El pasado martes 17 de febrero se envió una terna para designar al próximo ministro que cubrirá la vacante del Ministro Sergio Valls, quien falleció en diciembre pasado. Soy partidaria de cambiar el sistema, pero por ahora es lo que hay, así es que aquí algunas propuestas para mejorarlo.
Suprema Corte de Justicia
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La Suprema Corte y las fuerzas armadas
estra Suprema Corte de Justicia no debe seguir con la política de auto-marginación de temas difíciles como este. Necesitamos una Corte que sea un faro luminoso que nos ayude a navegar a través de la densa niebla por la que esta pasando México en materia de seguridad. Ojalá que los nuevos ministros, el Presidente, el Senado, las Fuerzas Armadas, y la propia Corte también así lo entendieran.
¿Cómo entiende la Corte los derechos humanos? Informe Octubre 2014
El objetivo del siguiente texto es informar al ciudadano cuáles son y cómo están protegidos los derechos humanos en México. Para lograr este propósito, se estudian los asuntos conocidos por el Pleno de la Suprema Corte mexicana, quien decide, en última instancia, cuándo un derecho humano es afectado. De esta manera, El Juego de la Suprema Corte presenta esta sección con el ánimo de cumplir dos metas: informar de manera accesible el desempeño de los ministros de nuestra Corte y, a su vez, facilitar el escrutinio a la labor de éstos. En esta edición se presentan los asuntos conocidos en octubre de 2014.
Peña Nieto y sus candidatos a ministro de la Suprema Corte
El día de ayer, el presidente Peña Nieto presentó la terna de candidatos a ministros de la Suprema Corte para ocupar la vacante dejada por el fallecimiento del ministro Valls. Se trata del primer paso de un proceso institucional donde el Senado de la República debe evaluar a los candidatos presentados y, en su caso, aprobar por mayoría calificada a alguno de éstos. Sobra mencionar que, al ser la Suprema Corte árbitro de muchísimos de los conflictos de la vida institucional del país, se trata de un nombramiento de enorme relevancia. En un esfuerzo por iniciar un indispensable debate respecto los candidatos, e inclusive el mismo proceso de designación, a continuación se presenta un ramillete de opiniones de diferentes expertos.
La Suprema Corte y la batalla por los derechos de los consumidores
El plan del teléfono celular, la televisión satelital o por cable, el internet en casa, la nota de la tintorería, la inscripción al gimnasio, entre otros servicios que consumimos todos los días, los adquirimos a través de un contrato con las empresas proveedoras. Se trata de un contrato que no se negocia, conocido como contrato de adhesión y que la empresa en cuestión lo ofrece de manera unilateral. ¿Cuántas veces leemos estos contratos? ¿Sabemos las cláusulas que contienen? ¿Hay alguien que revise que estos contratos sean justos y equitativos? ¿Existe algún lineamiento sobre cómo deben ser estos contratos? Y, de manera más elemental, ¿por qué existen?
¿Qué proponen los aspirantes a la presidencia de la Suprema Corte?
La semana pasada inició el proceso sucesorio de la presidencia de la Suprema Corte y con ello la competencia por los votos. Seis aspirantes se registraron para la contienda y presentaron un plan de trabajo.[i] El cual ofrece las coordenadas de lo que cada uno de ellos haría si es que es electo, la concepción que tienen de la presidencia misma, así como los retos actuales del poder judicial.
¿Por qué ser presidente de la Suprema Corte?
Partiendo de lo anterior, y en la víspera de la elección de un nuevo presidente de la Corte, vale la pena retomar el debate: ¿acaso la presidencia de la Corte es un cargo administrativo que diluye la influencia de su detentador en las decisiones de fondo? Si esto es así, entonces, ¿para qué aspirar a este puesto? En cuanto a la primera pregunta, adelanto mi respuesta: no, no es así. Si bien la Presidencia se asocia directamente con varias facultades administrativas, una mirada más fina permite entrever que muchas de éstas tienen una incidencia muy significativa en temas jurisdiccionales
Reforma constitucional, movilidad y protesta social. Un análisis
En primer lugar, debo decir que no es una mala reforma. Y con esto me refiero a que en verdad no es malintencionada, sino al contrario. La reforma, como su motivación y marco de justificación, es concorde a la Declaración de Derechos Humanos Emergentes reformada y aprobada por distintos miembros de la sociedad civil internacional (ONG’s y promotores de derechos humanos).
El futuro de la consulta popular
Este primer ejercicio de involucrar a la Suprema Corte en el análisis de la viabilidad constitucional de la consulta popular, arrojó resultados que merecen y reclaman tanto atención como reflexión por parte de los impartidores de justicia, especialmente de los mismos ministros. No son pocos quienes han sostenido que la intención del legislador fue fijar estas trabas para que resultase prácticamente imposible el ejercicio de este derecho. No obstante, es labor precisamente de un tribunal constitucional destrabar las redacciones normativas que pudieran resultar lesivas al ejercicio de los derechos.
¿Cómo la Suprema Corte hizo de la consulta popular letra muerta?
No es difícil ver cómo, bajo la interpretación de la mayoría de la Corte, prácticamente cualquier consulta popular sería inconstitucional, pues es evidente que todo actividad estatal en un tema de trascendencia nacional tendrá algún impacto presupuestal (piénsese, simplemente, en el salario que reciben los funcionarios públicos encargados de ejecutar dichas acciones). Sin embargo, esa fue la postura adoptada por la mayoría de los ministros de la Corte.