Este breve ensayo tiene como finalidad, a propósito de los recientes decretos de los gobiernos de Jalisco y Michoacán, responder las siguientes interrogantes: ¿pueden las entidades federativas emitir actos que restrinjan derechos? Y, en su caso, ¿el orden jurídico y la declaratoria de emergencia sanitaria les permiten a las autoridades estatales, actuar como lo están haciendo? Además, ¿tiene el Consejo de Salubridad General facultades para suspender derechos y garantías? Y finalmente, ¿cuándo debe actualizarse el artículo 29 constitucional, es decir, el proceso de suspensión de garantías?
Consejo de Salubridad General
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El principio de legalidad y la guía bioética de asignación de recursos de medicina crítica
Si bien la Guía Bioética de Asignación de Recursos de Medicina Crítica, que había circulado en días recientes, después de diversas controversias, fue retirada del página web del Consejo de Salubridad General, lo cierto es que lo más probable es que pronto el sistema de salud necesite una guía de este tipo para priorizar los escasos recursos médicos y sanitarios. En este contexto, el siguiente texto plantea una pregunta medular: ¿cuáles deben ser las exigencias para un documento de estas características respecto el principio de legalidad?
¿Cuál es el papel del Consejo de Salubridad General en nuestra Constitución?
El derecho a la salud se encuentra previsto en el artículo 4.º de la Constitución. Por su parte, el artículo 73, fracción XVI, prevé, en el apartado 1.º, al órgano colegiado dependiente del presidente de la República, el cual cuenta con un carácter de autoridad sanitaria denominado Consejo de Salubridad General y, en el apartado 2.º, se establece que, en caso de epidemias de carácter grave o peligroso, la Secretaría de Salud tendrá la obligación de dictar de manera inmediata las medidas preventivas indispensables.
Crítica · Día a Día · Internacional
Caso Grace o el debate pendiente: cannabis medicinal y derecho a la salud
Hasta ahora, las leyes y el gobierno mexicano han dado un trato prácticamente igual a todos los tipos de uso de la cannabis. Los consumidores, medicinales o no, son perseguidos y criminalizados. Las autoridades y actores políticos clave han eludido la necesidad de una discusión y cambios legislativos en torno a estos temas.