Después de mucho anuncio, la semana anterior se presentó la iniciativa de reforma constitucional en materia político-electoral que, desde el 2020, había anunciado el presidente Andrés Manuel López Obrador. La buena: no fue la propuesta que circulaba, a la que se le atribuía paternidad a Ricardo Monreal y que incluía, entre otras ocurrencias, la reducción de magistrados y consejeros electorales, así como la eliminación de los legisladores plurinominales. La mala: esta propuesta también contiene ocurrencias similares.

Desarrollada en 10 puntos, la iniciativa es una miscelánea; toca el modelo de financiamiento vigente, reforma a las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales a nivel nacional, modifica las reglas vigentes en materia de propaganda electoral, cambia el mecanismo de elección de representantes populares en el Congreso de la Unión, los congresos locales y los ayuntamientos e incluye otros asuntos varios, como reducir el porcentaje de votación necesaria para la validez de la revocación de mandato o un guiño al voto electrónico. Los ejes discursivos son los ya conocidos: la austeridad republicana y la mayor participación popular.
La selección de puntos a modificar es llamativa primero, por la claridad de la dedicatoria y los objetivos; segundo, porque ninguna de las propuestas responde a la demanda de alguno o algunos de los partidos políticos en los últimos ejercicios electorales. Vale recordar que la construcción de nuestro entramado electoral siempre ha partido de la identificación práctica de problemas, lagunas y necesidades que han conllevado a una posterior reforma para subsanarlos. En esta ocasión, la iniciativa nace, pues, de otras pulsiones que parecen querer ignorar la realidad del sistema electoral mexicano actual, su funcionamiento y sus necesidades. En una especie de Jano electoral, esta propuesta busca saldar cuentas pendientes con el pasado, y hace un cálculo a futuro.
De los 10 puntos destacan principalmente cuatro: las modificaciones a las reglas de financiamiento; la transformación de las autoridades electorales en todos los ámbitos; los cambios en los métodos de elección de diputados, senadores y regidores tanto a nivel federal como local y; las modificaciones al modelo de comunicación político electoral.
Respecto del financiamiento, en nombre de la austeridad y apoyados en una media verdad —esto es, que el modelo actual de financiamiento público se estableció porque “buscaba detener las transferencias subrepticias de dinero público a favor del partido oficial”—, la iniciativa propone la eliminación del financiamiento público ordinario para los partidos políticos que tendrían que sostenerse de las cuotas y aportaciones de sus militantes y simpatizantes.
El asunto no es menor. Desde el mirador histórico, si bien es parcialmente cierto que el financiamiento público buscaba ponerle un límite al uso del dinero público por parte del partido oficial, el establecimiento de un financiamiento en parte proporcional y en parte igualitario para todos los partidos políticos tenía como objetivo primordial mejorar las condiciones de la competencia entre los partidos minoritarios y el partido hegemónico que, además de contar con las arcas públicas, mantenía un apoyo visible y notorio de parte los sectores campesino, sindical, clerical, así como de las grandes fortunas de México. Otorgar a todos los partidos un piso mínimo para financiar sus actividades, tanto ordinarias como extraordinarias, fue un elemento indispensable para permitirles crecer y competir electoralmente en condiciones de equidad.
Hoy, la realidad política del país no dista mucho de la antes descrita, con ciertos agravantes. A un partido en el poder que busca la hegemonía y conquista cada año un mayor número de espacios políticos y una oposición débil, se suma la circulación corriente y común de dinero negro proveniente del narcotráfico y otras actividades ilícitas que no tendría problema en financiar y hacerse de partidos políticos, así como un electorado en una situación económica precaria a quien, muy probablemente, por honesta que sea su filiación, le sería muy difícil realizar aportaciones no deducibles de impuestos al instituto político de su preferencia.
Aunado a esto, la iniciativa parece ignorar que los partidos políticos no son única y exclusivamente vehículos de campaña, sino que, al ser entidades de interés público, tienen obligaciones de transparencia, de formación política y de desarrollo de ciertas actividades de forma permanente. Tales obligaciones no son prerrogativas de los partidos, sino garantías para los ciudadanos, quienes serían los afectados en caso de que éstas tuvieran que suspenderse o, bien, se generarían situaciones de inequidad entre los partidos que sí pueden garantizar estos derechos a sus militantes y simpatizantes y los que no. En dicho escenario, tendríamos ciudadanos militantes o simpatizantes de primera y de segunda, nada menos democrático.
En segundo lugar, la iniciativa propone una transformación sustantiva a las autoridades electorales de todo el país, tanto administrativas como jurisdiccionales. Primero, desaparece al Instituto Nacional Electoral (INE) y a los institutos electorales locales (los llamados OPLES) y los fusiona en un nuevo órgano denominado Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC). En materia jurisdiccional, hace lo propio y desaparece a los tribunales electorales estatales, para concentrar todo en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Por si fuera poco, se establece un nuevo mecanismo de designación de los integrantes de ambos órganos colegiados: el voto popular.
