La Corte Penal Internacional vs. Vladimir Putin

El 17 de marzo de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares II de la Corte Penal Internacional dictó una orden de arresto contra Vladimir Putin, presidente de la Federación Rusa, y otra contra Maria Alekseyevna Lvova-Belova, comisionada para los derechos de los niños de la Oficina de la Presidencia de la Federación Rusa. Se les imputan el crimen de guerra de deportación o el traslado ilegal o el confinamiento ilegal (de niños y niñas ucranianos/as) y el crimen de guerra de traslado, directa o indirectamente, por la potencia ocupante (en el caso, la Federación Rusa) de parte de su población civil (en el caso, se trata de niños y niñas ucranianos/as) al territorio que ocupa o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio.1 Ambos crímenes habrían sido cometidos en el marco del conflicto armado internacional entre la Federación Rusa y Ucrania.

Las órdenes de arresto habían sido solicitadas por la Fiscalía de la Corte el 22 de febrero de 2023 de conformidad con el artículo 58 del Estatuto de Roma (ER), tratado que creó la Corte Penal Internacional. Esta norma dispone que la Fiscalía debe probar que “hay motivo razonable para creer” que las personas acusadas han cometido un crimen de competencia de la Corte. De acuerdo con el artículo 5 del Estatuto, la Corte tiene competencia sobre el crimen de genocidio, el crimen de lesa humanidad, el crimen de guerra y el crimen de agresión.

La investigación fiscal respecto de la situación en Ucrania se abrió formalmente el 2 de marzo de 2022, luego de que un grupo de Estados partes del Estatuto hubieran remitido la situación a la Fiscalía sobre la base del artículo 13.a).2 Aquí vale la pena aclarar que, si bien Ucrania no es un Estado parte del ER, ha aceptado la jurisdicción de la Corte mediante dos declaraciones realizadas en 2014 y 2015 de conformidad con el artículo 12.3 de dicho instrumento, que permite que los Estados que no sean partes del ER consientan la competencia de la Corte de modo específico o ad hoc con respecto a los crímenes del artículo 5.3 Así, la investigación de la Corte incluye crímenes cometidos en el territorio de Ucrania, sin perjuicio de la nacionalidad de los/as presuntos/as autores/as (cf. artículo 12 ER).

De acuerdo con las órdenes de arresto, los crímenes habrían sido cometidos en territorio ucraniano desde el 24 de febrero de 2022. En el caso de Vladimir Putin, la Fiscalía sostiene que éste tendría responsabilidad en calidad de autor o coautor directo o indirecto (artículo 25.3.a) ER) y en calidad de superior jerárquico por no haber ejercido el control sobre sus subordinados civiles y militares que cometieron los actos o por haber permitido su comisión por quienes estaban bajo su autoridad y control efectivos (articulo 28 ER). En el caso de Maria Alekseyevna Lvova-Belova, la Fiscalía alega su responsabilidad penal en calidad de autora o coautora directa o indirecta.

Se trata de las primeras órdenes de arresto dictadas en el marco de la situación de Ucrania, cuya existencia se ha hecho pública (no así su texto). Puede ocurrir que existan otras órdenes de arresto dictadas de forma confidencial para preservar a las víctimas y a los testigos y la investigación. Sin embargo, muchas veces, como en el presente caso, se hacen públicas porque ello puede generar efectos disuasivos de la comisión de nuevos crímenes o quizás, por el impacto que ello pueda tener en la comunidad internacional.

Ilustración: Alma Rosa Pacheco
Ilustración: Alma Rosa Pacheco

1. La presencia de los acusados en el juicio y la cuestión de la inmunidad de jurisdicción

De acuerdo con lo establecido en el ER, el juicio debe hacerse en presencia del acusado (artículo 63), por lo que será necesario que las órdenes de arresto sean ejecutadas para que el proceso penal pueda llevarse a cabo. Esto parece realmente difícil, si no imposible, debido a las pocas chances de que Vladimir Putin sea arrestado. Por un lado, mientras ejerza la presidencia de la Federación Rusa, éste no será detenido por sus propias fuerzas de seguridad. Por otro lado, cabe preguntarse por la posibilidad de que sea arrestado por otro Estado en caso de que viaje a otros países. Los Estados parte del Estatuto tienen la obligación de cooperar con la Corte, lo que implica la detención de aquellos/as sobre quienes pese una orden de arresto (artículo 89 ER). Esta obligación será puesta a prueba en la próxima cumbre del grupo BRICS que se llevará a cabo en agosto en Sudáfrica, en caso de que Vladimir Putin decida asistir personalmente.4

