Trump v. Wilcox y el ocaso de la tecnocracia

El pasado 22 de mayo la Corte Suprema de los Estados Unidos (SCOTUS) dejó entrever lo que podría ser el cambio jurisprudencial en materia de derecho administrativo más importante de los últimos noventa años.

En una decisión del llamado shadow docket la Corte Suprema suspendió una resolución judicial que obligaba a Trump a reinstalar en su cargo a dos consejeras independientes. La consecuencia inmediata es que las consejeras independientes destituidas no podrán ejercer el cargo sino hasta que –en su caso– el expediente principal se resuelva de fondo. Las consecuencias a largo plazo podrán ser mucho más profundas que el escaso espacio que los titulares le han dedicado.

Humphrey’s Executor. La disputa por el New Deal

Para entender qué es lo que sucede y la gravedad del asunto es necesario regresar casi un siglo a Humphrey’s Executor v. United States, 295 U.S. 602 (1935). El conflicto en cuestión se originó en 1933 cuando el entonces presidente Franklin Delano Roosevelt (FDR) destituyó a William Humphrey comisionado de la Federal Trade Commission (FTC).

La destitución fue hecha sin causa, es decir, por desacuerdos en materia de política pública. Las diferencias entre ambos no eran menores. La FTC era el órgano regulador en materia de competencia económica y Humphrey había sido nombrado y ratificado por los presidentes republicanos Calvin Coolidge y Herbert Hoover, respectivamente. Por lo tanto, sus posturas eran muy favorables a los empresarios y contrarias a la regulación en materia económica. Abiertamente contrarias al progresismo demócrata de Roosevelt y al espíritu del New Deal.

La FTC fue creada en 1914 como una agencia independiente del poder ejecutivo. Mediante la Federal Trade Commission Act, el Congreso dispuso que el presidente únicamente podía destituir a sus comisionados por “ineficiencia, negligencia en el desempeño del deber o mala conducta en el cargo”. Por ello, cuando FDR le notificó su remoción, Humphrey hizo caso omiso y continuó desempeñando el cargo cinco meses más, hasta que falleció por un infarto. El albacea de su sucesión demandó al gobierno federal el pago de los salarios caídos para lo cual la defensa del gobierno alegó que la remoción había sido válida y que la Federal Trade Commission Act era inconstitucional.

La cuestión se centraba en si el Congreso podía constitucionalmente imponer limitaciones al presidente en la destitución de sus oficiales, tales como los consejeros de la FTC. En un caso previo Myers v. United States, 272 U.S. 52 (1926) la Corte Suprema –entonces liderada por el expresidente Taft– ya había resuelto que el presidente podía destituir libremente a un administrador de correos y que la ley que exigía consentimiento del Senado para ello era inconstitucional.

El razonamiento central fue que el administrador de correos desempeñaba funciones puramente ejecutivas y, por lo tanto, cualquier límite a su destitución era una invasión a la división de poderes. Como dicta, la Corte también razonó que, de acuerdo con el artículo II constitucional, el poder ejecutivo había sido encomendado en una sola persona y, por ello, su ejercicio y dirección le correspondía de manera exclusiva a dicho funcionario, o sea, al presidente.

Sin embargo Humphrey’s Executor rechazó de manera unánime el dicta de Myers y en su lugar reconoció la constitucionalidad de las protecciones de remoción. La lógica central del precedente es que la FTC, a diferencia del servicio postal, se regía por una serie de principios que le exigían pericia técnica e imparcialidad. En palabras del justice Sutherland:

La comisión no debe ser partidista y, por la propia naturaleza de sus funciones, debe actuar con total imparcialidad. No está encargada de la aplicación de ninguna política excepto la política de la ley. Sus funciones no son ni políticas ni ejecutivas, sino predominantemente cuasi judiciales y cuasi legislativas… sus miembros están llamados a ejercer el juicio capacitado de un cuerpo de expertos «designados por la ley e informados por la experiencia».[1]

