La reforma judicial: mascarada sobre la toga

Sin olvido a la utopía de Don Guillermo Guzmán Orozco

La reforma judicial escrita en el despacho de la presidencia de la Suprema Corte, se propuso que “los más pobres sean escuchados y sus reclamos atendidos” (“Reforma judicial con y para el Poder Judicial”. 12.02.20. SCJN). Para oír y atender a los más pobres no se necesita reforma judicial, ni juicio de amparo, ni juez eficaz. Sólo voluntad.

Un ejemplo quedó manifiesto mientras se tramitaba la reforma: un quejoso acudió a una conferencia de prensa matutina con el presidente López Obrador; al exponer allí sus agravios, el presidente de la Corte de inmediato y sin dilaciones tramitó los deseos del presidente de la República, los reclamos fueron atendidos y las pretensiones obsequiadas. Con diligencia apareció un tuit de la Defensoría Pública Federal: “se ordena la inmediata libertad de Rafael Méndez Valenzuela, tras una solicitud interpuesta por el titular del #IFDP. Estas acciones forman parte de la política judicial de atención a personas en situación de vulnerabilidad delineadas por el Ministro Presidente @ArturoZaldivarL”.

Tal pareció que el ministro Zaldívar juró cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen, y desempeñar con lealtad a la “mañaneras” el cargo de presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y al mismo tiempo, el cargo de presidente del Consejo de la Judicatura Federal, que el Senado le confió. ¿Si existe una política judicial de atención a personas vulnerables, porqué estaba en la cárcel injustamente Rafael Méndez? ¿Si, por el contrario, Rafael Méndez puede salir con esa política judicial delineada por el ministro Zaldívar, para qué reformar la Constitución? La verdad es que la nueva reforma judicial tiene un coro populista, pero en realidad es elitista. No fortalece a la justicia local, pero refuerza al ministro presidente en turno. No otorga estabilidad a los juzgadores, intranquiliza y atemoriza. No es heroica, es burocrática. No es la más trascendente reforma desde 1994, como presumió el boletín de prensa de la Corte 235/2020. La “reforma Zaldívar” es parturient montes, nascetur ridiculus mus (parirán los montes; nacerá un ridículo ratón).

Ilustración: Estelí Meza

El pequeñísimo ratón inútil, se manifestó de inmediato en tres declaraciones emitidas mientras se trataba la nueva reforma judicial en el Congreso, son confesiones explícitas de que esa modificación constitucional es pequeña e inservible para acercar la justicia a los ciudadanos: 1. Senador Ricardo Monreal, en la tribuna del Senado, antes aprobarse: “quedan intactas las distintas fórmulas de traficar influencias”; 2. Ministro Arturo Zaldívar, después de aprobada en el Senado y tras conocerse la presunta corrupción de un magistrado electoral, “lamentablemente por el diseño institucional, el Consejo de la Judicatura no tiene en sus manos la vigilancia, la disciplina del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es algo sobre lo que habría que reflexionar en el futuro” y; 3. el presidente López Obrador, sobre el caso antes citado del señor Rafael Méndez, en la conferencia mañanera del 10 de diciembre pasado, “la demora caracteriza por lo general al Poder Judicial”. ¿Y de qué forma ayudan los ajustes de la justicia constitucional de elite al ciudadano? El traje de gala prometido para acabar con el nepotismo y la corrupción judicial, y contar con jueces probos, puede acabar en un vulgar disfraz (Karl Loewenstein). Mascarada sobre la toga.

Además, el 30 de noviembre, el Relator Especial sobre independencia de los magistrados y abogados firmó un mandato, donde se solicita “asegurar que las iniciativas de ley en el Poder Judicial sean ampliamente discutidas con los diversos actores interesados”. Se cancelaron foros y vivimos un remedo de parlamento abierto, donde algunos Senadores conversamos con funcionarios leales al proyecto zaldívarista que ocuparon el mayor tiempo de la discusión, mientras brillaron por su ausencia ministros, magistrados, escuelas de derecho y colegios de abogados que debieron participar, sobre todo para disipar la duda que también exhibe el Relator de Naciones Unidas, que esa reforma se redactó “sin consulta con el Pleno de la Corte”. Amen de las acusaciones manifestadas desde la tribuna del Senado, donde prácticamente se afirmó que desde la sede de la Suprema Corte se presionó a Senadores y a Gobernadores para sacarla adelante. ¿A cambio de nada se resquebrajó un bloque opositor que venía actuando conjuntamente? Con tantos procesos penales abiertos donde se involucran a excolaboradores cercanos de Senadores, queda la duda: ¿Están garantizadas las sentencias imparciales? ¿No hubo permutas de fallos por votos? ¿Qué papel jugó el Consejero Jurídico de la Presidencia? No deseo ver reeditado el activismo legislativo de Humberto Castillejos Cervantes, Consejero Jurídico del presidente Enrique Peña Nieto.

