La Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de declarar constitucional la materia de la solicitud de consulta popular que hizo el presidente López Obrador.
No exagero al decir que hoy se abre una grieta en la Corte. La discusión que acaba de concluir mostró a un tribunal constitucional dividido en algo básico: su función, su papel en una democracia constitucional. Se esgrimieron argumentos variados y coloridos, pero en el fondo lo que emerge es una discrepancia entorno al entendimiento que tienen los ministros sobre su propia función.

Ilustración: Víctor Solís
Desde el momento en que el ministro presidente, Arturo Zaldívar, empezó su intervención, preparó el terreno para transportar la discusión fuera de las fronteras constitucionales y aterrizar en la órbita de lo político. La primera parte de su intervención no fue un razonamiento; más bien, fue retórica pura y dura en donde daba cuenta de la circunstancia histórica en donde, según él, hoy se planta la Suprema Corte. Habló del actual malestar popular, de avanzar a hacia una democracia participativa. También se refirió a la consulta como una “válvula de escape del malestar popular”. Y además abonó sobre la pacificación del conflicto político, de la posibilidad que tendría la consulta de instaurar un entorno de concordia y civilidad en nuestro país. Sobra mencionar que mencionó la palabra “transformación” varias veces.
No es incorrecto hacer esto, ni contraviene ninguna norma. Y si alguien sabe cómo manejar un discurso y hacerlo persuasivo es Zaldívar. Lo hizo con toda la intención -insisto- de preparar a la audiencia para atraer simpatía a su postura. Sabía, perfectamente, que su postura impondría el tono de toda la discusión que vendría. Misión cumplida.
El principal argumento de Zaldívar, y del bloque de ministros que votaron a favor de la consulta, yace en una interpretación de la función de la Corte ante el proceso de consulta popular. Según este grupo, ante la consulta, su papel es de corte político y no jurisdiccional. Es decir, al no tener que resolver propiamente una disputa jurídica entre partes, con intereses encontrados, estaban ante un mecanismo que busca promover la participación política. De tal manera que la Suprema Corte se erige en un ente facilitador de la expresión de la voluntad popular. Por tanto, su función, en este caso, era cómo podrían hacer viable que la ciudadanía ejerciera su derecho fundamental de participación política.
Al tener su objetivo claro, entonces, bajo esas anteojeras analizaron la materia –el objeto– de la solicitud de consulta. Para determinar la constitucionalidad de ésta bastaba con un ejercicio lógico de subsunción. Esto es, se lee la materia planteada en la solicitud y se contrasta con las materias vedadas a consulta por el artículo 35 constitucional. Si la materia cae en una de éstas, entonces, es inconstitucional, y viceversa. Al estar en juego un derecho fundamental de participación política el coto a la consulta debe ser interpretado de manera estricta, a saber: el objeto debe encuadrar claramente en una de las hipótesis de las prohibiciones constitucionales. Aquí es donde los ministros tuvieron que sortear el obstáculo más complicado.
La solicitud de consulta es bastante clara: se pretende consultar a la población sobre el inicio de procedimientos penales en contra de cinco expresidentes, lo cual necesariamente permea en una madeja de derechos fundamentales y de garantías procesales propia del ámbito penal y éstos –como ya es mantra repetir hoy en día- no se pueden someter a consulta porque así lo dice expresamente la Constitución. Ante esta pequeña –»pequeñísima»- piedra en el camino, los ministros de la mayoría hicieron lo que saben hacer mejor: interpretar la propia materia. Es decir, hicieron astrología constitucional.
Para los ministros Yasmín Esquivel y Alberto Pérez Dayán, la materia no tiene que ver con el proceso penal, sino con responsabilidades administrativas de los servidores públicos y combate a la corrupción.
El ministro Zaldívar aseguró que el objeto de la consulta es que la población se pronuncie “sobre el diseño y el rumbo de la política criminal del Estado” (no sin antes haber argumentado que esta consulta no sería vinculante porque no podría obligar a los órganos de procuración de justicia, es decir, de la nada creó la figura de la consulta consultiva).
En el caso de la ministra Ríos Farjat, la conclusión del proyecto analizado –que concluía que la materia era inconstitucional- estaba contaminada por haber asociado la pregunta de la consulta a la materia y, por lo tanto, la “materia debía abstraerse de la pregunta” (si usted no entiende bien a bien, le confieso que yo tampoco).
Por su parte, para el ministro Gutiérrez Ortiz Mena “son las facultades discrecionales del poder ejecutivo para destinar recursos humanos y materiales para recabar y allegarse de elementos necesarios que le permitan analizar la actuación y desempeño de los titulares del poder ejecutivo federal en los sexenios comprendidos entre 1988 al 2018, y a partir de ellos, de ser el caso, impulsar los proceso procedentes”.