Parafraseando al juez Easterbrook, Humphrey’s adoptó una visión funcionalista del principio de división de poderes con la cual se legitimó al Estado administrativo.[2]

Alcance y controversias de la tecnocracia norteamericana

No deja de ser irónico que “tecnocracia” sea un concepto poco preciso, poco técnico. Si bien tradicionalmente se le enuncia como el gobierno de los técnicos, de los expertos, no es totalmente claro cuándo se configura una tecnocracia. Tampoco hasta qué punto los políticos pueden ser tecnócratas y viceversa.[3]

Haciendo una búsqueda rápida en Wikipedia, podemos encontrar que la entrada sobre tecnocracia refiere a McDonnell y Valbruzzi, quienes definen a un primer ministro o ministro como tecnócrata si «en el momento de su nombramiento para el gobierno: nunca ha ocupado un cargo público bajo la bandera de un partido político; no es miembro formal de ningún partido; y se dice que posee una reconocida experiencia política no partidista que es directamente relevante para el papel que ocupa en el gobierno».[4] Una definición más o menos consistente con los elementos apartidistas, apolíticos y expertos de las agencias independientes que cita Sutherland en Humphrey’s Exec.

El origen de las agencias independientes.

Las agencias independientes como la FTC tienen sus orígenes en el reformismo de Woodrow Wilson. Los progresistas de principios del siglo XX, empapados del positivismo de la época, tenían fe en que el método científico podía ser aplicado a los problemas sociales. Encontrada la solución a determinado problema social, los expertos tecnócratas aplicarían las soluciones mediante la política pública. Probablemente la más famosa e importante de las agencias independientes creadas en ese primero momento sea la Reserva Federal, el banco central de los Estados Unidos.

Si bien los New Dealers de FDR ponían más énfasis en la legitimidad democrática de las instituciones, su admiración por la técnica científica no era menor. Al contrario, la experiencia de la Gran Depresión los convenció de que el capitalismo carente de regulación era incapaz de conducir a la prosperidad. La economía exigía ser dirigida por expertos.[5] De modo que Humphrey’s Exec. no contravenía directamente la visión política de FDR. Una de sus formas preferidas de ejecutar la política pública fue mediante la creación de agencias especializadas, muchas de ellas independientes. La National Labor Relations Board (NLRB), la Securities and Exchange Commission (SEC), la Social Security Administration (SSA) y Federal Communications Commission (FCC) son solamente algunas de las creadas durante su gobierno.

La confirmación del criterio

En los años siguientes el Estado regulador tecnócrata no hizo sino crecer en dimensión e independencia. En Wiener v. United States, 357 U.S. 349, 78 S. Ct. 1275 (1958), la Corte Suprema resolvió que incluso cuando el Congreso no había dispuesto limitaciones expresas a la destitución de los consejeros de agencias, sí éstas cumplían con algunos de los criterios de Humphrey’sExec. (v.g. desempeñando funciones cuasi-legislativas), entonces sus cargos eran inmunes a la destitución incausada. Un ejemplo muy claro de ello es la SEC, cuyo estatuto no establece inmunidades a la remoción de sus consejeros, sin embargo, las cortes han reconocido que cuentan con ellas.[6]

La limitación al poder de la appointments clause presidencial del artículo II llegó a su máxima expresión en Morrison v. Olson, 487 U.S. 654, 108 S. Ct. 2597 (1988), cuando la Corte declaró constitucionales las limitaciones a la destitución del fiscal especial para el Departamento de Justicia (DOJ). Ya no era el solamente el Presidente quien no podía destituir a voluntad a este fiscal especial, un “oficial inferior” que no era cabeza de ninguna agencia, sino únicamente el Attorney General quien podía hacerlo, y por causa justificada. Fue en Morrison donde el justice Scalia reclamó las invasiones a las facultades del poder ejecutivo en un famoso voto particular que sentó las bases para la reversión de la tendencia.