El texto del Relator García-Sayán menciona una preocupación central “los cambios bruscos de adscripción” de funcionarios judiciales sin invocar justificaciones legales. En esos traslados está parte del secreto de una justicia selectiva que, después de la reforma, se mantiene en las atribuciones del ministro presidente, donde ni se combate la corrupción, ni se respeta la permanencia de los jueces, y sí queda abierta la posibilidad del premio al amiguismo y castigo a los rebeldes.

Si a Zaldívar le importa combatir la impunidad de los jueces, allí tiene el “cambio brusco” de su excompañero Eduardo Medina Mora. ¿Todos satisfechos con ese sillón vacío y vuelto a ocupar? La inactividad procesal en que se mantienen las denuncias penales robustece la hipótesis de que los cambios sólo son para controlar y mandar. El método es simple y cínico: denuncio a un colega por ladrón, se abre la vacante, con miedo intento edificar una mayoría a mí favor, nadie esclarece la conducta presuntamente ilícita, y todos contentos.

Esos movimientos de aplicadores del derecho, que en los gobiernos del PAN y del PRI se patrocinaban desde influyentes despachos de abogados, líderes congresistas y secretarios de gobernación, para “ganar asuntos”, ¿ya fueron desterrados en la “era Zaldívar”? ¿No se hizo, ahora nada semejante para “conocer” los amparos del aeropuerto Santa Lucía? ¿Nada tuvo que ver la cúpula judicial en la remoción de Janine Otalora Malassis o en la de Felipe Fuentes Barrera de la presidencia de los jueces electorales federales? Readscribo, luego existo.

Entiendo y aplaudo que algunos traslados se hicieron para acabar con verdaderos circuitos donde se mercadeaba con las resoluciones. Pero otra vez la pregunta se impone: ¿si ya se tienen las facultades para readscribir por qué tanto brinco? Sin embargo el tema de fondo es la eficacia de las garantías legales para gobernar la vida judicial, tanto para las mudanzas ilegales, como para las designaciones de nuevos jueces, que después de la reforma quedan sin control efectivo, sin medio de impugnación pleno, sin tutela judicial efectiva. Y lo debemos decir con contundencia: sin justicia para los jueces, no habrá justicia para los ciudadanos.

La carrera judicial está y estará “patrimonializada” por el ministro presidente como antaño, como siempre. Se negaron a construir dentro del Poder Judicial, una escuela definida constitucionalmente, autónoma, con gestión y patrimonios propios, electa por una mayoría calificada de ministros, y con derechos constitucionalmente consagrados para todos los funcionarios judiciales, oponibles incluso a lo que digan las mayorías de los órganos de gobierno de la judicatura, como enseñó Ronald Dworkin. En la casa del herrero, no puede haber azadón de palo. En la casa del garantismo, garantías de gelatina para todo el personal judicial.

Más de una veintena de jueces, magistrados, secretarios y hasta auxiliares me hicieron saber a hurtadillas, por temor a represalias, sus preocupaciones con la reforma y el futuro horizonte del servicio de dictar justicia. La escuela judicial constitucionalmente autónoma era (y es) una fuente libertad y garantía de independencia y profesionalismo; pero ganó una escuela del influyentismo, donde esté arrumbada en un rincón la palabra meritocracia.

Muchos compraron el señuelo de que la certidumbre en las condiciones y escalafón de los servidores públicos judiciales quedará perfectamente amarrada en las leyes secundarias. Anzuelo que pescó en el mar de candidez senatorial, y pronto hará derramar lágrimas de decepción cuando vuelvan a publicarse sentencias a pedido, como las que le dictan a la mayoría servil de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Además apunto, que trasladé al líder parlamentario de Morena y al presidente del Senado, la posibilidad de que esa escuela tuviera una vacatio legis amplia, para que entrara en vigor con el nuevo presidente, sin lastimar las actuales atribuciones de Zaldívar. Perdió la institucionalización trascendente, triunfó la ambición momentánea.

