Hace unos días, por cuestiones laborales, me sumergí en el portal del Congreso del estado de Oaxaca con el propósito de encontrar y estudiar la Ley de transparencia de dicha entidad federativa. No la pude encontrar Pero, en cambio, encontré la Ley contra los vicios del alcoholismo y de las drogas heroicas. Una delicia. Su publicación es del año de 1922, su última reforma de 1946 y, sorprendentemente, si consideramos a que la última actualización de la página es de 2012 y no hay anotaciones sobre su derogación, sigue vigente. Aquí apenas algunas perlas de esta ley, por las cuales se ubican desde ya entre los grandes absurdos jurídicos de del país:
- Empecemos por el título: ¿Drogas heroicas?
- El primer artículo nos indica que “los vicios del alcoholismo y de las drogas heroicas son contrarios al progreso”
- Según el artículo 8º “queda absolutamente prohibida la venta de bebidas embriagantes, en territorio del Estado, el día domingo”.
- El artículo 31 prohíbe “el cultivo de la planta Rosa María, conocida con el nombre vulgar de `marihuana´”.
- El artículo 37 nos enseña un nuevo término: “cuotizarán».
- Si uno decide vender en las tabernas algo adicional a tabacos labrados y cerillos recibirá, de acuerdo con el artículo 39, una multa por la friolera de –agárrense- diez a cincuenta pesos.
- Según el artículo 41, la prohibición a vender bebida alcohólicas no sólo aplica a menores de edad sino también a estudiantes “cualquier que sea su edad” . La multa por infringir esta disposición es del mismo monto que la anterior.
Una joya, definitivamente.
Paula Sofía Vásquez. Abogada por la UNAM. Oficial de Acceso al a Información en Article 19. Twitter: @pauletta_sofia