A contrarreloj. La teoría del ejecutivo unitario

Scalia no hacía sino recuperar la famosa teoría del unitary executive, que en su momento defendió Taft en Myers. La propuesta de esta teoría –de grueso corte originalista– apunta a que en las discusiones del congreso constituyente existieron diversas propuestas para dividir al poder ejecutivo. Las múltiples propuestas para tener múltiples ejecutivos –de la misma manera en que Roma tenía dos cónsules en cada momento– o para otorgar facultades independientes a los asesores del presidente, fueron en su momento rechazadas. La teoría del ejecutivo unitario pone énfasis en que el poder ejecutivo se deposita en “un” presidente y, por lo tanto, corresponde a ella o él ejercer la totalidad de las facultades ejecutivas. Quienes defienden esta teoría reclaman la inconstitucionalidad de las agencias independientes pues se considera que limitan las facultades ejecutivas del presidente.

La teoría ha ido ganando tracción por parte de la derecha conservadora estadunidense quienes han acusado que las agencias independientes no han sido más que un instrumento para engordar a la burocracia, aumentar el gasto público e impulsar políticas progresistas o socialmente liberales. Algunos autores como Phillip Hamburger han llegado al punto de plantear que la totalidad del aparato administrativo es inconstitucional.[7] En general la postura se basa en un conservadurismo averso a la regulación y al big government. La visión popular de la tecnocracia queda plasmada en el ominoso apodo del deepstate, el Estado profundo.

Críticas al modelo tecnocrático

Con independencia de la validez de las acusaciones y sospechas, lo que sí es cierto es que las agencias independientes no siempre han sido los órganos “imparciales” y “apartidistas” que el justice Sutherland sugería. En su artículo Debunking Humphrey’s Executor Daniel A. Crane[8] señala cómo en sus más de cien años de vida la FTC ha incumplido con los cuatro elementos de independencia de Humphrey’s (La FTC resulta un gran sujeto de estudio puesto que sus funciones en materia de competencia económica se replican de manera casi idéntica por el DOJ).

En primer lugar, Crane señala cómo es que sus actividades sí parecen seguir una política partidista. O, en otras palabras, resulta ser muy susceptible a la visión e intereses del partido que controla el Congreso en determinado momento, en particular a los comités que supervisan a dicha agencia.

En cuanto a su carácter técnico y pericial. Crane compara la experiencia en materia de competencia económica de los perfiles de los consejeros de la FTC con los perfiles que han sido nombrados para la división de competencia económica del DOJ y llega a la conclusión de que los perfiles “políticos” del DOJ han llegado al cargo con más experiencia y reconocimiento técnico. Si bien reconoce que en sus primeros años la FTC contaba con un departamento de economistas de alto nivel, hoy en día ambos órganos poseen aproximadamente las mismas capacidades.

En el tercer elemento, las actividades cuasi-legislativas Crane concluye que, en sus más de 100 años de existencia, la FTC solamente ha emitido algunas pocas normas en materia de protección al consumidor y una norma substantiva en materia de competencia económica en 1968.

Finalmente, respecto a las actividades cuasi-jurisdiccionales, éstos se clasifican en dos áreas principales. En la primera la FTC funciona como árbitro ante el cual el DOJ puede acudir para perseguir casos en materia de competencia. Esta área, si bien reconoce en teoría es “cuasi-jurisdiccional”, en la práctica no se ejerce debido a la competencia que existe entre el DOJ y la FTC. La otra área, mediante la cual la FTC puede efectivamente adjudicar, lleva una tendencia hacia el desuso. Esto, argumenta Crane, en la medida en que en 1938 se le otorgaron facultades para demandar ante las cortes de distrito, haciendo que las decisiones de los jueces revistan de mayor legitimidad e imparcialidad ante las cortes de apelación que aquéllas resueltas ante la propia FTC. Crane concluye que el grueso de las actividades de la FTC, hoy en día, son de carácter ejecutivo.

