A finales de marzo de este año la Sala Superior del TEPJF resolvió en definitiva sobre la expulsión de Ernesto Cordero de las filas del PAN. Aunque no se trata de un asunto novedoso en cuanto a expulsión de militantes de partidos políticos, sí estamos ante un criterio en materia electoral que vale la pena revisar respecto de las infracciones a normas partidarias, y sobre el análisis a la libertad de expresión al interior de esas organizaciones.
Libertad de expresión en redes sociales y sus restricciones en materia electoral
Si bien la libertad de expresión tiene una garantía amplia y robusta cuando se trate del uso de Internet ello no excluye a los usuarios, de las obligaciones y prohibiciones que existan en materia electoral, especialmente cuando se trate de sujetos directamente involucrados en los procesos electorales, como son los aspirantes, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, de manera que, cuando incumplan obligaciones o violen prohibiciones en materia electoral mediante el uso de Internet, podrán ser sancionados.
¿Se puede controlar el odio en la redes sociales?
El debate, la toma de conciencia y la adopción de medidas regulatorias sobre las redes sociales y su uso como cajas de resonancia de los discursos de odio, se encuentra, todo parece indicar, en un punto de inflexión. México no puede ni debe abstraerse de esta realidad, menos todavía en un entorno en el que se percibe y se vive un encono cada vez más grande en las redes sociales entre simpatizantes y detractores de diversas causas.
El derecho, los desastres naturales y la falsa seguridad
La seguridad mitiga la incertidumbre que conlleva todo riesgo, y con mayor precisión, el “riesgo inminente” (entendido como aquél que, según la opinión de una instancia técnica especializada, debe considerar la realización de acciones inmediatas en virtud de existir condiciones o altas probabilidades de que se produzcan los efectos adversos sobre un agente afectable).
El silencio y el encierro. Una reflexión sobre el derecho al voto de las personas en prisión
El 20 de febrero de 2019, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía. Desde nuestra perspectiva, el máximo tribunal en materia electoral intervino el proceso político ordinario de toma de decisiones para hacer que nuestra democracia sea mejor y sobre todo más justa. Los juicios fueron promovidos por dos personas indígenas tzotziles que actualmente se encuentran privadas de su libertad sin sentencia condenatoria o absolutoria, es decir, en prisión preventiva. Estas personas solicitaron a la Sala Superior que garantizara su derecho fundamental al voto.
La Constitución y los conceptos “malditos” de la reforma educativa
La reforma constitucional en materia educativa está en vilo. “Palabras malditas”, dijo Delgado, deben ser explicadas para buscar el acuerdo con ciertos actores políticos. En ese mismo ánimo, otras muchas tendrían que ser analizadas con miras a compadecerse del carácter progresivo pero obligatorio de los derechos humanos y para garantizar las libertades frente al Estado, un ente que fácilmente adquiere rasgos y riesgos de Leviatán.
Lo que hay detrás del memorándum presidencial
A través del memorándum el presidente se arroga una legitimidad que simple y llanamente no tiene. Aunque haya ganado con más de treinta millones de votos no tiene la legitimidad política para desconocer una serie de reglas construidas por poderes políticos constituidos y facultados para legislar para todos nosotros. Esto es lo que hay detrás del memorándum del presidente: un debate político, sí, y una reacción estruendosa en contra de la arbitrariedad.
Armenta vs Barbosa: un proceso interno de selección de candidato a gobernador viciado
En todo caso, el asunto parece no haber concluido en su totalidad y todavía está por verse si la nueva determinación del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA puede cumplir adecuadamente con los estándares de fundamentación y motivación requeridos por el TEPJF.
Las personas trabajadoras del hogar y el camino hacia la igualdad
Es de celebrarse la coincidencia en tiempo y espacio del estreno de la película Roma, la emisión de la sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte, el establecimiento del programa piloto por parte del IMSS, así como la presentación de iniciativas en la materia, que de forma conjunta, muestran la importancia de reconocer de forma efectiva, la labor de las personas trabajadoras del hogar en nuestra vida cotidiana.
Absueltos por la “fealdad” de la víctima
A continuación, daré algunos ejemplos sobre la ponderación de la fealdad en el debate parlamentario, en la ornamentación del hogar y, en un caso visto en el Tribunal de Apelaciones de Ancona, Italia, cuya fealdad fue mitigada, en la medida de lo posible, por la Corte de Casación.