Discutir y analizar sistemas de control de la constitucionalidad a partir del siglo XX, es departir sobre órganos de naturaleza jurídica; sin embargo, poco nos detenemos a reflexionar sobre su homólogo de esencia política. En 1836, en nuestro país, se instauró un poder supremo con esta naturaleza; un reducidísimo puñado de estudiosos nos invita a discurrir este pasaje del constitucionalismo mexicano.
Benjamín Constant
Warning: Undefined variable $contador in /home/nexos/public_html/eljuegodelacorte/wp-content/themes/nexos-2022/archive.php on line 40
Warning: Undefined variable $contador in /home/nexos/public_html/eljuegodelacorte/wp-content/themes/nexos-2022/archive.php on line 48
Sobre la importancia del debido proceso y las reglas, algunos subrayados
Por una extraña petición de principio, durante la Revolución se ha declarado por anticipado culpables a los hombres que iban a ser juzgados. Las formas [judiciales] son una salvaguarda. La abreviación de las formas significa la disminución o la pérdida de esa salvaguardia. Tal abreviación supone, pues, una pena. Si la infligimos a un acusado […]