Los ataques recientes

De cualquier modo en los últimos quince años la tendencia ha sido contraria a la independencia y favorable a la teoría del ejecutivo unitario. En 2010, la Corte Suprema resolvió en Free Enterprise Fund v. Pub. Co. Accounting Oversight Bd., 561 U.S. 477, 130 S. Ct. 3138 (2010) que la inmunidad en contra de la destitución incausada no pueden tener “dos niveles”, (i.e. es ilegal que consejeros de una agencia únicamente puedan ser destituidos por consejeros que a su vez sean inmunes contra la destitución incausada). Un año después, el entonces juez de distrito de D.C., y ahora justice, Brett Kavanaugh interpretó que la tensión entre Free Enterprise Fund y Humphrey’s revelaba una Corte Suprema mucho más alineada con los postulados de la Corte Taft en Myers.[9] Luego, en Seila Law LLC v. Consumer Financial Protection Bureau, 591 U.S. 197, 140 S. Ct. 2183 (2020) SCOTUS determinó que la imposición de inmunidades en contra de destitución únicamente es válida para cuerpos colegiados de modo que la inmunidad legal de la titular del Buró para la Protección de los Consumidores Financieros (CFPB) era inconstitucional y podía ser removida a voluntad del presidente.

Chevron, el privilegio interpretativo de las agencias

Otro fuerte golpe a las facultades de las agencias independientes sucedió el año pasado cuando la SCOTUS decidió revocar el famoso precedente de 1984 Chevron.[10] Si bien el tema merece un análisis por sí mismo, para efectos del presente bastará explicar que conforme a Chevron los jueces estaban obligados a otorgar un grado casi absoluto de deferencia a las agencias en la interpretación de la Ley.

De modo que en caso de que existiera una ambigüedad o falta de claridad en el contenido o alcances de la ley, los jueces estaban obligados a adoptar como suya la interpretación propuesta por la agencia federal que aplicaba dicha ley, con tal de que fuera una interpretación “admisible”, o sea, no completamente irracional.

Ello con independencia de si el juez consideraba que la interpretación de la agencia era la correcta o no. Chevron no solamente funcionaba como un gran unificador de criterios interpretativos a nivel nacional, sino que además otorgaba una gran ventaja a las agencias al momento de aplicar la ley. Ventaja que no siempre era considerada imparcial u equitativa ya que en la práctica muchas de las interpretaciones rayaban lo impermisible.

En una línea parecida a la de la teoría del ejecutivo unitario, los grupos conservadores se quejaban de que Chevron invadía las facultades del Poder Judicial conforme al artículo III de la Constitución, pues de acuerdo con las palabras del mítico chief justice Marshall en Marbury v. Madison “es enfáticamente la tarea del poder judicial afirmar cuál es el derecho.”[11]

Así, el verano pasado, en Loper Bright Enterprises v. Raimondo, 603 U.S. 369, 144 S. Ct. 2244 (2024), SCOTUS expresamente revocó Chevron aclarando que los jueces deberían ejercer su propio criterio para determinar la interpretación de la ley que fuera conforme a derecho. Si bien señaló que la opinión e interpretación de la autoridad tendría peso y consideración en razón a su experiencia y conocimiento, ésta de ninguna forma controlaría el sentido del resultado. La consecuencia más visible es una fragmentación de los criterios, pues mientras la Corte no los unifique, cada circuito judicial podrá tener un criterio distinto en la interpretación.

