
La reforma constitucional de 2024 es el cambio más radical que han sufrido los poderes judiciales en la historia de México. Sus alcances son enormes: todos los jueces federales y locales serán destituidos en menos de tres años; los nuevos cargos judiciales serán electos por voto popular, mediante un esquema que no tiene comparación en el mundo; y algunos de los principales mecanismos de protección de derechos, como el juicio de amparo, se debilitarán significativamente.
Frente a un cambio de tal magnitud, los trabajos que forman parte de este libro ofrecen una primera explicación del contenido de la reforma, que sea accesible para un público amplio, no necesariamente experto en el sistema de justicia mexicano. Asimismo, los trabajos ofrecen reflexiones sobre los posibles impactos de este cambio constitucional, bajo la premisa de que una reforma tan compleja debe ser analizada con tanto rigor como prudencia.
Sabemos que esta reforma desatará una verdadera tormenta en el sistema judicial. Al mismo tiempo, somos conscientes de que sus consecuencias exactas son imposibles de predecir con certeza. Como ocurre con las tormentas reales, la incertidumbre es parte de su naturaleza. En este sentido, el objetivo de este libro es ofrecer un primer análisis sobre los efectos más probables de esta transformación radical de la justicia en México. Su impacto final sólo se revelará con el tiempo. Por ello, esperamos que este trabajo sirva como base para futuras investigaciones que analicen cómo se materializan en la práctica, en el mediano y largo plazo, los cambios de esta reforma constitucional.
Así, este libro reúne los trabajos de un grupo de especialistas en el sistema judicial mexicano. A partir de argumentos sólidos y evidencia empírica, estos análisis ofrecen un panorama general de los escenarios más plausibles que surgirán cuando esta tormenta impacte la compleja y diversa conflictividad social de México. En este sentido, es importante subrayar que sus efectos no se limitan a la elección de jueces mediante voto popular. La reforma es mucho más amplia y compleja, ya que reconfigura aspectos medulares tanto de la judicatura federal como de los poderes judiciales de los estados del país. Esta obra analiza los principales cambios en la estructura y el funcionamiento de los tribunales, más allá del proceso de elección judicial. Y, además, explora lo que estos cambios pueden significar para distintos actores, desde la población más vulnerable hasta las empresas e inversionistas que operan en el país.
En este capítulo introductorio, ofrecemos una explicación general sobre el origen y contenido de la reforma judicial de 2024. Creemos que, para comprender sus alcances, es fundamental conocer el contexto en el que se gestó. Por ello, en la siguiente sección hacemos un balance de las de reformas judiciales y su implementación, cuyo punto crítico ocurrió en 1994, cuando se aprobó una reforma que buscó alinear al Poder Judicial de la Federación con los principios de la democracia constitucional y dejar atrás el papel que la judicatura tuvo bajo el régimen autoritario que gobernó México durante 70 años.
La segunda parte de este capítulo está dedicada a explicar las tensiones que surgieron entre el poder ejecutivo y legislativo, por un lado, y el poder judicial, por otro, durante el gobierno de López Obrador. En particular, analizamos cómo la iniciativa de reforma judicial presentada en 2024 representó el punto culminante de un sexenio marcado por el enfrentamiento entre la judicatura y las mayorías políticas afines al lopezobradorismo.
Por último, ofrecemos un breve recorrido por los capítulos que el lector podrá encontrar en esta obra; el porqué de su inclusión, así como sus principales argumentos, aportaciones y hallazgos.
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Esta obra se integra por doce capítulos adicionales que en conjunto ofrecen un análisis relativamente completo y detallado de los principales engranajes de la reforma judicial Obrador-Sheinbaum y, no menos importante, de su impacto más plausible una vez que entre en funcionamiento. El diagnóstico general de cada uno de estos estudios es contundente: estamos frente a una tormenta judicial perfecta.
En el segundo capítulo (¿Son comparables las elecciones judiciales estadounidenses con el voto popular instaurado por la reforma judicial mexicana?) Francisca Pou esclarece la confusión en torno a si son comparables el modelo de elecciones de varias entidades de los Estados Unidos y el sistema electoral judicial recién adoptado en México. Ella muestra que las diferencias no son menores y es importante destacar sus incompatibilidades para evitar compa raciones erróneas y tramposas.
Guadalupe Salmorán, en el tercer capítulo (Las elecciones judiciales en México: los riesgos de captura), detecta que una característica central del sistema electivo del voto popular judicial mexicano es la enorme intervención y discrecionalidad de las fuerzas políticas en el proceso, lo cual resulta en valorar más la lealtad política por encima de la técnica en el proceso de postulación y designación de jueces. Esto pone en riesgo la imparcialidad e independencia misma de los poderes judiciales.