El ministro González Alcántara remató con lo siguiente: “recabar la opinión de los ciudadanos acerca de la necesidad de dotar al sistema jurídico de un cauce institucional nítido que permita emprender un proceso de esclarecimiento en torno a las decisiones políticas voluntarias tomadas por los actores políticos relevantes en los años pasados”.
Así argumentó el bloque mayoritario, reinterpretando la materia y echando mano de todo tipo de argumentos.
El bloque contrario, que votó por la inconstitucionalidad de la petición de la consulta, no se ubicó en el terreno político sino en el constitucional. Los argumentos más contundentes provinieron de los ministros Laynez y Piña. Recordaron lo obvio. Que los jueces constitucionales no están para ser populares y que su función está reglada en la Constitución. Ellos únicamente deben velar por la constitucionalidad de la materia, la adecuación de ésta a lo prescrito por la Constitución.
En palabras de la ministra Piña: “cambiar la materia propuesta por el Ejecutivo, no es maximizar el derecho sino apropiarse de él”. Recordaron que la justicia no está a consulta. Utilizaron muy bien el argumento de reducción al absurdo: ¿Qué les parecería consultar si se procesa o no a los responsables del caso Ayotzinapa? Y tejieron sobre los argumentos vertidos en el proyecto de sentencia del ministro Aguilar: la consulta vulnera del derecho de las víctimas y el de igualdad, y parecería que hace potestativo a las autoridades su obligación de cumplir la ley.
En suma, nos recordaron lo que hacen los jueces constitucionales: proteger la Constitución aun a costa del sentir mayoritario. En ese sentido votaron también los ministros Pardo, Franco y, claro el ponente del proyecto de decisión, Aguilar.
Luego que esta mayoría de 6 ministros votara en contra del proyecto del ministro Aguilar y considerara que el tema de la consulta sí era constitucional, vino un receso para que los ministros trabajaran ahora en privado respecto cómo replantear la pregunta para ajustarla al tema ya considerado constitucional. Vale recordar que la pregunta planteada por el presidente López Obrador era la siguiente:
¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?
Después del receso, y con una mayoría de 8 votos, la Suprema Corte no hizo ajustes en la redacción de la pregunta original para evitar una interrogante tendenciosa o subjetiva, como marca la Ley Federal de Consultar Popular. No. Lo que hizo esta mayoría fue proponer una pregunta enteramente distinta a la que planteó el presidente López Obrador:
¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
Lo que presenciamos hoy fue como la Corte se autoadscribió facultades que la Constitución no le da. Tal vez por ser deferente a la voluntad popular, acaso por ser deferente con el presidente López Obrador. Sin embargo, lo cierto es que tenemos al guardián de la Constitución actuando de forma inconstitucional. Lo cual, sobra decir, no es grave, es gravísimo. Sin exagerar: quizá con esta decisión hemos perdido el último contrapeso de nuestro sistema constitucional.
Martín Vivanco Lira. Abogado por la Escuela Libre de Derecho. Maestro en argumentación jurídica por la Universidad de Alicante. Maestro en teoría política por la London School of Economics and PoliticalScience. Cuenta con estudios de doctorado en Derecho por la Universidad de Chile. Panelista en el programa Punto y Contrapunto de Foro TV. Twitter: @MartinVivanco.
Razón por la cual se dejan intimidar y se someten. O tienen miedo que les saquen a relucir su enriquecimiento o sus actos de corrupción , o miedo a perder sus puestos y prerrogativas. Pero ese mismo poder autoritario que hoy ayudan a sostener, cada día los someterá más hasta destruirlos.
Muy puntual la colaboración, la Corte atribuyéndose facultades políticas y renunciando de forma expresa al ejercicio de su principal atribución: la defensa de la Constitución. Resulta triste observar lo que está quedando del orden constitucional, no sólo las leyes las están reformando a modo, ya llegamos a la última expresión, así sea por mayoría simple.
Todos los pejezombies defienden lo indefendible, desde el más ignorante, pasando por Senadores y Diputados, hasta estos Ministros traidores a la Constitución Mexicana con tal de tener contento a una persona de la cuál se suponía que ellos eran contrapeso, para evitar violaciones a las leyes mexicanas, que vergüenza, realmente estarán concientes de la grave situación en la que pusieron a la mayoría de los mexicanos, al aceptar que un grupusculo decida algo en lo que no tiene por qué decidir, porque ya está contemplado en las leyes que estan violando.
Que la Corte le de atole al presidente y el presidente le de atole al pueblo no es el drama.
El drama es el atole que el presidente se da a sí mismo. Y que sus cercanos le soplen al jarro.
la institucional que sostiene la legalidad en el estado mexicano, o que se supone que haci fuera se ve doblegada ante el todo poderoso seudopresidente de MEXICO, no cabe duda que el magistrado presidente es uno mas de esa orda de peje zombiz que en vez de estar por la legalidad se baja los pantalones para quedar bien con el poder.
la mentable muy lamentable, las condiciones estan dadas para llevar a jucio a los ex presidentes pero sin una denuncia como pretenden hacerlo, no se necesita una consulta que nos costara a los MEXICANOS miles de millones de pesosYA PONGASE A TRABAJAR señor presidente.