Más allá de los elementos políticos que puedan surgir al respecto, es necesario señalar una cuestión jurídica que seguramente será discutida en el caso. El derecho internacional público reconoce inmunidad de jurisdicción a ciertas personas debido a su cargo, entre ellas, los presidentes o jefes de Estado y los cancilleres. Este tema ha sido discutido ante la Corte Internacional de Justicia en 2002 en el caso conocido como “La orden de arresto”. Se trataba de una controversia entre la República Democrática del Congo y Bélgica por el dictado de una orden de arresto contra un canciller congoleño en funciones por parte de un tribunal nacional belga. En su sentencia, la Corte Internacional de Justicia aceptó que el derecho internacional reconocía inmunidad de jurisdicción al canciller ante los tribunales domésticos, pero agregó que estos funcionarios no podían invocarla frente a ciertos tribunales internacionales, entre los que mencionó la Corte Penal Internacional.5

En efecto, el artículo 27.2 del ER dispone que “[l]as inmunidades y las normas de procedimiento especiales que conlleve el cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstarán para que la Corte ejerza su competencia sobre ella”.

No se trata del primer jefe de Estado en funciones que es acusado de la comisión de crímenes internacionales ante la Corte Penal Internacional.6 Como antecedente inmediato puede mencionarse el caso de Omar Hassan Ahmad Al Bashir, expresidente de Sudán.7 La Sala de Cuestiones Preliminares I emitió dos órdenes de arresto en su contra el 4 de marzo de 2009 y el 12 de julio de 2010 mientras Al Bashir ocupaba la presidencia de Sudán por crímenes cometidos en la región de Darfur.8

Al igual que la Federación Rusa, Sudán no es parte del Estatuto de Roma, por lo que se objetó el hecho de que el artículo 27 del ER pudiera aplicarse en su caso.9 Sin embargo, la Sala de Apelaciones sostuvo que no existe una norma consuetudinaria que reconozca la inmunidad de jurisdicción de los jefes de Estado frente a un tribunal internacional. Asimismo, agregó que la inexistencia de esta norma es relevante para los Estados partes del Estatuto, que deben ejecutar la orden de arresto.10 En consecuencia, afirmó que Al Bashir no podía invocar inmunidad de jurisdicción para evitar ser juzgado por la Corte Penal Internacional.

Sin embargo, cabe indicar una diferencia fundamental entre el caso de Al Bashir y el de Vladimir Putin. La situación de Darfur había sido remitida a la Corte Penal Internacional a través de una resolución del Consejo de Seguridad (Res. 1593/2005) sobre la base del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Ello, en palabras de la propia Sala de Apelaciones, creaba una obligación para todos los Estados Miembros de la ONU (no solamente los Estados parte del Estatuto de Roma) y le otorgaba jurisdicción a la Corte Penal Internacional sobre la situación de Darfur, que debía ejercer de acuerdo con el Estatuto, incluido el artículo 27.2.11 En el caso de Vladimir Putin, en cambio, la situación ha sido remitida por Estados partes del ER y no por el Consejo de Seguridad. Esta última opción, de hecho, no habría sido posible puesto que la Federación Rusa es un miembro permanente del Consejo, por lo que tiene la posibilidad de evitar que dicho órgano apruebe resoluciones como la que remitió la situación de Sudán a la Corte Penal Internacional a través del llamado “poder de veto” (cf. artículo 27 de la Carta de las Naciones Unidas).

2. ¿Cómo podría avanzar el proceso?

