Quienes impugnaron los lineamientos del INE que obligaba a los partidos políticos a postular paritariamente sus candidaturas a las gubernaturas, fueron muy enfáticos en afirmar que no se trataba de una causa en contra de la paridad, sino en defensa del Estado de derecho.
Y, de hecho, ganaron, porque con independencia de cómo se resolvió este asunto lo cierto es que no ganó la paridad de género y tampoco ganamos las mujeres. Ganó precisamente el Estado de derecho que sigue siendo profundamente patriarcal. Veamos.

Ilustración: Patricio Betteo
¿Por qué impugnar?
Tanto el Senado como el PAN, con argumentos muy similares, fueron quienes impugnaron los lineamientos del INE, alegando que este instituto se había extralimitado de sus facultades.
Para asegurar que no se trataba de una acción en contra de la paridad de género, el PAN aseguró que de las 15 candidaturas a las gubernaturas en las que ese partido contenderá, 7 de ellas serían candidatas mujeres, mientras que el Senado recordó que su compromiso con la paridad de género se encuentra plenamente acreditado.
Es decir, ambas partes quisieron mostrar que no estaban en contra de la paridad de género, sino que estaban defendiendo al Estado de derecho. Por medio de formalismos totalmente superables y de lecturas del diseño constitucional no solo limitadas, sino carentes de una perspectiva de género, ambas partes pretendieron impedir la posibilidad de que el INE implementara una medida afirmativa para garantizar la postulación de mujeres en los cargos a las gubernaturas.
Además, no les importó una realidad sumamente preocupante: que desde 1979 sólo ha habido 7 gobernadoras y que, desde el 2014, el porcentaje de mujeres candidatas a estos cargos nunca ha rebasado el 20 %.
Entonces, ante esta situación y la clara necesidad de emitir medidas que hagan frente a esta situación, si tan comprometidos con la paridad de género, ¿por qué impugnaron este acuerdo?
La respuesta es sencilla y es que el grupo privilegiado difícilmente va a ceder sus privilegios. Disfrazado de argumentos respecto de defender el sistema de distribución de competencias, el federalismo, el Estado de derecho, entre otros, lo que realmente pretendieron fue defender al sistema patriarcal.
Así, contrario a lo que afirmaron, sí se trató de una acción en contra de las mujeres, en contra del feminismo y en contra de la igualdad de género. Se trató de defender sus privilegios mediante la defensa de una lectura patriarcal del Estado de derecho.
Regateando la paridad
Una vez que llegó este problema a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), todos los magistrados coincidieron únicamente en una cuestión: el INE había excedido sus facultades reglamentarias; había invadido competencias tanto del poder legislativo federal como de las entidades federativas lo que, además, implicó una vulneración al sistema federalista. Y, por último, que ni si quiera lo hizo por medio de su facultad de atracción.
A partir de esto, existieron tres posturas. Dos de ellas claras y una de ellas no tanto. La primera, fue la propuesta de la magistrada Otálora, que obtuvo el voto a favor de la magistrada Soto y el magistrado Rodríguez y que en esencia sugería lo siguiente: i) considerando la ausencia de leyes que garanticen la postulación de mujeres a los cargos de gubernatura, ii) la línea jurisprudencial de ese tribunal respecto de la promoción de los derechos de las mujeres y iii) la ausencia casi total de mujeres en estos cargos, la Sala Superior debía, en plenitud de jurisdicción, dictar una medida afirmativa consistente en vincular a los partidos políticos nacionales a postular, al menos, a 8 mujeres de las quince candidaturas a la gubernatura.
La segunda propuesta, apoyada por tres magistrados hombres, implicaba revocar lisa y llanamente el acuerdo de INE. Es decir, se oponían a que la Sala Superior dictara una medida afirmativa. Eso sí, sugerían incluir un mero exhorto para que los partidos políticos postularan a mujeres para estos cargos.
