El tema tiene especial importancia porque se trata no solamente de normas electorales a nivel local que buscan la paridad de género en la postulación de candidaturas, sino que además le reconocen a la persona el derecho de autoadscribirse a un género en particular.
El principio de paridad de género y la adopción de acciones afirmativas: ¿corregir o transformar?
Desde que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió la famosa sentencia, SUP-JDC-12642/2011 en 2011, mejor conocida como la sentencia de “las Juanitas” y, posteriormente, en 2014 con la incorporación del principio de paridad de género en el texto constitucional por parte del Congreso, la concepción de género ha cobrado mayor relevancia y se ha insertado en el centro del debate político actual.
Tribunales y políticas públicas. A propósito del spot ¿Y si los niños fueran candidatos?
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la suspensión de la trasmisión en radio y televisión del promocional de la organización Mexicanos Primero, denominado ¿Y si los niños fueran candidatos? En el contexto de esta decisión, el propósito de este ensayo consiste en destacar la relevancia de las sentencias emitidas por el TEPJF, como políticas públicas que tienen la capacidad de incidir en el cambio de prácticas que caracterizan la cultura política en nuestro país. Es decir, de modificar conductas sumamente arraigadas que explican el comportamiento de los actores políticos y sociales.
El amparo 124/2018: inconstitucionalidad de la Ley de seguridad interior
El pasado 10 de mayo, el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en ciudad de México (juez de distrito), Fernando Silva García, dictó la sentencia del juicio de amparo 124/2018 (sentencia) en la que declaró que la Ley de Seguridad Interior (LSI) vulnera “las condiciones previstas en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que establece los parámetros de actuación de las fuerzas armadas en tiempos de paz y en consecuencia, viola los artículos 14, 16, 29, 89 y 129 de la Constitución federal”.
El financiamiento de las candidaturas independientes
El sistema electoral está diseñado para responder y satisfacer las necesidades de los partidos políticos. El andamiaje legal vigente no aspira a fortalecer la figura de las candidaturas independientes; situación que abre las puertas a la instrumentación de conductas ilegales o extralegales por parte de ciudadanos que opten por esta modalidad de acceso a los cargos públicos. Por otra parte, el financiamiento privado está construido como una limitante a las aportaciones del candidato independiente y sus simpatizantes. Dicha limitación no podrá rebasar, en ningún caso, el 10% del tope de gastos de campaña para la elección de que se trate. Además, fueron incorporadas todas aquellas restricciones que tienen que observar los partidos políticos en cuestión de aportaciones.
Amicus curiae. Los desafíos jurídicos de un candidato independiente
Es por las razones anteriores que se llega a la siguiente conclusión: el ciudadano Enrique Cárdenas ha reunido los apoyos ciudadanos que, en condiciones de equidad en la contienda con los candidatos de partidos políticos, lo acreditan como un candidato competitivo. En consecuencia, se satisfacen las condiciones constitucionales y convencionales para ser registrado como candidato independiente a efecto de no ser tratado de manera desigual y discriminatoria.
Mexicanos Primero y las incongruencias del modelo de comunicación político-electoral
A finales de abril se empezó a transmitir en radio, televisión, Youtube, algunas salas de cine y en el portal electrónico de la asociación “Mexicanos Primero, Visión 2030, A.C.” un spot denominado: “¿Y si los niños fueran candidatos?”. El spot de aproximadamente un minuto de duración presenta a cuatro niños y una niña personificando a quienes contienden actualmente por la candidatura presidencial, todos ellos haciendo planteamientos vinculados con la educación, y rematando con la siguiente frase: “piensa bien y elige al candidato que apoye la transformación educativa”.
¿Qué modelo de investigación policíaca nos dejó la Suprema Corte?
Encontrar el equilibrio entre las herramientas de investigación criminal y el respeto a los derechos humanos es uno de los mayores de los retos que afronta, día con día, la consolidación del sistema de justicia penal. El sistema, debe evitar –y sancionar– las acciones arbitrarias por parte de las autoridades y, al mismo tiempo, garantizar la eficiencia en la persecución criminal. Este equilibrio no sólo se logra con una correcta ingeniería normativa. A ello se suman el desarrollo jurisprudencial y las buenas prácticas.
Airbnb y sus efectos en el derecho a una vivienda adecuada
Los cambios en los mercados financieros, en la inversión mundial y en el campo inmobiliario han dado lugar a que la vivienda sea considerada como una mercancía, una forma de acumulación de riqueza, y no como un derecho fundamental. Ese efecto producido por la excesiva financiarización de la vivienda tiene múltiples impactos en el ejercicio de este derecho social. Aunado a ese contexto, debe apuntarse a los nuevos actores en juego, los cuales han enfocado a la vivienda como un negocio que puede resultar sumamente redituable: las plataformas digitales como Airbnb y su utilización como una forma de “economía colaborativa”.
Los riesgos del financiamiento privado de los independientes
…la semana pasada la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió un asunto, en el que una vez más reiteró un criterio que prácticamente va en contrasentido con uno de los principios básicos que rigen y justifican el modelo de financiamiento mixto en nuestro sistema electoral. El artículo 41, fracción II, de la Constitución refiere que en la ley se contendrán las reglas a que se sujetará el financiamiento de los partidos políticos y sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado. Esa disposición constitucional ha sido entendida como una regla básica que debe regir todo financiamiento destinado a la política y a las campañas, mejor conocido como principio de prevalencia o preeminencia.