La consulta popular y el creciente poder de la Corte

Llamémosle “agenda” al conjunto de políticas publicas que los gobernantes desean poner en marcha para llevar a cabo sus intereses, ambiciones y programas de gobierno. Durante la mayor parte del siglo XX, esta agenda fue controlada en buena medida por el Poder Ejecutivo, durante los sexenios panistas el legislativo ganó terreno en la lucha por el control de ésta y, ahora, recientemente, como consecuencia de la crisis de inseguridad, la sociedad civil también ha logrado influir en la definición de la agenda, aunque de manera esporádica e informal.

popeyeEsta reflexión surge a partir de la Ley federal de consulta popular, que apenas hace unos días fue promulgada y publicada por el presidente Peña Nieto. En ella se prevé la posibilidad de que el poder Ejecutivo, Legislativo o la ciudadanía sometan a votación general la aprobación o negación de una propuesta de política pública considerada de trascendencia nacional. Es decir, esta ley formaliza la participación de la sociedad en la toma de decisiones sobre políticas públicas y, por ende, abre espacio, aunque sea pequeño, para que la sociedad controle parte de la mencionada agenda.

Sin embargo, para que se concrete una consulta popular, la ley requiere verificar una serie de aspectos relacionados con su legitimidad y legalidad. Legitimidad porque la consulta popular, cuando sea propuesta por los ciudadanos, requiere que éstos representen por lo menos el 2% de la lista nominal de electores, o sea 1,537,022 ciudadanos. Legalidad porque será la Suprema Corte quien decida si la consulta en cuestión es constitucional. En otras palabras, si la Corte decide que la propuesta de consulta es contraria a la Constitución, el proceso concluye y la propuesta terminará en algún archivero del Congreso.

La verificación de legitimidad sólo es necesaria cuando la propuesta sea solicitada por los ciudadanos, pero la de legalidad aplica en todos los casos. Dicho de otra forma, la Corte siempre tendrá la última palabra sobre el destino de una propuesta de consulta popular. El tema no es menor, ya que esto implica un jugador adicional en los vaivenes para definir la agenda. El nivel de control por parte del Suprema Corte dependerá de la interpretación que los ministros le otorguen a la palabra constitucional. Es decir, ¿qué significa que una consulta popular sea constitucional? He ahí el meollo del asunto.

Constitucional es aquello que va de acuerdo a la Constitución. A primera vista parece sencillo pero la realidad es que la interpretación que puede atribuírsele al término constitucional abre la puerta a un amplio abanico de posibilidades. Sin meternos a tecnicismos legaloides basta con decir que la Corte tiene facultades para interpretar la Constitución utilizando métodos argumentativos que, cuando están bien construidos, pueden llegar a justificar casi cualquier postura. Por ejemplo, el filósofo del derecho, H.L.A. Hart nos dice que la ley tiene una “textura abierta” y, por ello, es susceptible de interpretaciones muy diversas. De ahí que no sea raro que los ministros sostengan opiniones distintas y en ocasiones contrarias sobre un mismo asunto.

No queda más que iniciar el debate, tanto en la academia como en la plaza pública, sobre el rol de la Suprema Corte en la consulta popular. ¿Será la Corte un obstáculo o un facilitador? ¿Cuál es el test constitucional de la consulta popular que utilizarán los ministros? ¿Qué implicaciones tendrá el hecho de incluir al poder judicial en el juego del control de la agenda? Al final, estas preguntas y otras más, giran alrededor de un tema que exige un cuidadoso escrutinio: los alcances de una nueva facultad de la Suprema Corte que aumenta su ya de por sí sustancioso poder en la vida institucional de nuestro país.

Artemio Bernardo Salinas Cantú. Abogado por el Tec de Monterrey; estudiante de maestría en derecho por Loyola University Chicago.


Un comentario en “La consulta popular y el creciente poder de la Corte

  1. Lo malo es que se presta mucho a manejos de gente como Obrador, que manipula y miente cuando se trata de alcanzar sus objetivos políticos personales.

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