Los litigios del presidente López Obrador

Un galimatías llamado Ley Nacional de Extinción de Dominio

De estas reformas constitucionales, entonces, derivó la LNED, publicada el 9 de agosto de 2019, y cuya constitucionalidad ha sido puesta en entredicho por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en cuya demanda, por cierto, cita que recibió 524 solicitudes para promover la acción de inconstitucionalidad ante la escandalosa violación de derechos que implicaba esta nueva legislación. Ahora bien, esta acción de inconstitucionalidad, presentada el 9 de septiembre de 2019, en contra de la LNED se centra en ocho puntos respecto los cuales la SCJN deberá determinar si se violan los derechos de seguridad jurídica, acceso a la información pública, propiedad, protección de datos personales, tutela judicial efectiva, debido proceso, legalidad, publicidad, irretroactividad de la ley, así como la supremacía constitucional.



General

Los jueces eléctricos

Las cuestiones que pretendo enunciar a través de estos microrrelatos, y que el lector debe tener en mente mientras los lee, son las siguientes: ¿Qué es justicia? ¿Quién define lo que es justo? ¿Qué significa juzgar? ¿Qué papel juegan la experiencia y las emociones en el proceso de emitir un fallo? ¿Qué virtudes son las que permiten impartir justicia? ¿Qué relación existe entre juzgar y libertad de elección? ¿Qué límites ha de tener el juez al decidir? ¿Qué sentido último tiene el acto de juzgar?


Los litigios del presidente López Obrador

La Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza: ¿logra domesticar la fuerza pública conforme a la Constitución y tratados internacionales?

Aunque la aprobación de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza es un paso adelante pues por años México careció de una legislación en la materia, tal y como fue aprobada pone en riesgo derechos humanos y, más ampliamente, cuestiones esenciales para la democracia. ¿Cuáles son los principios que deben guiar el uso de la fuerza? ¿Cómo debe regularse el uso de la fuerza letal? ¿Cómo debe regularse la relación entre uso de la fuerza y protesta? ¿Cómo reforzar los controles externos sobre las fuerzas de seguridad? Esas son las preguntas que la SCJN deberá plantearse al resolver esta ley, a partir de la acción de inconstitucionalidad que presentó la CNDH. Por eso importa esta deliberación pendiente; ojalá que en el análisis de la SCJN prevalezca la perspectiva de derechos.


Internacional

Cuando las armas hablan, las leyes callan

Nuestra región necesita mucho más vigor en sus políticas sociales. Necesitamos desarrollar una cultura de inclusión social, especialmente de los jóvenes marginados, sin oportunidades de futuro. Necesitamos una cultura de la legalidad, contra la impunidad y a favor del estado de derecho. Desde luego que tenemos que luchar contra la corrupción en todos los niveles. Pero todas esas políticas no serán suficientes para frenar la violencia criminal que anualmente se lleva a miles de nuestros jóvenes si no detenemos los flujos ilícitos de la venta de armas.


Justicia electoral

La diputación migrante y el papel del juez constitucional

Este fallo judicial representa un freno a la reforma legislativa, aprobada por la mayoría del Congreso de Ciudad de México, que buscaba eliminar la representación migrante ante una supuesta insuficiencia de recursos económicos y materiales, mediante la reforma de los artículos 4, apartado B, fracción III; 6, fracción I; 13; 76 y vigésimo quinto transitorio del código electoral de la entidad.


Los litigios del presidente López Obrador

Ley Nacional del Registro de Detenciones: ¿cuáles son sus fallas?

El 26 de junio de 2019, el entonces presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez presentó, en su carácter de titular del organismo, una demanda de acción de inconstitucionalidad contra la Ley Nacional del Registro de Detenciones, publicada el 27 de mayo del mismo año. En su escrito, la CNDH inicia celebrando la aprobación de la ley como un avance trascendental y reconoce la importancia del establecimiento de un sistema que permita contar con la información de las corporaciones policiales, y que ponga a disposición esos insumos para todas las instituciones que participan en el sistema, tanto a nivel local como federal. Sin embargo, sostiene que esta ley no cumple con el requisito de limitar y acotar debidamente las actuaciones de la autoridad y genera incertidumbre jurídica para los ciudadanos.


Día a Día

Mitigar los efectos de la violencia de género en los centros de trabajo: un compromiso pendiente

La ratificación del Convenio 190 y la implementación de las medidas establecidas en su Recomendación 206 constituyen iniciativas al alcance del Estado mexicano para atender la violencia en contra de las mujeres –tanto familiar como doméstica– y cumplir con sus obligaciones y compromisos en materia de los derechos humanos de las mujeres mexicanas. Por eso, frente al contexto de la nueva normalidad, es necesario que el Estado mexicano ratifique el instrumento internacional de la OIT y desarrolle normativas y políticas que busquen atender y mitigar la violencia de género en todos los ámbitos, incluyendo los espacios públicos y privados de las mujeres mexicanas.


Los litigios del presidente López Obrador

Otra vuelta a la espiral: acuerdo presidencial, fuerzas armadas y seguridad pública

La reforma constitucional fue publicada el 26 de marzo de 2019. Después, el 27 de mayo de ese año, se publicó la Ley de la Guardia Nacional y, posteriormente, su reglamento. A casi un año de que el entramado jurídico de la guardia nacional cobrara forma, el 11 de mayo de 2020, el presidente López Obrador emitió un acuerdo en el que, con fundamento en el quinto transitorio de la reforma constitucional, ordenó a las fuerzas armadas a participar en las funciones de seguridad pública que le corresponderían a la guardia nacional, conforme a determinadas fracciones de artículo 9 de su ley, hasta el 27 de marzo de 2024.