Profesionalismo e independencia judicial, elementos esenciales para la reforma judicial

En días recientes, las dos cámaras del Congreso Federal han aprobado la reforma judicial, con lo cual se abre una nueva etapa para la integración y funcionamiento del Poder Judicial en México. La atención principal se concentró en los retos e implicaciones de la elección popular de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de las y los magistrados y jueces de dicho poder.

Pero hay un tema que, desde mi punto de vista, es necesario ponderar con mayor detenimiento, debatir y, en su caso, incorporar en el entramado de leyes secundarias, reglamentos y procesos que habrán de aprobarse en el marco de la implementación de esta reforma constitucional: todo el Poder Judicial, incluidos sus órganos especializados, debe contar con un auténtico servicio profesional de carrera en los dos ámbitos de su labor, la jurisdiccional y la administrativa.

La reforma judicial se fortalecería si se apuesta por el impulso decidido del profesionalismo, como principio central en el funcionamiento del Poder Judicial. Cabe decir que un servicio profesional de carrera es mucho más que sólo capacitar a las personas. Se trata de un diseño institucional integrado por procesos estratégicamente interrelacionados (reclutamiento, selección, formación, evaluación del desempeño, reconocimientos, entre otros), para asegurar idoneidad, desarrollo y carrera profesional de sus integrantes. Pero ese diseño debe descansar en cinco premisas irrenunciables: 1) las competencias y el mérito; 2) igualdad de oportunidades; 3) perspectiva de género e inclusión; 4) imparcialidad y neutralidad en la labor; y 5) la alineación del cumplimiento de funciones del servidor con la generación de valor social esperado por la ciudadanía.

Sin duda, es un modelo opuesto al llamado “sistema de botín”, que mucho ha dañado la reputación de las instituciones públicas mexicanas, y que descansa en la lealtad, afiliación política, nepotismo y discrecionalidad como criterios esenciales el acceso y permanencia en los diferentes niveles de las organizaciones. Se busca erradicar la captura de los puestos públicos, que ha sido una mala práctica común en México.

Ilustración: Gonzalo Tassier

Hay mucha evidencia, objetiva y clara, de que la profesionalización y, en particular, el diseño y operación de un sistema público de carrera es un factor esencial en la efectividad de la labor de las instituciones públicas, dentro y fuera del país, y a la vez una herramienta eficaz para servir mejor a los intereses de la ciudadanía. En Estados Unidos, por ejemplo, existe un servicio profesional para los altos estratos de la administración (Senior Executive Service, o SES, por sus iniciales en inglés); en Francia, por otra parte, existe toda una rica tradición de sus procesos de selección y ascenso de funcionarios públicos. Brasil, también cuenta con un reputado servicio profesional para las actividades diplomáticas, mientras que en México, la labor efectiva en la organización de elecciones, de funciones propias en materia de relaciones de nuestro país con el resto del mundo, o en procesos técnicos de generación de información y estadísticas para la toma de decisiones, no se podría explicar sin los esquemas de servicio profesional de carrera de que disponen el INE, la Secretaría de Relaciones Exteriores y el INEGI, respectivamente.

El Poder Judicial no es ajeno a los intentos por desarrollar la carrera judicial o administrativa. Por ejemplo, entre 2021 y 2023, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concibió y puso en marcha una política de profesionalización, especialmente en el ámbito administrativo.1 Es tiempo de recuperar la esencia y los fines que debe perseguir un servicio público de carrera auténtico, moderno y claramente pieza fundamental para aumentar la confianza ciudadana respecto el desempeño eficiente e imparcial de las instituciones públicas del Estado mexicano. Así, en el marco de la reforma judicial que está por concretarse e iniciar su fase de implementación, propongo lo siguiente:

  1. El fortalecimiento de una carrera judicial que, además de basarse en las premisas irrenunciables que arriba mencioné, esté orientada a un modelo de justicia abierta, es decir, donde la ciudadanía sea colocada en el centro del quehacer judicial. La idea de cercanía y sensibilidad a las demandas, preocupaciones y derechos humanos de las personas2 debe formar parte de la formación profesional de quienes aspiren a ingresar o desarrollarse dentro de la Carrera Judicial; y ese esquema también podría ser fuente importante para proveer excelentes candidaturas a ocupar las posiciones más altas dentro del Poder Judicial, tal como ocurre en muchos países.
  2. La puesta en marcha de un servicio civil de carrera administrativa que contribuya, en forma eficiente, transparente y responsable, en la realización de las funciones administrativas, de apoyo y de gestión de recursos que cotidianamente tienen lugar en el Poder Judicial. Y,
  3. Ambos esquemas de profesionalización tendrían que ser diseñados a partir de una interrelación de cada uno de sus diferentes procesos, pero sobre un principio esencial de implementación: la transparencia y máxima publicidad de las decisiones, salvaguardado disposiciones en materia de protección de datos personales. Los mejores servicios civiles de carrera son aquellos que eliminan, o reducen al máximo, los espacios para la opacidad, arbitrariedad y discrecionalidad en las decisiones. No se puede negar que en ese aspecto el Poder Judicial ha quedado a deber a la ciudadanía, pese a la Ley de Carrera Judicial que en 2021 fue aprobada.