El procedimiento penal previsto por el Estatuto de Roma incluye una etapa de confirmación de cargos ante la Sala de Cuestiones Preliminares que se realiza de manera previa a la etapa de juicio ante la Sala de Primera Instancia. Sin perjuicio de que no puedan celebrarse juicios en ausencia ante la Corte Penal Internacional, el Estatuto de Roma permite que la audiencia de confirmación de cargos se lleve a cabo sin la presencia de la persona imputada. Ello deberá ser solicitado por el Fiscal o decidido de oficio por la Sala cuando: a) la persona haya renunciado a su derecho de estar presente o b) haya huido o no sea posible encontrarlo y se hayan tomado todas las medidas razonabes para asegurar su comparecencia ante la Corte e informarle de los cargos (artìculo 61.2 ER).

En ese caso, la Sala de Cuestiones Preliminares podría determinar que “hay motivos fundados para creer que el imputado cometió el crimen que se le imputa” (articulo 61.5 ER). Se trata de un umbral de prueba más alto que el requerido para el dictado de una orden de arresto, pero menor al exigido para el veredicto de culpabilidad, que es el de más allá de toda duda razonable. En esta instancia del proceso es suficiente con que la Fiscalía presente las pruebas documentales o un resumen de las pruebas, sin que deba llamar a todos los/as testigos/as que han de declarar en el juicio (artículo 61.5 ER).

De todas formas, cabe indicar que, a la fecha, no se han confirmado los cargos de ninguna persona en ausencia. De hecho, sin contar a Vladimir Putin y a María Alekseyevna Lvova-Belova, hay 14 personas que se encuentran prófugas y sus casos aún están en la etapa inicial.12

3. Los crímenes incluidos en las órdenes de arresto

Las órdenes de arresto incluyen dos cargos de crímenes de guerra. La Fiscalía alega que ha identificado incidentes que incluyen la deportación de, por lo menos, cientos de niños y niñas extraídos de orfanatos y otras instituciones de cuidado, quienes luego habrían sido dados en adoptación en la Federación Rusa sobre la base de un decreto firmado por Vladimir Putin en mayo de 2022 que facilita las adopciones.13 La existencia de este tipo de documentos facilita la prueba del crimen y su imputación a Vladimir Putin. Estos crímenes han sido además documentados por diferentes informes, como el de la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre Ucrania, creada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,14 el de Human Rights Watch15 y el de Yale Humanitarian Resarch Lab de la Yale School of Public Health.16

Se trata de crímenes tipificados en el artículo 8 del Estatuto de Roma. Dicha norma incluye crímenes de guerra cometidos tanto en un conflicto armado internacional como en uno de carácter no interncional. En el caso de Vladimir Putin y de Maria Alekseyevna Lvova-Belova, las conductas tipificadas habrían sido cometidas en el marco de un conflicto armado internacional.

Por un lado, las órdenes de arresto se refieren a la deportación o el traslado o confinamiento ilegal, tipificada en el artículo 8.2.a.vii). Se trata de una conducta que es considerada una infracción grave en el Convenio de Ginebra IV de 1949 relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, que fue incorporada como crimen de guerra en el Estatuto de Roma. El artículo 49 del Convenio de Ginebra IV dispone que “[l]os traslados en masa o individuales, de índole forzosa, así como las deportaciones de personas protegidas del territorio ocupado al territorio de la Potencia ocupante o al de cualquier otro país, ocupado o no, están prohibidos, sea cual fuere el motivo”.

Las órdenes de arresto incluyen además el crimen de guerra de traslado, directa o indirectamente, por la potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio, tipificado en el artículo 8.2.b.viii). Aquí se trata de una violación a las leyes y usos aplicables en un conflicto armado internacional.

Ambas conductas son similares y se superponen respecto de algunos de sus elementos.17 La Fiscalía sostiene que existe un patron de deportaciones llevadas adelante en el contexto de la agresión cometida por las fuerzas militares rusas contra la soberanía y la integridad territrial de Ucrania que comenzó en 2014.18 El factor que resulta de interés es que, a fin de considerar configurados los crímenes, las Salas deberán determinar que los territorios de las Repúblicas Populares del Donbas estaban ocupados por la Federación Rusa, lo que tendrá sin dudas, un impacto en la posición de los dos Estados involucrados en el conflicto armado.