En el cuarto capítulo (La clave de la elección del Poder Judicial: la asignación de cargos por distritos), Alonso Zepeda aborda un aspecto de suma importancia: los problemas derivados de homologar distritos electorales y distritos judiciales, cuando éstos responden a lógicas distintas. Mientras que los primeros se rigen conforme a la población, los segundos se determinan por la materia de controversias en un territorio determinado. El hilo común a estas dificultades es que el poder del voto de la ciudadanía se merma, sea porque su voto no tendrá el mismo valor o debido a que no podrá elegir a todos los jueces que impacten en sus vidas.
Andrea Pozas y Julio Ríos estudian en el siguiente capítulo (La carrera judicial después de la reforma judicial Obrador-Sheinbaum) las consecuencias de eliminar la carrera judicial. Su conclusión es poco alentadora: destruir la carrera judicial avanza en dirección contraria a formar un gremio de juzgadores profesionalizados con conocimientos sólidos del derecho y de los precedentes, así como fijar incentivos adecuados para apostar por una carrera en las instituciones impartidoras de justicia.
En el sexto capítulo (La otra cara de la reforma: la nueva disciplina y la misma administración del Poder Judicial de la Federación), Alfonso Oñate desmenuza uno de los cambios más relevantes de la reforma judicial: la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial. Estas instituciones son controversiales por su enorme poder, los casi inexistentes medios de defensa en contra de sus decisiones y, una vez más, al menos en el caso del Tribunal de Disciplina, la designación de sus integrantes mediante el voto popular con los riesgos de captura política que ello implica.
Un aspecto prácticamente no debatido es el relativo a los jueces subrogan tes: ¿Qué pasa ante la ausencia definitiva de un juzgador? ¿Se convoca a un nuevo proceso electoral? Sergio López Ayllón, en el capítulo 7 (La sustitución de los jueces electos: ¿el pueblo decide?), ofrece sólidas respuestas a éstas y otras interrogantes que parecieran menores, pero que en realidad son claves para asegurar una de las promesas de la reforma judicial: que la designación por voto popular de los jueces no sea una mera pantomima y que luego se con trole de manera discrecional ante ausencias voluntarias o forzadas de éstos.
Los siguientes tres capítulos ofrecen un excelente balance de las afectaciones de la reforma judicial en la arena jurisdiccional. José María Lujambio explica, en el capítulo 8 (El fin de los efectos generales en la justicia constitucional mexicana), con nitidez las implicaciones de eliminar la posibilidad de que haya suspensiones generales de leyes y/o actos de autoridad impugnados a través de los principales medios de control constitucional, así como sentencias con impacto general en el juicio de amparo. Mariana Velasco y Omar Hernández, por su parte, en el siguiente capítulo (Justicia constitucional sin rumbo: la eliminación de las Salas de la Suprema Corte), trazan a partir de datos sólidos los caóticos escenarios secuela de haber desaparecido las Salas de la Suprema Corte y, por tanto, dejar que ésta procese los miles de casos que conoce cada año a partir de un sólo órgano: el Pleno. María Amparo Hernández, en el capítulo 10 (Jurisprudencia y sistema de precedentes: escenarios a partir de la reforma judicial) dilucida con enorme sentido pedagógico el embate a la arquitectura de precedentes ocasionados por la reforma judicial y el riesgo de control político a las decisiones judiciales del poder judicial desde la Suprema Corte.
En el capítulo 11 (La otra reforma: la justicia en las entidades federativas, de Javier Martín Reyes y Saúl López Noriega) abordamos un elemento de la reforma judicial que ha pasado casi desapercibido en la discusión pública: los poderes judiciales de los estados. Aspecto de tal relevancia que no exageramos al afirmar que se trata de otra reforma por entero. Nuestro texto, en este sentido, se concentra en estudiar el impacto de esta reforma en el nivel de justicia más relevante en términos de conflictividad social, así como sus consecuencias en la vida cotidiana de la población del país.
En el capítulo 12 (Jueces sin rostro), Rodrigo Brito examina esta figura, por un lado, como política pública a la luz de los fracasos de las experiencias latinoamericanas en los últimos años y, por el otro, a partir de los criterios condenatorios del sistema interamericano de derechos humanos.
El libro termina con el capítulo 13 (Más allá de la elección judicial: el nuevo Estado mexicano), de Daniel Quintanilla, quien ubica a la reforma judicial junto con otras piezas institucionales que ha impulsado el actual movimiento populista en el poder en México, tales como prisión preventiva, militarización, entre varias otras más que formaron parte del Plan C. Como hemos dicho en otro momento, en conjunto, estas reformas están dando nacimiento a un nuevo Estado mexicano: un Estado más autoritario, más autocrático, más militarizado y más punitivo.1
Saúl López Noriega. Profesor e investigador de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey.
Javier Martín Reyes. Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y en el Centro para Estados Unidos y México del Instituto Baker.
* Nota: Agradecemos a Luis Mauricio Varas Silva y a Gadiel Solorio Álvarez por su apoyo como asisten tes de investigación.
Disponible en:
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1 López Noriega, Saúl y Martín Reyes, Javier, “En el umbral de la autocracia”, Nexos, México, noviembre de 2024.


Muy interesante y claro este artículo.