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¿Pueden nuestros empleadores espiar nuestros Whatsapp?

Un empleado recibe la orden de su superior jerárquico de abrir una cuenta de mensajería instantánea en línea –como puede ser whatsapp, el servicio proporcionado por Facebook o Yahoo Messenger-, utilizando una plataforma de acceso público (es decir, no una herramienta web propia y exclusiva de la empresa) a fin de entablar comunicaciones vinculadas con sus labores. El empleado aprovecha el canal y hace uso de él para intercambiar mensajes con su novia y hermano. El patrón se da cuenta de ello y, con ese pretexto, despide al trabajador por haber utilizado recursos de la empresa para fines personales.



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