Una deformación histórica ha inficionado desde el origen nuestros acercamientos al reeditado tema de la “traición a la Patria”. Por razones de conveniencia política, un tipo penal que debería ser cualquier cosa menos una descripción abierta e interpretable de conductas discutibles, ha funcionado, desde hace 200 años, como un instrumento ad hoc para imputar responsabilidades por la no compartición de ideologías triunfantes a posteriori del actuar del presunto “traidor”.

Desde los precursores de nuestro movimiento de Independencia (los hermanos Cortés, Guillén de Lamport, los munícipes del Ayuntamiento de México en la muy confusa coyuntura de 1808 en que no se sabía a qué “Rey”, “Patria” o “Nación” había que servir), hasta los dos consumadores del propio movimiento (ambos, en su momento, jefes del Estado mexicano) pasando por las cabezas más visibles de la Insurgencia (Hidalgo, Allende, Morelos, Mina), nuestros prohombres y nuestras promujeres (como Gertrudis Bocanegra) han sido enjuiciadas por presuntas traiciones a ideas variopintas y tendentes a aventuradas descalificaciones dignas del más hostil y estaliniano de los Comités de Salubridad Ideológica que pueda uno imaginar.
Los casos de los llamados “consumadores” son interesantes puesto que el primero, Agustín de Iturbide, fue acusado de combatir una forma de gobierno a la que expresamente se opuso desde su primigenio Plan (el de Iguala, 24 de febrero de 1821) y fusilado en Padilla, Tamaulipas, luego de un remedo de proceso seguido no ante un órgano jurisdiccional sino ante una legislatura local. Iturbide había sido declarado “traidor” a través de un decreto personalísimo del Congreso común a la naciente República, pero sólo en el caso de que, tras su exilio postimperial, pusiera un pie en territorio mexicano. Curiosa legislación especialísima que no puede sino recordar al futurismo penal que imaginó Dick en Minority report: tú, y sólo tú, serás traidor cuando lo seas, y si no, no. No creo que sea casual que la ejecución de las condenas legislativas se haya desarrollado tan cerca de Güemes, la tierra del ilustre y tautológico filósofo tamaulipeco.
En el caso del otro consumador, el general insurgente y trigarante Vicente Guerrero, un procedimiento parecido -solamente parecido- al impeachment, y derivado de tardías consideraciones en torno a la legitimidad de su elección presidencial, devino en un enjuiciamiento por delitos de “lesa nación” que nunca se explicaron y que culminaron en el célebre martirio de Cuilápam (1831).
¿A qué o a quiénes fueron “traidores” Guerrero e Iturbide? La imposibilidad de llegar a conclusiones convincentes en el ámbito de la práctica y la teoría penal dieron lugar a una rápida reivindicación de ambos personajes, que alcanzaron el muro de honor del Congreso mexicano sin que nadie, ni siquiera sus adversarios más obstinados (Santa Anna para el caso de Iturbide, Bustamante y Alamán para el de Guerrero) se atrevieran a recordar la infamante nota de la “traición”. No será sino hasta 1921, en el marco de las conmemoraciones de la consumación independentista, que algunos diputados encabezados por Antonio Díaz Soto y Gama (el anarquista que había causado gran revuelo en plena Convención de Aguascalientes por rasgar la bandera tricolor a la que consideró “un trapo representativo de la abyecta reacción”) lograron la defenestración del nombre iturbidiano tras un poco claro procedimiento parlamentario en el que se interrumpieron varias veces las discusiones y los conteos de votos tras las precisas admoniciones del diputado saltillense Vito Alessio Robles: ¿a qué forma de gobierno había traicionado Iturbide si desde el principio se había pronunciado por la Monarquía como la organización más “análoga al país”?
El caso es que tanto Guerrero como Iturbide (y, 10 décadas después, el general Felipe Ángeles) fueron condenados por “traicionar” las ideas… ¡de sus adversarios! (ideas que desde entonces el poderoso en turno ha tendido a identificar con la “Patria”) y, ante tamaño despropósito, fueron reivindicados casi de inmediato. Algo de pudor parecía quedarnos. Se agotó rápidamente.
No obstante que durante las intervenciones extranjeras de nuestro siglo XIX la cuestión tendió a encauzarse en forma más sensata (se condenó la traición a la Patria “en guerra extranjera”), tanto imperialistas como republicanos tendieron a descalificarse (y a expedir sendas legislaciones de enjuiciamiento criminal) por la extraña causal de no compartir la visión institucional del adversario, sin que se supiera a ciencia cierta, hacia la segunda mitad del siglo, si lo que se había jurado al principio de nuestra vida independiente era una Monarquía constitucional, un Imperio con testa coronada europea, una República federal, una central con control constitucional concentrado o una barroca combinación de todas las opciones posibles. La clave estaba en descalificar al otro y en imponer la personal y facciosa visión de cada grupo de intereses sin detenerse a pensar que lo realmente constitutivo de una nación es alcanzar un proyecto de vida en común que haga posible la convivencia de los contrarios en relativa y siempre precaria, aunque preciosa, armonía.