En el Senado se prefirió desoír la propuesta del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, de separar con claridad a la presidencia del Consejo de la Judicatura Federal y la de la Suprema Corte de Justicia, porque el ministro Zaldívar se siente cómodo en esa “cultura presidencialista dentro del Poder Judicial” que denuncia el propio Instituto. No sobra decir que Zaldívar condenó esa actitud cuando buscaba presidir a ese poder de la Unión. ¿Palabras de campaña electoral?

La Corte se ha convertido en un instrumento político, es decir, un lugar desde donde se ejerce el poder, no el sitio desde donde se controla la regularidad del uso del poder. Manuel García Pelayo, el primer presidente del Tribunal Constitucional español lo tenía clarísimo, la Suprema Corte debe “renunciar a la tentación de hacer del Tribunal un órgano político, desvirtuando su auténtica naturaleza” ¿Qué fue lo que hizo el ministro presidente con la resolución al tema de la consulta para dizque juzgar a los expresidentes? Simple politiquería. Nada de eficacia para juzgar a los expresidentes. ¿Acaso intercambio por “su” reforma?

Pero García-Pelayo fue más profundo y contundente, y en el  acto de constitución solemne del Tribunal Constitucional español, el día 12 de julio 1980: “Para quienes integramos el Tribunal, para el Tribunal mismo, la resistencia a esta tentación implica el mantenimiento de una firme y constante actitud de renuncia a incurrir en lo que se ha llamado el gobierno de los jueces, que es una patente y posible deformación del régimen democrático”. Ridícula pequeñez llenar los discursos con simples peroratas de “fortalecer al Tribunal Constitucional mexicano”, sin soltar la bolsa del presupuesto del Consejo de la Judicatura Federal, que para el año 2021 tiene presupuestado 64,044,622,895, pesos, mientras que la Corte sólo gastará 5,159,435,565 pesos. La auctoritas subastada por el 92% del dinero destinado a los jueces federales.

Lo diminuto de la reforma se prueba con un recordatorio de Peter Häberle, limitar la interpretación constitucional a los intérpretes gremiales, significa empobrecer nuestra riqueza cultural jurídica.

El ministro presidente intenta reducir la interpretación de la Constitución a una sola voz: la suya. La gravedad de este intento es cancelar el libre desarrollo del debate dentro del poder judicial y anular (acusando de corruptos a los disidentes) el pluralismo de enfoques legales, que precisamente vive en la capacidad intelectual de encontrar nuevas formas de convivencia armónica y en paz. Esa interpretación abierta häberliana de la Constitución, no debería ser motivo de inquietud o censura, pero Arturo Zaldívar busca hacer reinar al juez burócrata y controlador, al “sacerdote de la ley” (Alejandro Nieto). Veneración, culto, fieles, dogmas, son palabras con la que se siente cómodo. Incienso a sus pies y reverencia a su paso, son las actitudes que exige. Por eso se consagraron las siguientes herramientas para perpetuar sus homilías:

1) Inimpugnabilidad de las designaciones de nuevos jueces. Con eso el presidente de la Corte aleja a sus pares para que no conozcan las cuestiones de legalidad y administrativas del gobierno de los jueces. Deja en el terreno resbaladizo la seguridad jurídica de la puerta de acceso al trabajo judicial. Mantener la excepción a la impugnación de las nuevas designaciones, confirma la hipótesis que el zaldivarísmo busca construir un gremio fiel, y robustece mi teoría del repudio interesado a una escuela constitucional autónoma. Amén del “mensaje de rechazo” que manda a los jóvenes estudiantes de derecho, muchos de ellos tocados por la crisis sanitaria y su secuela económica: nos reservamos abusivamente el derecho de admisión.

2) Un dique a la admisión del recurso de revisión en amparos directos. Sin menoscabo de la posibilidad de atracción que pueden activar los integrantes del Pleno de la Suprema Corte; de alguna manera la puerta se cierra a la deliberación colegiada para conocer las quejas del gobernado (el gobernante tiene otras herramientas). La presidencia de la Corte desaparece una facultad colegiada y unilateralmente se queda con la llave para dar entrada a esas revisiones que provienen de una justicia local hambrienta de horizontes constitucionales.