Respecto del primer punto, de nuevo, no nos encontramos ante un debate novedoso. En la reforma política de 2014, donde se creó el INE y donde éste absorbió una parte de las funciones realizadas por los institutos locales, se puso sobre la mesa una posible nacionalización de toda la organización electoral y sus resoluciones jurisdiccionales dejando al INE operar en el ámbito local a través de sus juntas distritales y sus representaciones estatales y al TEPJF con sus salas regionales. Los argumentos a favor expuestos en ese entonces no distan mucho de los actuales; la supuesta duplicidad de funciones y el ahorro que tendría la eliminación de las autoridades electorales locales. Estas razones se derrotaron al considerar que, frente a un eventual ahorro, era más valioso conservar instituciones que permitieran preservar y salvaguardar de mejor forma el ejercicio de los derechos políticos en cada una de las entidades federativas respetando las características particulares de su electorado, su idiosincrasia y sus necesidades particulares.
Además, la iniciativa propone una reducción en la estructura interna del INE, donde se incluye la eliminación de los distritos electorales y la creación de órganos temporales, también argumentando un supuesto ahorro. En este punto, la iniciativa ignora mucho del trabajo del INE, de la necesidad de especialización por parte del personal en rubros tan complejos como la fiscalización o el modelo de comunicación político electoral o, bien, que el trabajo del INE va más allá de la organización de la jornada electoral. En efecto, el registro federal de electores, los procesos de actualización del padrón, la generación de nuevos mecanismos y herramientas y la propia duración de la organización de los procesos electorales, de aproximadamente 10 meses, son un trabajo de tiempo completo que no puede sostenerse a través de una organización temporal, menos aún si la apuesta es tener al INE realizando todas las actividades electorales y de ejercicios de democracia directa de forma permanente.
En ese sentido, una propuesta que, siguiendo al modelo de la austeridad republicana implementado en la administración pública federal, reduzca capacidades institucionales a la autoridad electoral, condenaría a ésta a padecer precisamente lo que sufren hoy diversas áreas del gobierno federal: entidades debilitadas, con personal insuficiente y poca eficiencia en uso de sus recursos tanto materiales como humanos. El costo de estos recortes en términos de calidad en la provisión de servicios y garantía de derechos supera por mucho el beneficio de un supuesto ahorro. Si en algo no hay que escatimar es en la calidad de la garantía de nuestros derechos políticos.
Además de la “construcción de un ámbito nacional electoral”, la iniciativa modifica radicalmente los mecanismos de designación de los integrantes de los colegiados electorales y, siguiendo el ejemplo de países como Bolivia, busca elegirlos mediante el voto popular. Este punto es, sin duda, el mayor despropósito de toda la propuesta de reforma tanto por razones teóricas como prácticas. En las primeras, porque ni los órganos colegiados especializados, ni mucho menos los jurisdiccionales, son, ni deben ser, órganos representativos. Su trabajo es otro. Aquí, la iniciativa parece ignorar cuál es el trabajo de las autoridades electorales: la aplicación de la ley electoral vigente. ¿Cuál sería el supuesto programa de trabajo que debe presentar cada uno de los aspirantes si no es el de cumplir con lo mandatado en la Constitución y las leyes y buscar su aplicación?
En cuanto a las razones prácticas porque justamente la experiencia comparada demuestra que este tipo de selecciones de los integrantes de los órganos garantes de un sistema electoral no aseguran una mejor calidad de los perfiles, ni su independencia, ni la legitimidad de éstos. Todo lo contrario, politizan aún más a un árbitro que, tal como la propia iniciativa anota, debe ser imparcial y objetivo; aunque, de acuerdo con la propuesta, deberá ser juez y parte de sus propios procesos electorales, al tener la obligación de ser él quien organiza su propia sucesión.
En este contexto, sobra subrayar una de las contradicciones estructurales de esta reforma: mientras que enarbola la bandera de la austeridad, está dispuesta a gastar cada seis años en procesos electorales que no resolverán los grandes problemas de las designaciones de las autoridades electorales en México. Esto sin considerar la injerencia de los partidos políticos, la lógica de camarillas y la falta de incentivos para seleccionar perfiles de alto nivel para dar preferencia a amigos y fieles, únicamente modifica la forma de demostrar ese apoyo. Si hoy los grupos políticos empujan a uno u otro aspirante dentro del parlamento, lo harán, de forma velada, en su “campaña”.
La bola curva de la propuesta está en la propuesta de elección de diputados y senadores, donde se transita de un modelo mixto de elección que combina legisladores de mayoría relativa y plurinominales a uno de elección por representación proporcional pura donde todos los legisladores, reducidos a 300 para diputados federales y 96 para Senadores y no más de 25 en todas las legislaturas locales, sean seleccionados de listas por partido en cada entidad federativa.
