En el contexto del reciente debate sobre las remuneraciones de los servidores públicos frente al concepto de austeridad republicana, es conveniente poner en la mesa un par de consideraciones relacionadas con la regla del tope salarial presidencial. Contenida en el párrafo segundo, fracción II, del artículo 127 constitucional, prescribe que ningún servidor público podrá recibir una remuneración mayor a la establecida para el presidente de la República.
En serio, ¿la Suprema Corte amparó a Peña Nieto?
El pasado 29 de octubre, la Suprema Corte admitió la controversia constitucional interpuesta por Enrique Peña Nieto contra la investigación que está llevando a cabo la Fiscalía General del estado de Chihuahua por el presunto desvío de recursos federales. En su demanda argumentó que las autoridades del estado de Chihuahua están extralimitando su esfera competencial pues, a su juicio, no cuentan con facultades para llevar a cabo investigaciones contra servidores públicos federales por conductas realizadas en el ejercicio de sus funciones.
Ley de Seguridad Interior: análisis del fondo de sus impugnaciones
En una entrada anterior explicábamos el estado procesal de las impugnaciones a la Ley de Seguridad Interior (LSI); en este espacio pretendemos revisar el fondo de las argumentaciones presentadas en los distintos recursos y las posibles implicaciones jurídicas de la decisión de la Corte al respecto. En una última entrega revisaremos el proyecto del ministro Pardo Rebolledo que fue publicado hace unos días.
Caso Cuscul Pivaral vs. Guatemala: generar información para garantizar el derecho a la salud
El 25 de octubre, la Corte Interamericana de Derechos Humos (Corte IDH) hizo pública su sentencia en el Caso Cuscul Pivaral vs. Guatemala. Entre los puntos que destacan la importancia del caso, se encuentra el papel de la estadística para garantizar los derechos humanos. Si bien la Corte IDH no se pronuncia al respecto, sí ordena a Guatemala generar información estadística que sirva de indicador para supervisar los alcances de los servicios de salud para personas con VIH/SIDA.
La Ley de Seguridad Interior: el reto de la Suprema Corte
En días recientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer que el próximo 12 de noviembre comenzará el análisis de las impugnaciones presentadas contra la Ley de Seguridad Interior (LSI) e hizo público el proyecto elaborado por la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que será puesto a consideración del Pleno.
Más allá del machismo
La lección es clara: si las instituciones no tienen las condiciones para operar adecuadamente, no podrán cumplir con sus mandatos. Otra vez: los estereotipos de género son parte del problema, pero no son el único. Sin el contexto institucional adecuado, no hay cómo garantizar los derechos. Considerando los planes de “austeridad” que se han anunciado por parte del gobierno entrante, el énfasis en las capacidades de las autoridades de cumplir con sus mandatos es incluso más apremiante.
Ley de seguridad interior: breve radiografía procesal de sus impugnaciones
El próximo lunes 12 de noviembre inicia la discusión en el pleno de la Suprema Corte respecto la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior. A continuación, nos proponemos brindar algunos datos sobre el estado del asunto en la Corte para facilitar su análisis; en concreto, trataremos de explicar y esquematizar los aspectos procesales para, luego, en una par de textos posteriores, hablaremos del fondo de las diversas aristas que giran en torno a este relevante asunto para el futuro de la seguridad pública del país.
Caso Eólicas del Sur en Juchitán: la errónea lectura de la Suprema Corte del derecho a la consulta previa
La implementación del derecho humano a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado es un asunto de primer orden dentro del nuevo paradigma constitucional consagrado a partir de 2011. En el día de hoy la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá un asunto vital para el desarrollo de procesos de consulta previa y, con ello, los derechos de participación efectiva y la posibilidad de autodeterminación de los pueblos indígenas en México.
El nuevo criterio respecto la imparcialidad de servidores públicos en la arena electoral
En la exposición de motivos de la modificación al artículo 134 constitucional, se refiere que uno de los objetivos de la reforma es lograr la imparcialidad de los servidores públicos respecto de la competencia electoral, y evitar que éstos hagan uso de su cargo para promover sus ambiciones personales en el ámbito político… Sobre este último tema, recientemente la Sala Superior emitió un par de criterios que modifican sustancialmente la línea jurisprudencial sostenida por el Tribunal Electoral en los últimos once años, y que generan una importante distinción entre los servidores públicos al servicio del Poder Legislativo y del Ejecutivo.
¿Los precedentes de la Suprema Corte justifican la militarización del país?
Uno de los (pocos) argumentos a favor de la Ley de Seguridad Interior (LSI) es la supuesta validación jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la acción de inconstitucionalidad 1/1996. Con este argumento la comisión de gobernación de la Cámara de Diputados consideró que las tesis jurisprudenciales que emanaron del precedente facultan a las fuerzas armadas para auxiliar a las autoridades civiles a salvaguardar la seguridad interior.