4. Algunas conclusiones

La decisión de la Fiscalía de solicitar la primera orden de arresto en la situación de Ucrania contra la persona de mayor autoridad y poder de la Federación Rusa ha sido una sorpresa y ha generado discusiones acerca de la estrategia elegida y de las consecuencias que ello podría causar para el conflicto armado. El hecho de que los crímenes elegidos se vinculen con los niños y niñas da cuenta de la gravedad del impacto que este conflicto de más de un año de duración ha tenido sobre un de los grupos más vulnerables de la población.

El dictado de las órdenes de arresto entraña una significancia tanto jurídica como política y ubica a la Corte Penal Internacional como un actor relevante en el conflicto armado. En el contexto actual no parece factible que Vladimir Putin sea arrestado y llevado ante la Corte. Sin embargo, el hecho de que las órdenes estén vigentes y hayan sido transmitidas a todos los Estados implica, no obstante, una presión internacional y una limitación a la facultad de Vladimir Putin de deplazarse fuera de las fronteras de su país. En la actualidad, el presidente de la Federación Rusa es considerado un prófugo de un tribunal penal internacional. Ello tiene, sin dudas, una fuerte carga simbólica.

Por otra parte, si las circunstancias políticas en la Federación Rusa se modificaran, ello podría abrir la puerta a una posible detención, como ha ocurrido con otros líderes, como Slodovan Milosevic.

A la fecha, la Federación Rusa ha rechazado las órdenes de arresto y ha anunciado que impondrá sanciones contra el fiscal y los jueces involucrados en el caso. Ello ha generado una respuesta por parte de la Presidencia de la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional.19 Estas reacciones dan cuenta de que el dictado de las órdenes de arresto no ha pasado desapercibido por las autoridades políticas de la Federación Rusa.

La investigación de la Fiscalía respecto de la situación de Ucrania no ha concluido, así que pareciera que estas dos órdenes de arresto son el punto de partida de un proceso de rendición de cuentas. Resta ver si la Corte Penal Internacional dictará nuevas órdenes de arresto que incluyan otros crímenes de guerra, como los ataques intencionales contra la población civil en cuanto tal o contra personas civiles que no participen directamente en las hostilidades, o crímenes de lesa humanidad o genocidio.

Natalia M. Luterstein. Máster en Derecho Internacional Público por The London School of Economics and Political Science. Profesora de Derecho Internacional Público de la Universidad de Buenos Aires.


1 Véase la nota de prensa de la Corte Penal Internacional (último acceso: 25/03/2023). Los crímenes están tipificados en los artículos 8.2.a.vii) y 8.2.b.viii, respectivamente.

2 El grupo incluyó a República de Albania, Australia, República de Austria, Reino de Bélgica, República de Bulgaria, Canadá, República de Colombia, República de Costa Rica, República de Croacia, República de Chipre, República Checa, Reino de Dinamarca, República de Estonia, República de Finlandia, República de Francia, Georgia, República Federal de Alemania, República Helénica, Hungría, República de Islandia, Irlanda, República de Italia, República de Letonia, Principado de Liechtenstein, Gran Ducado de Luxemburgo, República de Malta, Nueva Zelanda, Reino de Noruega, Reino de los Países Bajos, República de Polonia, República de Portugal, Rumania, República Eslovaca, República de Eslovenia, Reino de España, Reino de Suecia, Confederación Suiza, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. A ese primer grupo de Estados se unieron luego Japón y Macedona del Norte el 11 de marzo, Montenegro el 21 de ese mes y Chile el 1 de abril. Información sobre la “Situación en Ucrania 01/22” (último acceso: 25/03/2023).

3 En la primera declaración presentada por el gobierno de Ucrania, se aceptó la jurisdicción de la CPI con respecto a los presuntos crímenes cometidos en territorio ucraniano desde el 21 de noviembre de 2013 hasta el 22 de febrero de 2014. A través de la segunda declaración, se amplió este período de tiempo de forma abierta para abarcar los presuntos crímenes en curso cometidos en todo el territorio de Ucrania a partir del 20 de febrero de 2014.

