estos delitos y alcance la mayoría requerida. Mientras tanto, la reforma aprobada por el Congreso sigue vigente.
• “Ley Zaldívar” (noviembre, 2021). Por unanimidad se invalidó el artículo décimo tercero transitorio de la reforma judicial que prorrogaba por dos años en sus cargos al ministro presidente de la SCJN y a integrantes del Consejo de la Judicatura Federal.
Entre los asuntos que podrían considerarse resueltos en favor de la agenda presidencial, destacan un recurso de revisión de constitucionalidad y dos acciones de inconstitucionalidad:
• Consulta popular (octubre de 2020). Primero, una mayoría de seis votos (entre ellos los de los ministros Juan Luis González, Yasmín Esquivel, Margarita Ríos Farjat y Arturo Zaldívar) evitó declarar inconstitucional la materia de la consulta popular promovida por el presidente de la República. Posteriormente, una mayoría de ocho votos (entre ellos, estos mismos ministros) avaló la reformulación de la pregunta de la consulta.
• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (octubre de 2021). No se alcanzó la mayoría de ocho votos requerida para invalidar el precepto impugnado, como pretendía el proyecto de sentencia. Sólo seis votos apoyaron declararlo inconstitucional, por lo que mantiene su vigencia la reforma que permite al gobierno federal adquirir insumos médicos con organismos internacionales sin tener que licitarlos. De los cuatro ministros mencionados en el punto anterior, solamente Juan Luis González (ponente) votó por la inconstitucionalidad. Este asunto no ha concluido. Fue retirado y se propondrá un nuevo proyecto en donde se analizarán otros conceptos de violación.
• Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza (octubre de 2021). No se alcanzó la mayoría de ocho votos requerida para invalidar los artículos 27 y 28 de esta ley. Por esta razón, se declaró constitucional su contenido, referente a la actuación policial en manifestaciones públicas y se instruyó al Congreso a legislar sobre la finalidad del uso de la fuerza y su sujeción a los principios de racionalidad y proporcionalidad. Cuatro ministros apoyaron sin éxito la invalidación: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González, Luis María Aguilar y Norma Lucía Piña Hernández.
A continuación, se presenta una tabla con las votaciones en estos nueve asuntos estratégicos para la agenda del presidente López Obrador que la Suprema Corte ha desahogado en lo que va del sexenio. Una de las principales preocupaciones que despiertan las designaciones de este periodo apunta a que, para poder invalidar una ley, se necesita una mayoría de ocho votos (de un total de once), por lo que el voto de cuatro ministros evitaría esta mayoría y mantendría la constitucionalidad de las leyes y reformas que promueve el actual grupo en el poder. La evidencia aquí mostrada refiere que esto no ha sucedido. No obstante, habrá que esperar si esta tendencia se mantienen con el reciente nombramiento de la ministra Loretta Ortiz.
Cuadro. Votos de las y los ministros de la SCJN en nueve asuntos estratégicos

Fuente: elaboración propia con información de las versiones taquigráficas de las sesiones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia. N= ausencia. *El ministro Eduardo Medina Mora votó el primer asunto (LFRSP), los demás fueron votados por la ministra Margarita Ríos Farjat.
Conclusiones
Prevalece la autonomía judicial. Las votaciones y sentencias de las y los ministros en asuntos estratégicos para la autodenominada cuarta transformación demuestran que la supuesta cercanía entre algunos ministros y el presidente López Obrador no ha significado un beneficio directo para su proyecto de gobierno. De los nueve asuntos analizados, solamente tres lo habrían favorecido: la revisión de la constitucionalidad de la pregunta de la consulta popular, la cual perdió su sentido original toda vez que fue reformulada; la validez de la reforma a la Ley de Adquisiciones que exceptúa al gobierno federal de licitar la adquisición de bienes y servicios para la salud ante organismos internacionales; así como, la validez de diversos preceptos de la Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza que regulan la actuación policial en manifestaciones públicas. El resto de los asuntos fueron invalidados en diferentes preceptos, varios de ellos por unanimidad.