Aunque no se trata, como dice la iniciativa, de la primera vez que se realiza una propuesta de esta naturaleza (ya el PAN había propuesto este tránsito en 2010 y asociaciones como el Instituto de Estudios para la Transición Democrática (IETD) también habían realizado ejercicios en este sentido), parece una sorpresa interesante, especialmente si tomamos en consideración que el antecedente más próximo en este rubro únicamente proponía recortar de tajo los 200 plurinominales —propuesta muy popular pero que en los hechos merma sustantivamente la representación plural en las Cámaras.
Si bien la elección por modelos de representación proporcional pura salvaguardan mejor la intención del voto y la preservación de las minorías, si lo que se busca además de ello es mejorar la calidad de la representación y su vinculación con la ciudadanía —tal como dice la propia iniciativa— uno de los puntos fundamentales yace en si las listas serán abiertas o cerradas, esto es, si el propio elector puede elegir el lugar que le asigna a cada candidato en la lista, o bien este viene ya asignado de mano, por el partido político. Este detalle medular, que debería estar contenido en el texto constitucional, brilla por su ausencia.
Finalmente en lo tocante al modelo de comunicación político electoral, los cambios son sutiles pero poderosos. Aunque “únicamente” constitucionaliza la interpretación que intentaron realizar los diputados de Morena en el proceso de revocación de mandato mediante la cual se permitía a servidores públicos participar activamente en el proceso, este cambio trastoca la columna vertebral del modelo: la equidad. Con un cambio de esta naturaleza, que permite en los hechos ampliar la difusión de la propaganda gubernamental y del partido en el poder, pero que mantiene el impedimento para que otros partidos o terceros contraten o realicen propaganda contraria, volveremos a un modelo donde el partido en el poder tiene un potencial de comunicación muchísimo mayor, desigual, frente a los otros partidos.
Pero, más allá de las diferentes propuestas, lo más importante de analizar en esta iniciativa de reforma son sus efectos generales en el tablero político democrático. Aunque de entrada parece una reforma integrada por retazos con poca conexión entre sí, al unir los puntos tenemos una cobijita que, en los hechos delinea un futuro electoral que, aunque a primera vista no lo parezca, gracias a la introducción de la propuesta de proporcionalidad pura, de aprobarse esta iniciativa abriremos paso a una nueva etapa en el ciclo electoral que apuesta por un futuro muy parecido al pasado de partido político hegemónico.
Sin financiamiento corriente, sin funcionarios que puedan hacer campaña a su favor y con un partido en el poder cada día más fortalecido, la oposición se las verá difíciles para competir en condiciones de equidad. Si hoy tenemos ya una crisis de representación donde los institutos políticos se encuentran capturados por grupos de poder legales e ilegales, aumentar a los incentivos ya existentes las necesidades económicas únicamente hará más cínica (más transparente, dirán algunos), la adquisición de nuestras “entidades de interés público”.
Si a esto le sumamos la concentración absoluta del ámbito electoral, donde los mecanismos de propuesta de quienes integren los consejos benefician al partido que detente el poder ejecutivo federal y a quien tenga mayoría en el legislativo al establecer que cada uno de los poderes puede proponer a 20 candidatos, la pinza se cierra.
De igual forma, el diablo está en los detalles. La reforma propuesta delega a la ley secundaria la determinación de asuntos torales como el mencionado de las listas, los requisitos para ser consejero electoral o la determinación de los criterios y mecanismos para el financiamiento privado, por mencionar algunos. Si bien en términos de técnica legislativa es correcto, en los hechos permite que puntos centrales para la generación de un nuevo entramado electoral puedan ser definidos por el partido que hoy detente mayoría simple en las cámaras. Valga otra lección de nuestra historia reciente: la inclusión de minutos y segundos en un texto constitucional para la implementación del modelo de comunicación político electoral no fue producto de la mala técnica legislativa, sino una protección a los conocidos “mayoriteos” en las leyes secundarias.
Por último, no sobra reflexionar sobre los objetivos que aduce tener la iniciativa y los grandes faltantes en ese sentido. Una reforma que arguye “democratizar” pero que no toca los puntos más importantes en la materia, parece no querer en verdad solucionar estos problemas sino utilizarlos como justificación. No incluir una propuesta para nuevas reglas de democracia interna para los partidos políticos, de conformación de partidos y asociaciones políticas o, bien, para sancionar a los partidos políticos que se han convertido en objetores persistentes de las reglas del juego electoral, en detrimento de la calidad de nuestra democracia, es dejar de lado las demandas más sentidas para el tránsito a una democracia “cada vez más democrática”, como suelen decir.
¿Es esta la reforma electoral que México necesita? Definitivamente, no. ¿Es esta la reforma política que el país necesita? Definitivamente, no.
Paula Sofía Vásquez. Analista política y especialista en derecho electoral y regulación. Twitter: @pauletta_sofia