Finalmente, un magistrado votó en contra de la propuesta inicial y tampoco quiso apoyar la segunda propuesta, pues se oponía a exhortar a los partidos políticos. Pero manifestó una propuesta individualizada que consistía en un mero formalismo, pues se opuso a que la Sala Superior, en plenitud de jurisdicción, emitiera una medida afirmativa. Sin embargo, consideró que, en una aplicación directa de la Constitución, la Sala Superior debía vincular a los partidos políticos a que postularan al menos a 7 candidatas de los 15 cargos a las gubernaturas.
Esto es, se opuso a que en plenitud de jurisdicción la Sala Superior adoptara una medida afirmativa, pero consideró que esto sí se podía hacer desde una aplicación directa de la Constitución. Con esta sutil diferencia que se reduce a un mero tecnicismo, se evitó que la propuesta inicial que garantizaba la postulación paritaria en estos cargos, obtuviera una mayoría.
Pero, además, el autor de esta propuesta individualizada también se negó a que su propuesta fuera asumida por tres integrantes más del pleno y, con ello, que su propia propuesta obtuviera mayoría. Esto, a su vez, pone en duda su compromiso con la paridad de género, porque claramente esta era una mejor alternativa a aquella que sugería revocar lisa y llanamente el acuerdo del INE.
Tristemente, este asunto se resolvió con un “ya votaste así” y no por una convicción real y sincera de promover la igualdad de género en los cargos de elección popular, en específico, en los cargos a las gubernaturas. Esto, porque al momento de la votación, las dos magistradas y el magistrado Rodríguez, adoptaron la propuesta individualizada y, con esto, accidentalmente y en contra de la voluntad de su autor, esta propuesta obtuvo cuatro votaciones a favor (o sea, mayoría).
Esto, a su vez, derivó en una larga y vergonzosa discusión respecto de cómo se aprobaría el proyecto de sentencia, porque era evidente que una mayoría de los integrantes del pleno —hombres— se oponían a resolver en favor de la paridad de género. Envuelto en la confusión, desorden y falta de certeza respecto de cómo se resolvió este asunto, se oscureció algo realmente preocupante: se regateó la obligación de los partidos políticos de postular paritariamente sus candidaturas para los cargos a la gubernatura. Es decir, se regateó la paridad.
Por medio de formalismos y de argumentos insuficientes, se complicó tanto el tema cuando, de haber juzgado con perspectiva de género, los magistrados habrían podido reconocer cómo resulta necesario interpretar este sistema desde otra óptica. Desde la óptica de las mujeres y desde el reconocimiento de cómo las instituciones, el diseño constitucional y el sistema jurídico, así como las prácticas sociales favorecen a los hombres a la vez que excluyen y oprimen a las mujeres.
Es decir, haber adoptado una perspectiva de género habría conducido a confirmar el acuerdo del INE o, en su caso, a votar a favor de la propuesta inicial, más allá de formalismos y tecnicismos jurídicos. Habría conducido a una interpretación desde una perspectiva para concluir que era necesario y que se encontraba suficientemente justificado dictar una medida afirmativa que garantizara la postulación de mujeres a estos cargos.
En conclusión, la obligación de que los partidos políticos postulen a mujeres en los cargos a la gubernatura se regateó e, incluso, se tomó accidentalmente.
Se defendió al Estado de derecho, que es patriarcal, y en el que las mujeres seguimos intentando acceder por medio de las mismas reglas que fueron creadas para excluirnos. En breve: sí se trató de una acción en contra de la paridad de género y en contra del feminismo.
La lección que nos queda, como feministas, es que estamos más lejos de lo que pensábamos para alcanzar una sociedad más igualitaria: el poder legislativo no sólo no regula, o regula a medias, sino que se opone a que otros lo hagan; los partidos políticos no sólo no postulan a mujeres sino que se oponen a que se les obligue a hacerlo; el poder judicial —en su mayoría— sigue resolviendo desde la lógica de un sistema jurídico sumamente patriarcal y; por último, con un objetivo en común y desde sus propias trincheras, los actores políticos siguen defendiendo ferozmente los privilegios que les otorga un Estado de derecho patriarcal. Esto sólo confirma que el patriarcado no se va a caer, lo tenemos que tirar.
Alexandra D. Avena Koenigsberger. Doctora en derecho por la Universidad Pompeu Fabra, Barcelona.