No se olvide que a un ex Ministro de la Corte le embargaron sus cuentas bancarias (se las congelaron) y después de que renunció se las ¡descongelaron! Sin explicación alguna. Terror puro, y ese asiento vacante lo ocupa ahora la esposa de Rioobo gran amigo del Presidente. Obrador controla la Corte; si es un tirano, sin duda.
Normal que en Nexos publiquen una opinión en contra de la decisión de la scjn de considerar constitucional la solicitud ciudadana y del Presidente Amlo para realizar una consulta y decidir si se juzgan o no a los expresidentes y a/o sus achichincles (que no funcionarios públicos al servicio del estado, porque eso fueron, achichincles), sus voces para nada son sorprendentes, está claro que no quieren que se enjuicio a sus patrones, que no quieren que se enjuicie a los que mantenían un sistema injusto y corrupto, no quieren que se enjuicie un sistema que les daba muchos beneficios, como por ejemplo el chayote (de los Bots derechangos que aquí publican sus “opiniones” y que abundan como las moscas sobre la mierda, ni para tomarlos en cuenta). Hay que ver también las opiniones favor de esa decisión, que también son muchas y muy valiosas, para empezar las voces de los Ministros que aprobaron esa resolución Histórica, nada más les recuerdo que fuimos más de 2 Millones y medio de ciudadanos los que firmamos la solicitud para enjuiciar es esos cabrones. A pesar de que Martin Vivanco se presente como una persona con muchos estudios y muy preparada, es indudable que los redactores de esta revista saben cuál es su posición política e ideológica y por eso le encargaron este escrito y se lo publican.
De cierta manera se concuerda, el problema en éste país es que los derechos siempre son para la mafia y los de cuello blanco, a estos sí los procesos con apego a derecho, pero qué tal con la gente sin tantos recursos o estudios? Ellos en la cárcel y sin proceso, las leyes por lo general nunca se aplican, y si la corte debe defender la constitución ya que es su principal obligación, y para el que expuso del seudomagistrado que núnca debio llegar a la corte por muchas incongruencias para que llegara, existen requisitos que medina mora no cumplia, eso es aberrante.
Lo resuelto por la corte es totalmente absurdo, el fondo del asunto lo constituyo la constitucionalidad de la pregunta formulada por el poder ejecutivo.
La figura de la consulta popular en ningún momento estuvo cuestionada, y ninguna de las partes del proyecto de resolución sometido a votación cuestiono la constitucionalidad de la consulta popular.
La inconstitucionalidad de la pregunta del ejecutivo, se sostiene en síntesis en que la procuración e impartición de justicia por los órganos del estado no puede estar sujeta a la figura de la consulta popular, puesto que ello es precisamente la violación a los principios constitucionales, esa es precisamente la razón por la cual se sostiene en el proyecto de sentencia el concierto de inconstitucionalidades.
La materia del fondo del asunto lo constituyo la pregunta formulada por el ejecutivo, y si de acuerdo al criterio de la mayoría esta era constitucional. surge la pregunta ¿bajo argumentos jurídicos y materiales fue necesario que la corte, modificara toda la pregunta?, necesariamente la respuesta es porque la pregunta era inconstitucional.
Por otra parte si la propia mayoría determino que la consulta no seria vinculante para los órganos del estado encargados de la procuración e impartición de la justicia, podemos concluir que la consulta popular a ningún fin practico conduce. de ahí lo absurdo de la resolución de la mayoría del criterio de los integrantes de la corte
Gracias Martín Vivanco. Como siempre un gusto leer tus opiniones. Aunque lamentable es el tema que las provoca…. Tristeza como ver esta transformación…
Ya que se puede esperar…. Enfermo de poder este sr…
Ya se notan los avances de la 4T. Se nota que se está trabajando magistralmente para que todo el sistema de judicial apoye al Presidente AMLO y deje atrás la defensa de sus jefes desde 1988 hasta el 2018 y a todos los delincuentes que ha dejado salir de la cárcel y no ha perseguido como lo establecen nuestras leyes. Es un paso difícil pero no imposible. El Presidente AMLO y quienes le apoyamos en la 4T estámos convencidos de que Morena debe conseguir mayoría en la Cámara de Diputados en el 2021, ganar 14 de las 15 gubernaturas en competencia y continuar el embate contra los funcionarios «corruptos» del sistema judicial de este país. Sólo así podrá avanzar con los objetivos principales de su sexenio. Estimado lector, si usted pensó que ya lo había visto todo, espere a ver los avances para el año 2021. Todos los presidentes de México han actuado como dictadores, por algo se le denomina a México la dictadura perfecta. ¿Dónde andas Mario Vargas Llosa, peruano revoltoso?
Los linchamientos también vienen siendo «válvulas de escape del malestar popular».