Recuerdo mis primeras lecciones de amparo, en aquel maravilloso Manual de Juicio de Amparo, editado por la Suprema Corte de Justicia (cuando su escuela tenía prestigio). El recientemente fallecido ministro Arturo Serrano Robles, escribió: “el juicio de amparo es un procedimiento autónomo con características específicas propias de su objeto, que es el de lograr la actuación de las prevenciones constitucionales a través de una contienda equilibrada entre el gobernante y el gobernado”. Pues bien, la “reforma Zaldívar” en materia de amparo: desequilibró la contienda al modificar las características específicas de admisión y, en muchos casos, hará nugatorias las prevenciones constitucionales que tienen las personas. Amparo para los amigos, sobreseimiento para los enemigos.

3) La creación de plenos regionales sin certeza constitucional y, por lo tanto, los acuerdos generales que los organicen serán la voz suprema interna de la justicia de la unión.

La regulación de esos plenos regionales entregará el control constitucional a “supermagistrados” que el ministro presidente sabrá seleccionar y proponer para elegir con tacto político. El escalafón judicial tiene un peldaño más y se colmará con fieles. Ahora no habrá control difuso, ni concentrado de la constitucionalidad. Ni John Marshall, ni Hans Kelsen, sino la terrible mixtura de “quedar bien” con el gobierno de los jueces en turno. Control confuso será el futuro camino, un “carnaval interpretativo” como el que denunció Roberto Gargarella para Argentina, puede aparecer en México. Además, ¿quién definirá la competencia, los turnos, la cuantía, los asuntos? Cabe aquí recordar al ministro en retiro José Ramón Cossío quien categóricamente afirma, en su famosa y multicitada obra La teoría constitucional de la Suprema Corte de Justicia: “que la función de control de la regularidad constitucional se construye en razón de las normas mediante las cuales se lleva a cabo el control, y nunca en razón de aquellas normas que están sometidas al mismo. Esto es, no es posible confundir el criterio y el objeto del control ni, mucho menos, pensar que es el segundo el que define el carácter del tantas veces mencionado tribunal constitucional”. ¿Acuerdos generales por encima de las leyes? ¿Leyes por encima de valores constitucionales?

Queremos ser como la Corte Suprema norteamericana, decían los corifeos de Zaldívar. Con los plenos regionales los asuntos gravosos políticamente, o con reclamos menores los decidirán los nuevos señores “cuasiministros” en acuerdos de remisión de dudosa constitucionalidad. El control confuso será la terrible feudalización del Poder Judicial, que como en la Edad Media exigirá un Sumo Pontífice, árbitro de las distintas parcelas de poder. Esa santidad despacha ya, junto a las estatuas de Manuel Cresencio Rejón e Ignacio L. Vallarta. Desde su ventana mira a la calle del tabasqueño, olvidando que en la parte de atrás del edificio hay otra calle más chica que honra a un abogado humilde, culto, sabio, hombre de letras, que rehuyó al boato del poder y a la soberbia de codearse con los poderosos. La presidencia mira a Pino Suárez y da la espalda a Erasmo Castellanos Quinto.

4) Por si fuera poco, hay un motivo de especial preocupación para la concentración del poder en la oficina del despacho del ministro presidente, es la propuesta de excepción a las reglas de turno y competencia para la designación de juzgadores aunque le llamen “concentración”. La decisión sobre la idoneidad, deberá tomarse en función de un nuevo dogma: “el interés social y el orden público”, aunque desde 2011 la Constitución nos obligue a ver a las personas.

Independientemente de que los instrumentos internacionales pueden garantizar el principio per saltum para una efectiva protección de la dignidad de las personas, (vgr. Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Art. 29.3), lo cierto es que a nivel nacional vuelve a generar suspicacias otra “legalización de readscripción”o “reagrupamiento” sin respeto a principios mínimos. Una cosa es per saltum y otra distinta per saltimbanqui sin procedimientos, turnos, casos, condiciones, estipulados en la Constitución.

Dejando a un lado lo procedimental y entrando a lo sustantivo, entiendo que la reforma puede estar motivada por esa corriente relativamente nueva del “constitucionalismo popular”, abierta en gran medida por Larry Kramer. Sin embargo, quienes impulsan estos nuevos conceptos populares o populistas, aparentemente atractivos, deben tener cuidado y cautela en su promoción, porque llevados al extremo, la supremacía judicial debidamente organizada sale sobrando. Desinstitucionalizar al poder judicial pudiera ser el resultado de la reforma. La mascarada judicial conducirá a un déficit en la legitimidad de las resoluciones que intentan resolver conflictos. ¿Irrelevancia judicial?