Riesgo latente de presiones contra la Suprema Corte. Por estas razones, Integralia Consultores previó, en su reporte Diez riesgos políticos para 2022), una probabilidad media en cuanto a la cooptación de los integrantes de la Suprema Corte, pues la evidencia señala que su autonomía ha prevalecido. No se descarta, sin embargo, la predisposición del presidente López Obrador para presionar mediática y políticamente a los integrantes de la Corte cuando se trate de asuntos clave para el gobierno federal. El ejemplo de una presión de este tipo lo tuvimos en 2021: la adición de un artículo transitorio en una ley secundaria para extender el periodo del ministro presidente de la Suprema Corte y de los consejeros del Consejo de la Judicatura Federal, que puso en riesgo la división de poderes y la independencia judicial. Además, durante estos tres años, el presidente López Obrador ha atacado retóricamente a juzgadores federales que han resuelto amparos que contravienen a sus intereses. Por eso, Integralia prevé que permanece el riesgo de que el ejecutivo pretenda influir en las decisiones de la Corte durante este 2022.
Tendencia legislativa a ignorar la Constitución. Las resoluciones de la Suprema Corte no sólo demuestran que ha resistido las presiones políticas en su contra, sino que evidencian una tendencia de los poderes Legislativo y Ejecutivo a expedir y aprobar leyes, reformas y acuerdos ignorando la Constitución y, a veces, confrontándola. He ahí la razón principal por la que, una a una, varias de las propuestas del gobierno federal han sido controvertidas e invalidadas. Arbitrariedades de este tipo, mientras pasan los meses para que se resuelva cada uno de los asuntos impugnados, generan escenarios de incertidumbre jurídica y amenazan con materializar una mayor concentración del poder político.
La presidencia de la Suprema Corte y la política. El actual presidente de la Corte ha mostrado una inteligencia política destacada, lo que le ha ayudado a preservar la autonomía de la SCJN y evitar enfrentamientos directos con el Ejecutivo. Ejemplo de ello fue la decisión de reducir 25% las remuneraciones de las y los ministros a partir de 2019, luego de algunas tensiones con el gobierno federal.3 También reconoció la existencia de prácticas corruptas y nepotismo en el interior del Poder Judicial de la Federación y su intención de erradicarlas, lo que se materializó en la más reciente reforma al Poder Judicial de la Federación. Sin embargo, uno de sus aspectos más criticados son los tiempos de espera para la resolución de asuntos importantes para el gobierno federal.4 Si bien estos plazos son propios, en buena medida, a dinámicas de la Suprema Corte, también formarían parte de su estrategia para evitar confrontaciones con la presidencia de la República; no hay que olvidar que desde la presidencia de ese tribunal se define la agenda de las sesiones del Pleno. De esta manera, en la medida que se prolonguen estos plazos, se generarán opiniones e interpretaciones más políticas que judiciales, entre ellas las que en su momento surjan desde el propio poder presidencial.
Juan Manuel Ureiro Cuet. Consultor senior en Integralia en el área de riesgo político.
1 Se trata del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá (nombrado por el Senado en diciembre de 2018), y las ministras Yasmín Esquivel (nombrada en marzo de 2019), Margarita Ríos Farjat (nombrada en diciembre de 2019) y Loretta Ortiz (nombrada en noviembre de 2021).
2 Michel, Elena, “Tengo grandes coincidencias ideológicas con AMLO: Zaldívar”, El Sol de México, 12 de septiembre de 2019, consultable aquí: https://bit.ly/3nDEkvl
3 Galván, Melissa, “Siempre sí: Los ministros entran a la austeridad y se bajan el sueldo 25%”, Expansión Política, 8 de enero de 2019, consultable aquí: https://bit.ly/34YgtQo
4 Temas como la militarización de la seguridad pública ya van para los tres años en espera. Ver: Gómez, Haydeé y Medina, Regina Isabel, “Los (des)tiempos de la Suprema Corte frente a la militarización”, Nexos, 5 de julio de 2021, consultable aquí: https://bit.ly/3Ild90k
La mitad de los asuntos que usas no se resolvieron en la Corte. Qué análisis tan ingenuo.