Trump v. Wilcox[12]

La decisión interlocutoria

Todo lo anterior nos lleva al caso en cuestión. A principios de año Trump destituyó a Gwynn Wilcox y a Cathy Harris, ambas consejeras de la National Labor Relations Board (NLRB) y la Merit Systems Protection Board (MSPB), respectivamente. Ambas, la NLRB y la MSPB son consideradas agencias independientes y las consejeras únicamente pueden ser removidas mediante causa conforme a precepto expreso de ley[13]. Trump no alegó ninguna causa en la destitución. En su lugar hizo valer los postulados de la teoría del ejecutivo unitario, denunciando la inconstitucionalidad de las inmunidades de las consejeras. En lo que habría sido un caso sencillo, la Corte Suprema sorprendió y dio la razón a Trump al no obligarlo a reinstalar a las consejeras (como ordenaba la decisión del juez de distrito).

¿Por qué actuó así SCOTUS? Para analizar la decisión, lo primero que hay que reiterar es que no es de carácter definitivo. Es únicamente una resolución interlocutoria cuyos efectos terminarán cuando se analice y resuelva el fondo. En cuanto a las razones, se argumentó que en el balance de probables afectaciones resultaría más perjudicado el gobierno federal, puesto que de ser eventualmente reinstaladas las consejeras, bastaría con reintegrárseles el salario que hubiesen ganado. La decisión tampoco abrió la puerta a la remoción de cualquier funcionario de cualquier agencia. Los justices fueron muy cuidadosos en señalar que el mismo criterio no aplicaría a la Reserva Federal puesto que el banco central no se trata de una simple agencia independiente, sino que posee un carácter mixto entre una entidad privada y una entidad gubernamental. Llama la atención que hicieran mención expresa de la Reserva Federal, como si estuvieran previniendo a Trump, no vaya a envalentonarse y destituir al presidente de la Fed, Jerome Powell.

El voto particular de Kagan

La resolución llama la atención también por su brevedad. Es cierto, las órdenes del denominado shadow docket suelen ser más cortas y normalmente no son firmadas por algún justice en particular. Pero en esta ocasión la brevedad se contrapone al voto particular de Elena Kagan, del ala liberal, al que se unen Sotomayor y Jackson. El voto particular critica los siguientes puntos:

  1. Las decisiones interlocutorias no son el instrumento adecuado para desconocer precedentes que aún son válidos. Humphrey’sExec. aún no ha sido revocado, y si bien podrá llegar a serlo, en todo caso ello requerirá un análisis cuidadoso, oportunidad para audiencias orales en el cual las partes hagan valer sus mejores argumentos;
  2. Humphrey’s Exec. ha tenido su razón de ser. La composición bipartidista de la mayoría de las agencias independientes promueve una visión enfocada en el bien público en oposición a lo que es popular en un momento dado. Le da a las agencias la oportunidad de plantear políticas públicas a largo plazo;
  3. El balance de afectaciones hecho se encuentra sesgado. Únicamente considera como gobierno al poder ejecutivo. El Congreso y sus leyes también son elementos del gobierno cuyas afectaciones deben ser tomadas en cuenta en dicho balance.
  4. La excepción que la mayoría pretende hacer de la Reserva Federal, si bien es sensata y oportuna, no es coherente con la decisión. Contrario a lo que se sostiene en la opinión interlocutoria, las características de la Reserva Federal no la hacen particularmente distinta a las otras agencias, al menos formalmente;
  5. Al darle la razón a Trump, se le está dando la oportunidad de violar la ley con el mero argumento de que él considera que ésta es inconstitucional. Esta postura debilita la presunción de constitucionalidad de las leyes aprobadas por el Congreso federal.

Posibles consecuencias

Si queremos predecir las implicaciones de la decisión es necesario tomar en cuenta tres elementos principales. El primero es el número de agencias independientes que existen hoy. El segundo es qué tan independientes son dichas agencias en la práctica. Y el tercero es la materia y alcance de las facultades de dichas agencias.

