El pasado 6 de noviembre se publicó en el Semanario Judicial de la Federación la tesis aislada número 1a. CCCVVXI/2015 (10a.), con el rubro “Prueba ilícita. Límites de su exclusión”. En ella, la Primera Sala deja de lado la doctrina de la eficacia refleja de la prueba ilícita (conocida también como la teoría de los frutos del árbol envenenado) para dar entrada, por la puerta grande, a tres excepciones que permiten romper la cadena de ilicitud: la excepción del vínculo atenuado, la excepción de la fuente independiente y la excepción del descubrimiento inevitable.
Código Federal de Procedimientos Penales
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