Así como cayeron asesinados (“ejecutados” se diría en el irresponsable argot de la actualidad) Santos Degollado y Melchor Ocampo (este último bajo el cargo de haber “traicionado a la Patria” con la negociación y suscripción de un tratado adicional a la tristemente célebre venta de La Mesilla a los Estados Unidos), al triunfo de la República conservadores e imperialistas enfrentaron procesos de descalificación ideológica y algunos (como los generales Miramón y Mejía) fueron fusilados bajo el cargo de haber traicionado una Constitución, la de 1857, que no sólo no habían jurado jamás, sino a la que se habían opuesto con las armas lo mismo desde la atalaya de la República central, que el propio Miramón presidió, que desde la del Imperio austrofrancés de Maximiliano. De haber triunfado la segunda tentativa monárquica mexicana, a buen seguro que la suerte de los liberales Juárez, Díaz, González Ortega y Lerdo habría sido a un tiempo igual y opuesta, dado que la legislación expedida por el Habsburgo también calificaba de “guerrilleros” y “traidores” a quienes habían defendido durante toda su vida pública la forma republicana y federal de gobierno.
Las excomuniones fulminadas por cada bando contra sus adversarios demuestran que la discusión pública de los asuntos estructurantes de nuestra convivencia dista mucho de ser considerada no sólo necesaria sino incluso legítima. Continúa pesando en el imaginario la idea que opone de manera irreconciliable, contra toda evidencia histórica, a tlaxcaltecas y mexicas, criollos y peninsulares, yorkinos y escoceses, convencionistas y carrancistas, sonorenses y cristeros, izquierdistas y neoliberales, y una larga galería de la exclusión y la guerra a muerte.
La descalificación y la condena al oponente ideológico solamente ha podido ser superada a través de ciertos pactos de purificación, como el ofrecido a don Luis Méndez, que había integrado la comisión para la expedición del Código Civil presidida por el mismísimo Maximiliano y que, preso una vez que fue restaurada la República, aceptó ser liberado a cambio de entregar la documentación al gobierno liberal, que en 1870 la aprovecharía casi literalmente para expedir el Código Juárez. En el resto de los casos, el ostracismo, la simulación y la imposibilidad de contemplar a la oposición como algo que va mucho más allá de la execrable traición, han sido las marcas de una casa que, a lo que se ve, no ha logrado ser la casa común a todos los mexicanos: todavía en el constituyente de 1916-17 se discutió si los diputados que habían servido durante la dictadura del traidor Huerta, incluso aquellos que se habían opuesto a él, tenían o no derecho a integrar la asamblea. De haber vivido hasta entonces, don Belisario Domínguez se habría visto sometido al grotesco ejercicio de la discusión de sus credenciales democráticas antes de poder acceder al Congreso.
Se dirá que durante el siglo XX superamos maniqueísmos semejantes, y es cierto que lo hicimos, aunque muy a cuentagotas. Algunos de nosotros aún podemos recordar que la “reacción” (clerical, empresarial, proyanqui, comunista o lo que fuera distinto al credo ortodoxo del oficialismo revolucionario) era sin más categorizada como traición, pendiendo sobre ella la espada de una condena que, en algunos casos, podía llegar a ser capital (aunque, todo hay que decirlo a favor del siglo XIX, a través de ejecuciones extrajudiciales, “leyes fugas” y guerras sucias) o que implicaba cuando menos la puesta perpetua en entredicho y el silenciamiento suspicaz y presuntor de la culpabilidad.
En el trasfondo subsiste, y aparece últimamente con renovada fortaleza, la idea de que toda transformación auténtica (y vaya que el país la requiere para resolver de una vez por todas su añejo problema de desigualdad y marginación) únicamente se puede dar a través de la exclusión, de la negación de la alteridad, de la sordera frente al diálogo y de la execración de las ideas diversas. Contemplamos hoy un hecho inédito: la convocatoria a una consulta popular y al fusilamiento “pacífico” (esto es, en efigie, como ocurría con los condenados por la Santa Inquisición cuando optaban por una muerte menos vil que la quema en leña verde) de los legisladores que optaron por mantener en sus términos el texto de una Constitución que tanto ellos como los integrantes del partido en el gobierno protestaron cumplir y hacer cumplir al asumir sus altos cargos.
Propongo, con la sensatez y la experiencia histórica como herramientas, que rectifiquemos y sustituyamos el abiertísimo y riesgoso tipo penal de “traición a la Patria” por algo más propio de nuestro Estado constitucional y democrático de derecho: el tipo penal de “ataques sistemáticos al pluralismo, a la libertad y al espíritu republicano”.
Rafael Estrada Michel. El autor es profesor universitario y director general de Tiempo de Derechos @derechostiempo y @rafaelestradam