Al haber optado únicamente por la protección del titular de los datos personales sin tomar en cuenta el balance que con respecto al interés público y la libertad de expresión (incluyendo el derecho a acceder a la información) debe realizarse, el IFAI ha actuado de forma parcial. El camino elegido constituye un aval institucional que, aunque no muy efectivo[3], manda una señal que abona a nuestro malestar: los intereses privados que prevalecen sobre el interés público.
Derecho al Olvido
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Google y el derecho al olvido. Un análisis del caso
La semana pasada trascendió que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una resolución sobre el llamado “derecho al olvido”. Para entender los alcances de dicha resolución habría que aclarar algunos puntos: Se trata de una resolución de carácter interpretativo por parte de la Gran Sala del TJUE de Luxemburgo (distinto de […]