El debate de la Suprema Corte frente a la Ley de la Industria Eléctrica se puede analizar a partir de tres ejes. El primero tiene que ver con las reglas de deliberación judicial al interior del Pleno. Desde este eje podríamos preguntarnos si no es el momento de revisar todo este modelo para mejorarlo. La resolución de este asunto hizo evidente un problema distinto que le precede. Los otros dos ejes se encuentran en el fondo del asunto y se relaciona con distintas concepciones constitucionales sobre el capitalismo y el medio ambiente y sobre las reglas y los principios. La reconstrucción que aquí se hizo es eso, una reconstrucción y nada más.
Día a Día
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Final anticlimático en la Suprema Corte
Las sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 5 y 7 de abril, en las que discutió la constitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), se llevaron a cabo en medio de una gran expectativa nacional e internacional. Había sed de certeza después de meses de zozobra ante el destino de esta reforma legal. Como adelantamos en nuestra nota anterior, parecía difícil que se alcanzara una mayoría calificada para invalidar los aspectos centrales de la reforma y, en efecto, eso no se logró. En los párrafos que siguen intentaremos contribuir a la certeza deseada por los interesados en el tema ante una ola de confusión sobre lo resuelto y sus efectos, azuzada por afirmaciones ligeras de actores políticos y opinadores de ocasión.
Alta tensión en la Suprema Corte
Esta nota pretende ofrecer: i) el contexto de la discusión en la Corte, con apuntes sobre el marco constitucional vigente y el estado actual del sector eléctrico mexicano; ii) un recorrido por la reforma a la LIE y los argumentos de la ministra ponente, en el que intercalamos algunos comentarios críticos y; finalmente, iii) ciertos escenarios de votación en el pleno para, entre otras cosas, aclarar confusiones sobre los efectos de lo que resuelva la Corte, y cómo lo resuelva, en cientos de juicios de amparo contra la reforma a la LIE pendientes de resolución en el Poder Judicial de la Federación.
Punitivismo disfrazado de feminismo: cárcel para los morosos de pensión alimenticia
Con el segundo y actual proyecto de sentencia, se desaprovecha una valiosa oportunidad para declarar la inconstitucionalidad de todo el artículo 193 del Código Penal del Distrito Federal —hoy Ciudad de México—. Habría sido sumamente provecho un pronunciamiento firme y unánime por parte de la Primera Sala contra la pulsión punitivista que encontramos cada día más en la discusión pública.
¿Puede la inactividad legislativa violar derechos humanos? El caso de las personas LGBTQ+ en Guanajuato
¿Qué pasa si el procedimiento legislativo está deficientemente regulado de forma que estos estándares no puedan cobrar vida? En el caso del Congreso de Guanajuato –único en el país que no cuenta con un marco normativo que garantice la operatividad del procedimiento legislativo– esta situación es aprovechada por la fracción parlamentaria mayoritaria, entre otras, para pausar indefinidamente el ciclo de vida de las iniciativas de ley que le resultan irrelevantes, incómodas o contrarias a sus principios ideológicos, como es el caso de las que se relacionan con los derechos de las personas LGBTQ+.
Independencia judicial y sus desafíos en los sistemas democráticos. El caso México
Es importante señalar que, en América Latina, Europa y en otras regiones, en los últimos años ha surgido una creciente presencia de regímenes autoritarios. A diferencia de otras épocas, en la actualidad los gobiernos despóticos han encontrado en la captura de las Cortes Supremas, mediante la erosión de la independencia y autonomía judicial, una alternativa para suprimir contrapesos institucionales, expandir su poder y prolongar su mandato. Dentro de nuestro hemisferio, se dice que: Perú, Bolivia, Nicaragua y Venezuela, han resentido en sus poderes judiciales, agresiones de esta naturaleza. En otras latitudes, Hungría y Polonia, alguna vez ejemplos de transiciones democráticas exitosas y pacíficas en Europa del este, iniciaron un camino hacia el autoritarismo mediante el golpismo judicial, colapsando la independencia judicial, afectando la imparcialidad de sus jueces.
México y su deuda con la dignidad menstrual
Las políticas de mera distribución de productos menstruales, sin otras complementarias, propagan la idea de que la menstruación es un problema y su gestión es una solución. Es fundamental implementar medidas que tengan como finalidad reconceptualizar la manera en la que se piensa y se vive la experiencia menstrual. Para esto, es necesario contar con personas educadoras expertas en el tema que funcionen como un puente de transición entre el ocultamiento menstrual y la menstruación digna.
La Suprema Corte de Justicia y su justicia selectiva
En este contexto, vale la pena comentar dos casos actuales sobre la impugnación de procedimientos de desafuero de servidores públicos locales que, desafortunadamente, nos permiten advertir que el Poder Judicial de la Federación (PJF) no imparte justicia de manera imparcial, pronta y expedita como lo dispone el artículo 17 constitucional, sino que, por el contrario, lleva a cabo una justicia selectiva.
Las implicaciones jurídicas del caso Gertz
Desde la pregunta de porqué se atrajo un amparo en revisión que a primera vista no parecía guardar importancia y trascendencia para el orden jurídico mexicano —justificado por el ministro presidente Zaldívar bajo el argumento de que “tiene que ver con la afectación que el caso está generando a la honorabilidad de la Fiscalía General de la República”— hasta la filtración de los audios del Fiscal refiriéndose al proyecto de resolución, se trata de uno de los casos más polémicos que ha conocido la Suprema Corte en historia reciente. En medio de todo este ruido, este artículo propone una mirada objetiva a las complejidades del caso y su impacto al futuro. Para ello nos preguntamos ¿de qué trata el asunto?, ¿cuál ha sido su tramo procesal?, ¿qué proponía el proyecto?, y ¿cuáles son las implicaciones jurídicas del caso?
Justicia para Alejandra Cuevas… tarde pero ¿segura?
Al Fiscal General todavía le queda una maniobra para cambiar el rumbo de esta historia: desistirse de los recursos que hoy se encuentran en la mesa de la SCJN. Esto implicará un enorme reto para la SCJN, pues tendrá que decidir entre estudiar el asunto a partir de los criterios novedosos que se anunciaron en la sesión de esta semana, o que se ejecute la sentencia del juez de distrito que ya concedió el amparo.