¿Por qué no extender esta paridad de género a instituciones como la Suprema Corte de Justicia? ¿Cuáles serían las razones para no garantizar un mínimo de mujeres en nuestra corte constitucional? ¿Es realmente inocuo el mensaje social que envía que haya mujeres que resuelvan los casos judiciales más relevantes del país? ¿En serio no hay cuatro o cinco mujeres abogadas en el país que cuenten con los mismos méritos profesionales de sus colegas hombres que ocupan actualmente un lugar en la Suprema Corte?
Ministros
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¿Cómo funciona la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
La Constitución federal deposita el poder judicial federal en diversos órganos del estado, entre ellos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN o la Corte). La SCJN es el órgano máximo del Poder Judicial de la Federación (PJF) en términos jurisdiccionales –excepto en algunas controversias electorales, lugar que ocupa el Tribunal Electoral del […]
Control previo de constitucionalidad. Una (mala) propuesta del PRI
En octubre de 2011 comenzó la 10ª época de la Suprema Corte de Justicia gracias a dos reformas constitucionales que dotan de una nueva faz a la Cortemexicana: una en materia de derechos humanos, que vincula a la Cortea los derechos humanos reconocidos por la vía de los tratados internacionales, lo que requiere de un […]