4 Véase “The International Criminal Court goes all-in: What now?” (último acceso: 26/03/2023).

5 Corte Internacional de Justicia, Case concerning the Arrest Warrant of 11 april 2000 (República Democrática del Congo vs. Bélgica), sentencia de 14 de febrero de 2002, I.C.J. Reports 2002, p. 3, párr. 61.

6 Tampoco lo es ante otros tribunales penales internacionales. El expresidente de Liberia, Charles Taylor, fue juzgado y condenado por el Tribunal Especial para Sierra Leona, mientras que el expresidente de Serbia, Slovodan Milosevic, fue juzgado por el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia. Este juicio concluyó antes del dictado de la sentencia debido a la muerte del acusado.

7 Cabe señalar que en 2011 la Sala de Cuestiones Preliminares dictó una orden de arresto contra el entonces presidente de Libia Muammar Mohamed Gaddafi. Sin embargo, el caso se archivó debido a la muerte de Gaddafi.

8 A la fecha, Omar Hassan Ahmad Al Bashir no ha sido arrestado ni se ha presentado ante la Corte, por lo que su caso aún se encuentra en la etapa de cuestiones preliminares.

9 Es un principio de derecho internacional el hecho de que los tratados solo obligan a sus partes (pacta tertiis nec nocent nec prosunt).

10 Corte Penal Internacional, Sala de Apelaciones, Fiscal vs. Omar Hassan Ahmad Al Bashir”, Judgment in the Jordan referral re Al Bashir Appeal, 6 de mayo de 2019, ICC-02/05-01/09-397, párrs. 113-114.

11 Corte Penal Internacional, Sala de Apelaciones, Fiscal vs. Omar Hassan Ahmad Al Bashir”, Judgment in the Jordan referral re Al Bashir Appeal, 6 de mayo de 2019, ICC-02/05-01/09-397, párr. 149.

12 Véase International Criminal Court. Defendants (último acceso: 26/03/2023).

13 Véase “Statement by Prosecutor Karim A. A. Khan KC on the issuance of arrest warrants against President Vladimir Putin and Ms Maria Lvova-Belova” (último acceso: 26/03/2023).

14 Véase “A/77/533: Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre Ucrania – Nota del Secretario General” (último acceso: 26/03/2023).

15 Véase “‘We Must Provide a Family, Not Rebuild Orphanages’” (último acceso: 26/03/2023).

16 Véase Russia’s Sstematic Program for
The Re-education & Aadoption of Ukraine’s Children
(último acceso: 26/03/2023).

17 Véase Dörmann, K. (2016) “Article 8: War Crimes”, en Triffterer, O. / Ambos, K. The Rome Statute of the International Criminal Court. A commentary, Munich, C.H.Beck/ Hart/Nomos, 3ra edición p. 348.

18 Veáse “Statement by Prosecutor Karim A. A. Khan KC on the issuance of arrest warrants against President Vladimir Putin and Ms Maria Lvova-Belova” (último acceso: 26/03/2023). Cabe señalar aquí que si bien el crimen de agresión se encuentra dentro de la competencia de la Corte Penal Internacional, los límites jurisdiccionales impuestos por el artículo 15.5bis impiden que se investigue y enjuicie este crimen cuando es cometido por un nacional de un Estado no parte del Estatuto de Roma, como la Federación Rusa. Existen propuestas para la creación de un tribunal especial que pueda juzgar el crimen de agresión. Al respecto, véase, entre otros, “Mechanisms for Criminal Prosecution of Russia’s Aggression Against Ukraine”, “Why Creating a Special Tribunal for Aggression Against Ukraine is the Best Available Option: A Reply to Kevin Jon Heller and Other Critics”.

19 Véase “The Presidency of the Assembly of States Parties to the Rome Statute reaffirms its unwavering support for the International Criminal Court” (último acceso: 26/03/2023).

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Publicado en: Internacional