Trump y la libertad de expresión en la esfera digital

Facebook y Twitter han decidido prohibir o suspender las cuentas del todavía presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, por incitar la toma del Capitolio del pasado 6 de enero. La discusión ha tomado varias aristas entre las que destaca la relacionada con las empresas de redes sociales y la libertad de expresión de sus usuarios.

Se trata de un tema de suma importancia para los tiempos actuales tanto por sus alcances como por sus efectos en las libertades de las personas y, por ende, en el funcionamiento de las sociedades democráticas. En efecto, para dimensionar la relevancia de las plataformas de Internet en la conversación pública, basta señalar que para el tercer trimestre de 2020, 2 mil 740 millones de personas alrededor del mundo eran usuarias de Facebook1  –esto es, el equivalente al 35 % de la población mundial–. Twitter, por su parte, tuvo 275 millones de usuarios a escala planetaria en 2020.2 Un número significativamente menor pero que se ve potenciado por la resonancia tiene los mensajes que circulan por tal redes sociales en medios de comunicación tradicionales.

Ilustración: David Peón

En estas plataformas de Internet confluyen actualmente millones de personas que comparten todos los días y de manera constante imágenes, videos, textos y demás. Las redes sociales, en este sentido, se han convertido en la plaza pública moderna, como las denominó el juez en retiro de la Corte Suprema estadounidense Anthony M. Kennedy.3 Sin embargo, se trata de una plaza pública cuyo control está en manos de unas cuantas empresas privadas (Facebook, Twitter, Google), que deciden unilateralmente y sin rendir cuentas a nadie lo que pueden o no decir sus usuarios. De tal manera que son  instituciones privadas son las que determinan los alcances y límites de la libertad de expresión en la plaza pública moderna.

Para ponerlo en perspectiva, en el primer semestre de 2020, Facebook eliminó a través de su sistema de revisión de contenidos un total de 250 millones de piezas de contenido que consideró eran contrarios a sus normas internas o estándares comunitarios.4

Es un poder sobre la libertad de expresión a nivel mundial que en los hechos está a merced de un puñado de personas, como lo muestra claramente el caso que nos ocupa. En efecto, la decisión decancelar la cuenta de Donald Trump en Twitter, como se documentó por The New York Times, fue tomada básicamente por una persona, Vijaya Gadde, abogada de la empresa, y avalada por otra más, Jack Dorsey, director ejecutivo de la red social.5

Es un gran poder respecto del cual los propios representantes de las redes sociales han advertido. Por ejemplo, Mark Zuckerberg, director ejecutivo de Facebook, ha señalado en repetidas ocasiones que la empresa está tomando muchas decisiones sobre la libertad de expresión de sus millones necesarios y que se requiere de la intervención y regulación estatal.6 De manera más reciente, a raíz de la eliminación de la cuenta de Donald Trump en Twitter, Jack Dorsey publicó una serie de mensajes en los que manifiesta que esto sienta un precedente “peligroso: el poder que un individuo o corporación tiene sobre una parte de la conversación pública global”.7

La situación imperante en materia de libertad de expresión en las redes sociales es insostenible. Se requiere dar un vuelco en términos regulatorios para como lo plantean, entre otros, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos8 y el relator especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión,9 acotar el poder desmedido de las empresas de redes sociales, transparentar la toma de decisiones a dicho respecto y que el vasto marco jurídico internacional en materia de libertad de expresión sea el estándar mínimo aplicable. Solamente así se podrá garantizar la libertad de las personas en la plaza pública moderna.

Mauricio Calcaneo. Candidato a doctor por la FCPyS de la UNAM.


1 Véase https://www.statista.com/statistics/264810/number-of-monthly-active-facebook-users-worldwide/.

2 Revísese https://www.statista.com/statistics/303681/twitter-users-worldwide/.

3 Citadoen Citron, Danielle y Neil M. Richards (2018), “Four Principles for Digital Expression”, Wash. U. L. Rev. Vol. 95, pp. 1353-1387.

4 Véase HEARING BEFORE THE UNITED STATES SENATE COMMITTEE ON COMMERCE, SCIENCE, AND TRANSPORTATION disponible en https://www.commerce.senate.gov/services/files/E017B34E-F87F-4127-88A7-2C32B6BC3810.

5 Consúltese https://www.nytimes.com/2021/01/16/technology/twitter-donald-trump-jack-dorsey.html.

6 Revísese https://www.washingtonpost.com/opinions/mark-zuckerberg-the-internet-needs-new-rules-lets-start-in-these-four-areas/2019/03/29/9e6f0504-521a-11e9-a3f7-78b7525a8d5f_story.html y HEARING BEFORE THE UNITED STATES SENATE COMMITTEE ON COMMERCE, SCIENCE, AND TRANSPORTATION disponible en https://www.commerce.senate.gov/services/files/E017B34E-F87F-4127-88A7-2C32B6BC3810.

7 En https://twitter.com/jack/status/1349510772871766020.

8 Comisión Interamericana de Derechos Humanos-Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (2017). Estándares para una internet libre, abierta e incluyente. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/publicaciones/internet_2016_esp.pdf.

9 Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (2018). Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión. Disponible en https://www.undocs.org/es/A/HRC/38/35.


Un comentario en “Trump y la libertad de expresión en la esfera digital

  1. La verdad es que el texto no dice nada. Podría haber tomado en cuenta mucho del funcionamiento de internet, de los supuestos de no responsabilidad por el contenido y no responsabilidad por el retiro del mismo.

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