Un fortalecimiento del verdadero Tribunal Constitucional exige una ruptura con el pasado, no una complicidad con el presente. La “reforma judicial Zaldívar” nada tiene de ruptura, por lo tanto, no es transformación, es un acomodamiento organizacional de la Constitución, sin legitimación en los argumentos, ni en la academia, ni en la inteligencia. Es un capricho hecho Constitución. ¿Para qué quiere más poder la Corte mexicana? En agosto pasado, la revista Nexos documentó los pendientes. Los cambios legislativos están sujetos a revisión constitucional advirtió Saúl López Noriega, luego entonces ¿dónde quedan los deseables “pesos y contrapesos” de una democracia liberal, sin resolver esas demandas?, ¿acaso se le concedió a Zaldívar “su” reforma en pago a dilatar y escamotear la decisión sobre remuneraciones de servidores públicos o sobre la ley de registro de detenciones, ley de uso de la fuerza, ley de extinción de dominio, o ley de austeridad republicana? Para abrir boca y mientras se reformaba la Constitución al gusto del presidente de la Corte, todas las impugnaciones presupuestales para el año venidero se quedaron sin materia, las resolvió el simple transcurso del tiempo. Se activó el bloqueo de la función judicial frente a los deseos de gasto del gobierno federal. Zaldívar calló, y el fallo no cayó.

Alejandro Nieto, en su libro El desgobierno judicial, categoriza a la justicia española como tardía, atascada, cara, desigual, imprevisible, mal trabada, desgarrada e ineficaz. En México caben todos esos adjetivos y uno más: una justicia silenciada. Eso se busca con la pretensión arrogante de encumbrar una sola voz judicial. A la imagen de la justicia vendada de los ojos, soportando con una mano una balanza y en la otra una espada, ahora habrá que agregar un bozal. La mascarada encima de la toga tendrá cubrebocas.

Epílogo para el Senado

Durante la contienda electoral del año 70, para el cargo de Cónsul romano, el Senado autorizó a Pompeyo y Craso a participar como candidatos, aunque no cumplieran con los requisitos de elegibilidad.  Los éxitos militares podían más que las restricciones legales. Las armas le ganaron al derecho y doblaron a los Senadores de la poderosa República romana.

En esa época el Senado empezó a perder autoridad. Mientras el consulado activaba la censura y los censores no dudaron en tomar medidas contras los senadores culpables de prevaricación, cuenta el gran romanista Pierre Grimal. Se empezó a debilitar la atribución del Senado a juzgar. Uno de los últimos asuntos fue el de Cicerón contra Verres. Además los ciudadanos romanos ya no soportaban las maniobras dilatoras del Senado.

Pompeyo y Craso, intentaron reformar el poder judicial, la lex Licinia Pompeia y la lex Aurelia, restituyeron el “constitucionalismo popular” y la composición de los tribunales, respectivamente.

Sin embargo, la República estaba bajo amenaza por la inestabilidad social, la piratería en el Mediterráneo, la voracidad de muchos de sus gobernantes, y la pelea durísima entre las facciones. Había un “hervidero social” en los cimientos de la convivencia de Roma. El Senado romano renunció a su poder, rindió su honor a un emperador. Fue cobarde.

Al regalar la justicia el Senado perdió su legitimidad, y contagió a los jueces de esa falta legitimidad; y sin esa cualidad, el ciudadano no siente suyas las sentencias (porque son de jueces espurios), ni se siente protegido por ellas (porque son dictadas por sus verdugos), ni las entiende (porque son redactadas desde las ínfulas de sumos sacerdotes), ni pacifican (porque protegen privilegios).

La reforma judicial elaborada desde el despacho de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, rompe la principal característica del juzgador: su independencia, además demeritó al Senado de la República por la manera en que se tramitó, y deja pendiente la deuda de acercar la justicia a los más pobres, pero sí beneficiará a los litigantes elitistas. La justicia no será esa convivencia de ventajas mutuas, que soñó Rawls. El resultado es una reforma con un juez perseguido, un gobierno lejano y un ciudadano olvidado.  ¿Volvemos a la Roma antigua? ¿Amanece una monarquía togada con un disfraz populista? Sólo el tiempo dirá cómo cae ese nuevo imperio.

Germán Martínez Cázares. Senador de la República.

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Publicado en: Día a Día