Si la marca Dior real y sustantivamente buscara “llamar la atención” sobre los derechos humanos de las mujeres mexicanas, utilizaría su influencia y poder en el sector para mejorar las condiciones laborales de miles de trabajadoras a través de procesos que aseguren que las empleadoras en México cumplan con los más altos estándares internacionales en materia de derechos laborales. Sin embargo, la empresa francesa, aun teniendo la influencia, el poder, siendo una empresa que en 2020 tuvo una ganancia de $50 800 millones de dólares, no prioriza ni considera apoyar las garantías de los derechos laborales de las mexicanas.
La Suprema Corte frente el populismo autoritario
Este reciente fallo de la SCJN pone de relieve no sólo la fragilidad inherente a los sistemas democráticos frente a posibles embates autoritarios, sino también la fortaleza y resiliencia de las instituciones republicanas como salvaguardas del orden democrático. En tiempos en los que la seducción del autoritarismo amenaza los fundamentos de la democracia, la SCJN ha demostrado que es posible e imperativo, resistir y proteger los derechos y libertades de la ciudadanía.
El retorno del Estado expropiador.
La ocupación temporal ferroviaria en el Istmo de Tehuantepec
El pasado viernes 19 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que declara de utilidad pública la “conservación y prestación del servicio público de transporte ferroviario, su uso, aprovechamiento, operación, explotación y demás mejoras” de tres tramos otorgados mediante título de concesión a Ferrosur, S. A. de C. V. El decreto ordena la “ocupación temporal inmediata” a favor de Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S. A. de C. V que es una empresa paraestatal sectorizada a la Secretaría de Marina y que es “integrante de la plataforma logística multimodal a cargo del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec”.
Andrés Manuel López Obrador vs. la Suprema Corte de Justicia
El argumento principal, detrás de los ataques a la Corte, es que el obradorismo es un espejo de la voluntad de millones de mexicanos y representan al verdadero pueblo de México, y no así la Suprema Corte. En corolario de su argumento, enfatizan que el criterio de nueve ministros y ministras no tiene legitimidad frente a millones de votos que supuestamente representan los legisladores de Morena. Esta perorata, sin embargo, es vieja. De menos, hay registros de ella desde la primera mitad del siglo XX. Vale la pena echarle un ojo a la historia para aprender algo del pasado.
La Suprema Corte frente la Guardia Nacional:
los claroscuros de su decisión
Aun cuando es de celebrar y reconocer la decisión del pleno de la Suprema Corte, es necesario matizar sus alcances: el proyecto del ministro Alcántara Carrancá también proponía abandonar el criterio sostenido en la acción de inconstitucionalidad 1/1996 relativo a la integración de los titulares de la Sedena y la Semar al Consejo Nacional de Seguridad Pública, pero la mayoría de las y los ministros decidieron no hacerlo.
La Corte Suprema estadunidense y el aborto: la perenne batalla
En conclusión, lo quiera o no la Corte Suprema, el debate en torno al aborto como un derecho constitucional se encuentra lejos de concluir. Los tribunales son órganos reactivos al tipo de casos que los ciudadanos o las instancias gubernamentales plantean ante ellos. Así, el caso Mifepristone demuestra que, en tanto la controversia social se perpetúe, y la ciudadanía continúe ejerciendo acciones legales estratégicas para erradicar o proteger el aborto en Estados Unidos, los tribunales inferiores, y en última instancia la propia Corte Suprema, deberán pronunciarse. Sólo el tiempo dirá si los fallos posteriores de la Corte estadunidense en cuanto al tema del aborto seguirán dependiendo meramente del número de asientos ocupados por jueces de corte demócrata o republicano al momento de decidir.
Caso INAI o cómo no debe interpretarse la ley
El caso del INAI es muy buen ejemplo de cómo no debe realizarse una interpretación: de forma aislada y, por lo mismo, incapaz de sentar las bases adecuadas para el conocimiento y ordenación del sistema jurídico, con la consecuente paradoja de que con la misma se ha pretendido legitimar conductas que son, a todas luces, contrarias a la Constitución y a la lealtad democrática con la que nos debemos conducir todos quienes integramos el elemento humano del Estado.
Las elecciones del 2024 y el desgobierno legal
¿Cómo debe actuar la Corte frente al plan B? Es imperativo adoptar un enfoque estratégico, tanto en la suspensión como en la resolución de fondo del conflicto. En situaciones constitucionales y políticas, la implementación de una visión estratégica resulta vital, en particular en escenarios complejos. La Suprema Corte podría aprovechar una oportunidad valiosa para superar los desafíos institucionales que enfrentamos y reforzar su papel en el marco constitucional.
La militarización indómita: nuestra seguridad pública a juicio
El pasado 19 de abril la Suprema Corte invalidó normas que transferían el control operativo, administrativo y presupuestal de la Guardia Nacional a la Secretaría de Defensa Nacional. La decisión aprobada por una mayoría de ocho ministras y ministros reconfigura la estructura orgánica de las instituciones de seguridad pública. Pero es mucho más que eso. Este caso constituye un hito tanto en el camino para pacificar el país, como para la consolidación de la Suprema Corte como bastión democrático.
Las suspensiones del Plan B de la Suprema Corte
El escenario en el que nos encontramos es complicado ante la diversidad de criterios en materia de suspensión en dos vías de control distintas: acciones y controversias. Será interesante ver si los ministros y ministras trasladan el criterio que definan para el caso de la suspensión en una acción a las controversias en las que se impugnen normas generales.