Aun cuando es de celebrar y reconocer la decisión del pleno de la Suprema Corte, es necesario matizar sus alcances: el proyecto del ministro Alcántara Carrancá también proponía abandonar el criterio sostenido en la acción de inconstitucionalidad 1/1996 relativo a la integración de los titulares de la Sedena y la Semar al Consejo Nacional de Seguridad Pública, pero la mayoría de las y los ministros decidieron no hacerlo.
La Corte Suprema estadunidense y el aborto: la perenne batalla
En conclusión, lo quiera o no la Corte Suprema, el debate en torno al aborto como un derecho constitucional se encuentra lejos de concluir. Los tribunales son órganos reactivos al tipo de casos que los ciudadanos o las instancias gubernamentales plantean ante ellos. Así, el caso Mifepristone demuestra que, en tanto la controversia social se perpetúe, y la ciudadanía continúe ejerciendo acciones legales estratégicas para erradicar o proteger el aborto en Estados Unidos, los tribunales inferiores, y en última instancia la propia Corte Suprema, deberán pronunciarse. Sólo el tiempo dirá si los fallos posteriores de la Corte estadunidense en cuanto al tema del aborto seguirán dependiendo meramente del número de asientos ocupados por jueces de corte demócrata o republicano al momento de decidir.
Caso INAI o cómo no debe interpretarse la ley
El caso del INAI es muy buen ejemplo de cómo no debe realizarse una interpretación: de forma aislada y, por lo mismo, incapaz de sentar las bases adecuadas para el conocimiento y ordenación del sistema jurídico, con la consecuente paradoja de que con la misma se ha pretendido legitimar conductas que son, a todas luces, contrarias a la Constitución y a la lealtad democrática con la que nos debemos conducir todos quienes integramos el elemento humano del Estado.
Las elecciones del 2024 y el desgobierno legal
¿Cómo debe actuar la Corte frente al plan B? Es imperativo adoptar un enfoque estratégico, tanto en la suspensión como en la resolución de fondo del conflicto. En situaciones constitucionales y políticas, la implementación de una visión estratégica resulta vital, en particular en escenarios complejos. La Suprema Corte podría aprovechar una oportunidad valiosa para superar los desafíos institucionales que enfrentamos y reforzar su papel en el marco constitucional.
La militarización indómita: nuestra seguridad pública a juicio
El pasado 19 de abril la Suprema Corte invalidó normas que transferían el control operativo, administrativo y presupuestal de la Guardia Nacional a la Secretaría de Defensa Nacional. La decisión aprobada por una mayoría de ocho ministras y ministros reconfigura la estructura orgánica de las instituciones de seguridad pública. Pero es mucho más que eso. Este caso constituye un hito tanto en el camino para pacificar el país, como para la consolidación de la Suprema Corte como bastión democrático.
Las suspensiones del Plan B de la Suprema Corte
El escenario en el que nos encontramos es complicado ante la diversidad de criterios en materia de suspensión en dos vías de control distintas: acciones y controversias. Será interesante ver si los ministros y ministras trasladan el criterio que definan para el caso de la suspensión en una acción a las controversias en las que se impugnen normas generales.
El Acuerdo de la Alta Mar: un parteaguas para la gobernanza oceánica global
Durante la madrugada del 4 de marzo, mientras muchos todavía dormían en la Ciudad de México, en Naciones Unidas se llevaban a cabo intensas negociaciones para concluir el proceso de negociación de un tratado para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad en los océanos, también conocido como el Tratado de la Alta Mar o el Acuerdo BBNJ.
Día a Día · Justicia electoral
Un tribunal de sus tiempos. En defensa de una justicia electoral vigorosa
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al que orgullosamente pertenecí hace unos años, nunca ha dejado de sorprender a propios y extraños. Tiene en su haber histórico un gran cúmulo de sentencias sorpresivas o disruptivas, según se vea, paradigmáticas diría yo, que van dando cuenta, cuerpo y evidencia de lo fundamental y definitorio que ha sido en el desarrollo político de nuestro país.
La Suprema Corte y los límites al fuero militar
El asunto estelar de estos últimos días en la Suprema Corte sin duda fue la decisión de declarar la invalidez del traspaso del control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena por vulnerar el carácter civil que el artículo 21 de la Constitución exige para dicha institución policial. No obstante, antes de iniciar esa discusión, la Corte finalizó la votación de la acción de inconstitucionalidad 46/2016, promovida por la CNDH en contra de diversas disposiciones del Código de Justicia Militar y del Código Militar de Procedimientos Penales. Se trató de un asunto crucial para la definición de los límites del fuero militar.
El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares: aprobado, finalmente; falta, ahora, su implementación
El verdadero reto y el punto en el que el gremio de abogados debe concentrarse es, precisamente, en su implementación, pues la expedición per se no implica que se superen los problemas de la justicia cotidiana, pues ahora tocará al legislador hacer frente al tema de la implementación y respetar el plazo que se tiene para hacerlo. El dictamen recientemente aprobado por ambas Cámaras del Congreso contempla en su artículo segundo transitorio que se emita la declaratoria de vigencia a más tardar el 1.º de abril de 2027 —lapso dentro del cual el legislador debe hacer las adecuaciones pertinentes—.