Es importante enfatizar que la búsqueda de un modelo de justicia, más integral, más abierto, más sensible, debe llevar a replantear la formación y mentalidad jurídicas que han prevalecido en el sistema judicial en México. Quienes tengan la responsabilidad de impartir justicia también deberán estar formados para comprender e interpretar la realidad social y política que hoy existe en nuestro país. La transición y el estado actual y futuro de nuestra democracia son un factor relevante que debe significar el desarrollo de nuevas competencias o habilidades profesionales. Los problemas actuales reclaman una mentalidad jurídica distinta, capaz de procesar —desde la riqueza de una perspectiva que sume la multidisciplinariedad, transversalidad y la innovación— los múltiples y complejos problemas que subyacen o están relacionados en la tarea de la atención y resolución de conflictos y controversias que el Derecho plantea. Y en ese sentido, el servicio público de carrera que sea diseñado e implementado en el Poder Judicial, debe servir como un instrumento, como un medio (y no como un fin) para todo ello, esto es, para acercar y dotar de calidad a la justicia, en beneficio de la ciudadanía y de la convivencia armónica en sociedad.

En otro momento he manifestado mi acuerdo con la propuesta que preveía separar la función jurisdiccional respecto las actividades esencialmente administrativas,3 a través de sustitución del actual Consejo de la Judicatura Federal por dos órganos nuevos: el Tribunal de Disciplina Judicial, para atender temas de disciplina, responsabilidades y denuncias en contra los servidores públicos del Poder Judicial; y el Órgano de Administración Judicial, que estaría a cargo de la administración, carrera judicial y control interno. Pues bien, desde mi punto de vista este segundo órgano tendría que ser fortalecido para disponer de capacidades y recursos para la implementación del servicio público de carrera en ambas ramas, la jurisdiccional y la administrativa, dejando a salvo que el otro órgano propuesto pueda revisar la disciplina de las personas servidoras públicas de carrera.

Pero, insisto, necesitamos un servicio público de carrera distinto a los esquemas rígidos, internalistas, opacos que han solido estar en la escena nacional. Todo el Poder Judicial, pero en particular quienes desempeñen las funciones de personas ministras en la Suprema Corte, magistraturas, jueces y juezas, deberán ser capaces de contar con una formación y competencias para interpretar y ponderar el contexto político y social en el que tienen lugar sus decisiones y sentencias. Las instituciones (y en este caso, la implementación de un servicio de esta naturaleza en el Poder Judicial) no pueden ser diseñadas ni actuar al margen del propósito que deviene de ese mismo contexto. Es cierto que un servicio público de carrera busca la despolitización para el ingreso y desarrollo de las personas en una institución, así como reforzar la neutralidad, imparcialidad e independencia judicial, pero también tiene que ser útil, funcional, eficaz, para comprender la realidad social y política.

La nueva judicatura que resulte de la reforma judicial debe, sin duda, descansar en el impulso decidido de la profesionalización de los órganos y las estructuras que integren el Poder Judicial, tanto de carácter jurisdiccional como administrativo, en los términos que en este texto sostengo.4  Sólo así se puede servir mejor a la ciudadanía que busca justicia. De ser así, nuestra democracia y el sistema judicial en México resultarán fortalecidos.

Reyes Rodríguez Mondragón. Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).


1 Los avances en materia de profesionalización y de implementación de un Servicio Civil de Carrera Administrativa alcanzados hasta finales de 2023, que corresponde al periodo en el que presidí esa importante institución del Poder Judicial, pueden verse en: https://www.te.gob.mx/informe/

2 Responsiveness es el término anglosajón que se utiliza para denotar esa orientación del funcionario público hacia la ciudanía, pero que no tiene una traducción al castellano indubitable.

3 Reyes Rodríguez Mondragón, “Incógnitas y oportunidades de la Reforma Administrativa al Poder Judicial de la Federación”, publicado en El Mundo del Derecho, julio de 2024 (accesible en:  https://elmundodelderecho.com/incognitas-y-oportunidades-de-la-reforma-administrativa-al-poder-judicial-de-la-federacion/).

4 Mi artículo no ha tenido como propósito profundizar en los modelos de magistratura que desde una perspectiva comparada se han desplegado alrededor del mundo. Sin embargo, es un tema que subyace en la definición de los rasgos específicos del SPC que al final se pretenda diseñar e implementar dentro del Poder Judicial en México. Entre el modelo burocrático (o del sistema continental) y el modelo profesional (o del Common Law) se han configurado sistemas híbridos donde conviven elementos de cada uno de ellos en lo que respecta a la selección y designación de jueces, la carrera judicial, así como la participación de órganos políticos, o de la propia ciudadanía, para la integración de las altas cortes y del resto de instancias en la organización judicial, pero en cualquier caso la preservación de la independencia, neutralidad y profesionalismo son aspectos que buscan ser protegidos; véase, Fernando B. Escobar y Alfio M. Russo (2019), “Elección popular de jueces en Bolivia: aportes del derecho constitucional comparado al debate”, en Anuario del Derecho Constitucional Comparado, Bogotá, Año XXV, pp. 657-682. Los autores citan, a su vez, una referencia útil para el aspecto que en este apunte busco destacar: la necesaria preservación de la independencia judicial, a partir del profesionalismo e imparcialidad de quienes integren el Poder Judicial: Shimon Shetreet (2014) “Judicial Independence, Liberty, Democracy and International Economy”, en Shimon Shetreet (ed), The Culture of Independence Judicial: Rule of Law and World Peace, Boston, Brill Nijhoff, pp- 14-33; así como el de Anja Seibert-Fohr (ed.), (2012), Judicial Independence in TRansition, Heildelberg, Springer. De igual modo, un texto valioso es el de Andrea Pozas Loyo y Julio Ríos Figueroa (2022), “Instituciones informales e independencia judicial de facto”, en Política y Gobierno,volumen XXIX(2): 1-26, México, CIDE.

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Publicado en: Día a Día