En cuanto al primero de los elementos, Wiener complicó la tarea de saber cuántas agencias independientes existen. La Conferencia Administrativa de los Estados Unidos (ACUS), otra agencia federal independiente, reconoce que no existe una única definición que satisfaga a todos.[14] El número puede variar entre ochenta y treinta, según los criterios que se atiendan. ¿Por qué se desconoce el número? Porque si bien el criterio de inmunidad contra la remoción es el más identificable, lo cierto es que en la práctica existen muchos otros elementos que caracterizan –incluso con mayor profundidad– a las agencias independientes. En palabras de la propia ACUS, lo que señala el carácter de “independiente” en ámbitos formales es la composición plural de su consejo general, la existencia de periodos específicos en los cargos de los consejeros (que usualmente duran más de un periodo presidencial) y el escalonamiento de dichos cargos. Sin embargo, en ámbitos sustantivos, hay muchos elementos que en la práctica determinan el grado de indepencia de las agencias.

Lo cual nos lleva al segundo elemento. El reporte de ACUS hace un listado de agencias que no se encuentran sometidas a lo que sería el órgano interno de control del ejecutivo federal, la Office of Management and Budget (OMB). Algunas otras agencias tienen el privilegio expreso de poder llevar a cabo comunicaciones directas con el Congreso federal, mientras que otras lo tienen de manera implícita. Además, otras agencias no están obligadas a someter sus propuestas de regulación a consideración de la Office of Information and Regulatory Affairs (OIRA). Por supuesto, no todas las agencias gozan de todos estos privilegios. Algunas, como la Fed, sí, pero otras no necesariamente.

¿Entonces, son realmente independientes las agencias independientes? Adrian Vermeule[15] explica el tercer elemento, el substantivo. Refiere que la independencia operativa no es un concepto binario ni claramente definido, es una cuestión de grado que depende mucho más de las convenciones no escritas entre los actores políticos relevantes. Así, la comunidad legal y política reconoce la función e importancia de las diversas agencias y les da la deferencia correspondiente. Naturalmente hay agencias más politizadas que otras y más que la letra de la ley, pesa la costumbre. Uno de los ejemplos que cita es el de la NLRB –precisamente a la cual pertenecía Wilcox–. Esta agencia es famosa por ser un brazo político que en general se alinea con las preferencias del presidente en turno, quien puede preferir consejeros ya sea más cercanos al sindicalismo o al gremio patronal. Es por ello por lo que la Fed, a pesar de no gozar de autonomía constitucional como muchos otros bancos centrales, goza de un estatus “metaconstitucional”. La confianza de los mercados y la comunidad internacional en la economía estadunidense y en el dólar descansan en la estabilidad de la Fed. Otros claros ejemplos son la CIA y la NASA, cada una con misiones específicas y para las cuales “independencia” del poder ejecutivo tiene significados fundamentalmente distintos.

Conclusiones

Si bien el cambio parece inminente, aún habrá que esperar a que la SCOTUS revise el fondo y determine la nueva interpretación que dé a las facultades de la presidencia.

En el corto plazo, los efectos sobre la política pública en dependerán de qué tan agresivo sea Trump en el ejercicio de estas “nuevas” facultades. Sin embargo, es importante recordar que la administración pública federal norteamericana es inmensa (2.68 millones de civiles, sin contar contratistas y empleados de ONGs etc.[16]). La burocracia es una tortuga que se mueve lentamente, como Elon Musk ha comprobado. Los verdaderos cambios sólo se apreciarán a largo plazo.

Sin embargo, las verdaderas consecuencias se apreciarán en materias específicas. Las convenciones y costumbres políticas no son fácilmente revocables y dependen en esencia de los intereses en juego en cada uno de los casos. En un país como Estados Unidos, donde los grupos de interés tienen tanta influencia a través de las campañas y del lobbying legislativo, esto será particularmente relevante.

Loper Bright augura cómo las interpretaciones de los economistas e ingenieros dará paso a la de los jueces. Debido a la presencia conservadora en el poder judicial en general, en particular en la Corte Suprema, probablemente se dará mayor peso a las interpretaciones conservadoras –al menos en contraposición a las posturas de los tecnócratas liberales educados en las universidades de élite– .

