Se organizan como campañas, se financian como campañas, se componen de eventos propios de una campaña, pero no son campañas. Desde hace más de un mes, las campañas de Magritte, que no son una campaña, están aquí. Lo constatan, además de los millones de anuncios y bardas desperdigadas por todo el territorio nacional, las reiteradas denuncias por la comisión de actos de precampaña y campaña relacionados con la elección presidencial de 2024, suceso nunca registrado con tanta antelación.

En este contexto, y también gracias a una denuncia el Instituto Nacional Electoral (INE) finalmente, y a regañadientes, emitió, acatando una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) —también emitida sin mucho ánimo, ya que habían convalidado el proceso de Morena y sus aliados, mas no pudieron dejar pasar el caso del Frente Amplio por México, integrado por el PRD, el PAN y el PRI—, unos lineamientos orientados a darle un gramito de orden y legitimidad a estas no-campañas salvajes. Mismas que, de acuerdo con el razonamiento de la mayoría de los magistrados del TEPJF, se encuentran amparadas en la auto-organización de los partidos políticos y en el derecho a la asociación y reunión de la ciudadanía.
Los lineamientos destacan como primer punto su noble objetivo, salvaguardar la igualdad y la equidad en la contienda en cualquier proceso político que sea susceptible de tener un impacto en la celebración de elecciones. Recordemos que uno de los pilares de nuestro sistema electoral es la equidad en la contienda que tiene varias manifestaciones, tiempo, recursos y neutralidad del gobierno. Como en cualquier otra competencia, digamos como en las deportivas, que la carrera comience para todos al mismo tiempo, se gasten más o menos los mismos recursos en su preparación y no tengan ayuda del árbitro o de otro amigo poderoso es un elemento indispensable para considerar que ésta fue justa y dio iguales oportunidades a todos de ganar.
Después, los lineamientos destacan por la construcción de eufemismos —digamos, conceptos— y denomina a estas no-campañas “procesos de construcción de capital político” y, al señalar una supuesta falta de regulación, destaca que se trata de “eventos de naturaleza inédita”, probablemente porque hasta ahora nadie había tenido la audacia de violar los tiempos electorales y los periodos de precampaña y campaña con tanta desfachatez. Más adelante, no sin candidez, los propios lineamientos admiten que el objetivo de estos procesos sí es “posicionar a las personas que posiblemente sean aspirantes de cara al inicio del proceso electoral 2023-2024 para renovar la Presidencia de la República”, sí, exactamente como…una campaña electoral.
Los lineamientos se concentran en dos grandes temas regulatorios: el dinero y la exposición en medios de comunicación.
En el segundo rubro reiteran —tarde, si uno recorre cualquier carretera del país y escucha las declaraciones de los aspirantes a constructores de capital político— la prohibición de compra de propaganda electoral por parte de terceros y el uso de la pauta institucional, esto es la que corresponde a los partidos políticos en tiempos ordinarios, para dar difusión a la imagen de uno o varios constructores y el uso de recursos públicos, que incluye la intervención de servidores públicos en el proceso. Asimismo, también recalcan que en sus actos masivos de reunión no pueden hacer llamados expresos al voto.
En este punto queda en duda si, por ejemplo, se aplicarán los criterios jurisdiccionales del TEPJF respecto de las expresiones análogas al llamado al voto o si en estos “eventos masivos realizados en ejercicio de los derechos de asociación y reunión de la ciudadanía con el fin de construir capital político pero que no son actos de precampaña o campaña” pueden, por ejemplo, adelantarse propuestas de gobierno o si bien, únicamente se trata de eventos de exhibición y “activaciones” como las de un producto de una marca comercial.
Respecto del dinero, los lineamientos admiten el uso de financiamiento privado y los recursos del gasto ordinario de los partidos y crea un proceso ad hoc de fiscalización para vigilar el origen y uso de los recursos que es sorprendentemente similar al de fiscalización de los actos de precampaña.
Con ello, se obliga a los partidos políticos a reportar todos los gastos realizados en estos procesos de construcción, a presentar informes y, como punto destacable, advierte que estos gastos podrían eventualmente ser computados como gastos de precampaña o campaña. Asimismo, fija como tope de gasto para estos procesos $34 370 666.00 por constructor.
Respecto de la recepción de financiamiento personal, esto es, la aportación que cada constructor puede auto otorgarse para realizar este proceso, el consejo general del INE hace una extraña analogía entre un partido político nacional y cada uno de estos constructores de capital político y les otorgó, para dos meses aproximados de “procesos de construcción de capital político” el mismo monto que le autoriza anualmente a los partidos políticos nacionales: $2 148 166.62. Mismo caso con las aportaciones en dinero o especie por parte de militantes y simpatizantes,
En cuanto a las aportaciones en dinero o en especie por parte de las y los militantes y simpatizantes, se le permite a cada uno de ellos sentirse generosos y otorgarles a sus constructores un monto equivalente al 25 % del límite individual de aportaciones que pueden hacer anualmente a su partido político, esto es, poco más de medio millón de pesos. Tampoco queda muy claro si esta aportación tiene que ser sólo a su personaje favorito, si pueden otorgarle el mismo monto a más de un constructor o si éste medio millón debe dividirse en caso de querer apoyar a más de uno.
Finalmente, los lineamientos reiteran en más de una ocasión que las disposiciones contenidas en los mismos no constriñen la presentación de quejas y denuncias de naturaleza administrativa, jurisdiccional o incluso penal, por la comisión de presuntas violaciones a la ley electoral.
Aunque bien intencionados, parecieran que los consejeros del INE aprobaron estos lineamientos más preocupados en darle algún sustento legal a procesos de promoción electoral ya en curso —mismos que si uno lee detenidamente la Constitución y la legislación se ubican en el supuesto de actos anticipados de precampaña y campaña y, por lo mismo, pueden comenzar a engrosar el expediente de una eventual nulidad en la elección— que en preservar el orden constitucional o en reparar las violaciones a la equidad y neutralidad que se han cometido desde hace mucho tiempo en el marco de estas no-campañas.
Los más perjudicados, además de los ciudadanos que seguiremos siendo víctimas de una política que hace mucho rebasó al derecho, serán los trabajadores del INE, a quienes los trabajos de vigilancia y supervisión del cumplimiento de estos lineamientos les significó la suspensión de su periodo vacacional.
En suma, los lineamientos contienen reiteraciones de disposiciones generales que ya se encontraban vigentes y únicamente evidencian el agotamiento de nuestro modelo electoral en dos temas fundamentales: la propaganda y la ruta del dinero. Son esquemas que se han reducido, en vez de un freno a la simulación, en una convalidación de la misma. Y, por lo mismo, sí, necesitamos una reforma electoral —una buena reforma electoral— que modernice un sistema ya rebasado. Pero mientras tanto, necesitamos de autoridades dispuestas a sancionar a quienes quebranten la ley y; a su vez, actores políticos que estén preocupados por acatar las reglas y no por encontrar formas “inéditas” de violar las disposiciones vigentes.
Paula Sofía Vásquez. Analista política y especialista en regulación y derecho electoral.