Día a Día

El Tribunal Constitucional de Alemania y el derecho de reunión en tiempos de COVID-19

Pese a que el Tribunal Constitucional reconoció la existencia de un alto número de contagios en Stuttgart, estimó que esa situación no impedía la realización de manifestaciones, porque éstas debían ser producto de una “práctica concordancia”, entre la protección del derecho a la vida y el derecho de reunión. Por tanto, ordenó a la autoridad administrativa pronunciarse sobre la viabilidad de la manifestación y, en caso de que no emitiera alguna decisión, la manifestación se llevaría a cabo en el lugar planeado originalmente por el solicitante.



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El Derecho frente al ruido

Absurdos jurídicos

El Derecho frente al ruido

  “La Hostería del Moro no podría recomendársela ni a un barinés. Había poca tranquilidad: unos impúdicos bribones luchaban en el piso de abajo, y en la habitación contigua a la mía un hombre fue asesinado”. Leonardo da Vinci. De una inquieta noche en Piacenza. “Bien sea que se busque el origen de las artes, […]