El día lunes, la Corte debatió dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Procuraduría General de la República en contra de diversas reformas constitucionales y legales de los estados de Chihuahua y Veracruz. Ambas reformas se enmarcan en lo que algunos miembros de la sociedad, los medios y el foro entendieron como blindajes de las polémicas gestiones de los gobernadores (salientes) pues la ciudadanía en esos estados optó por un candidato de oposición en las pasadas elecciones locales.
Cossío
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¿Por qué ser presidente de la Suprema Corte?
Partiendo de lo anterior, y en la víspera de la elección de un nuevo presidente de la Corte, vale la pena retomar el debate: ¿acaso la presidencia de la Corte es un cargo administrativo que diluye la influencia de su detentador en las decisiones de fondo? Si esto es así, entonces, ¿para qué aspirar a este puesto? En cuanto a la primera pregunta, adelanto mi respuesta: no, no es así. Si bien la Presidencia se asocia directamente con varias facultades administrativas, una mirada más fina permite entrever que muchas de éstas tienen una incidencia muy significativa en temas jurisdiccionales