Una de las frases más famosas de Trump en su campaña de 2016 era que él “drenaría el pantano” del deep state. Más que una batalla judicial aislada parecería que Wilcox es parte de una tendencia generalizada, al igual que el conflicto con Harvard y las otras universidades de élite: el cumplimiento de las promesas de campaña. La rebelión popular contra las élites.

Parte de la razón podríamos atribuirla a la desigualdad. Esa brecha que ha surgido entre las élites tecnocráticas y las clases trabajadoras. Las primeras persiguiendo agendas idealistas y superioridad moral. Incapaces de apreciar las necesidades de la mayoría, de atenderlas y mucho menos de comunicar la utilidad de su trabajo. Las mayorías por su parte, contentas en su ignorancia, escépticas de la técnica y prontas a juzgar y a votar con el corazón.

Decía Thomas Schelling -nobel de economía- que las democracias no son particularmente predispuestas al pensamiento estratégico[17]. Si bien aún es muy pronto para valorar, no impide que se pueda apreciar una tendencia generalizada hacia perspectivas más cortoplacistas en el gobierno. Es posible que a mediano plazo la política regulatoria sea más susceptible a seguir las líneas partidistas. También es probable que sea más susceptible a los vaivenes del electorado y a la captura por parte de los grupos de interés que hubieren apoyado a la campaña del candidato presidencial ganador.

Gonzalo José Bolio Benítez. Licenciado en Derecho por la Universidad Panamericana (2013). Cuenta con una maestría en Gobierno y Políticas Públicas por la misma universidad (2021) y un LL.M. por la Universidad de Chicago (2024).

O O O

[1] Humphrey’s Ex’r v. United States, 295 U.S. 602, 624, 55 S. Ct. 869, 872 (1935)

[2]Cfr. Frank H. Easterbrook, Formalism, Functionalism, Ignorance, Judges, 22 HARV. J.L. & PUB. POL’Y 13, 17 (1998);

[3] Cfr. The Economist.,»Technocrats: Minds like machines». 19 de noviembre de 2011.

[4]Cfr. McDonnell, Duncan; Valbruzzi, Marco (2014). «Defining and classifying technocrat-led and technocratic governments». European Journal of Political Research. 53 (4): 654–671. doi:10.1111/1475-6765.12054.

[5] Cfr. Reuel E. Schiller, Free Speech and Expertise: Administrative Censorship and the Birth of the Modern First Amendment, 86 Va. L. Rev. 1 (2000).

[6] S.E.C. v. Blinder, Robinson & Co., Inc., 855 F.2d 677, 682 (10th Cir. 1988)

[7]Vid. Hamburger, Philip, “Is Administrative Law Unlawful?” Chicago: University of Chicago Press, 2014.

[8]Cfr. Crane, Daniel A. «Debunking Humphrey’s Executor.» Geo. Wash. L. Rev. 83, no. 6 (2016): 1835-75.

[9] In re Aiken County, 406 U.S. App. D.C. 382, 725 F.3d 255 (2013)

[10] Chevron, U.S.A., Inc. v. NRDC, Inc., 467 U.S. 837, 104 S. Ct. 2778 (1984)

[11]It is emphatically the duty of the Judicial Department to say what the law is.” Traducción propia. Marbury v. Madison, 5 U.S. 137 (1803)

[12]Cfr. https://www.supremecourt.gov/opinions/24pdf/24a966_1b8e.pdf

[13]Cfr. 29 U. S. C. §153(a); y 5 U. S. C. §1202(d).

[14] Administrative Conference of the United States, «Sourcebook of United States Executive Agencies – Second Edition,» October 2018

[15] Vermeule, Adrian, Conventions of Agency Independence, 113 Columbia Law Review 1163 (2013).

[16] Administrative Conference of the United States, Op cit.

[17] SCHELLING, THOMAS C. Arms and Influence. Yale University Press, 1966.

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