Los motivos de preocupación, las causas de indignación surgidos por la reciente promulgación de las reformas y adiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión son múltiples y variados. Sin embargo, la reforma de la ley se confronta desventajosamente con el marco constitucional y el análisis de sólo el principio de finalidad exige que el patrón se declare ostensiblemente inconstitucional al no observar el principio de finalidad.
¿La desaparición de poderes como desviación de poder?
En los casi 150 años que tiene de vigencia, la figura de la desaparición de poderes no puede ni debe leerse en clave de persecución o vendetta política, pues sus fines originales consistieron en principios de la mayor relevancia como el federalismo, la forma republicana de gobierno, así como los derechos políticos de los ciudadanos. De tal manera que, más allá de nuestras fronteras, los actos u omisiones que deriven de una eventual desviación de poder en el marco actuaciones arbitrarias, también puedan ser objeto de análisis y condena en los respectivos foros internacionales.
¿Siguen siendo válidas las restricciones a los derechos políticos de los ministros de culto?
¿Por qué si no hay ministros de culto en cargos populares no se han podido impulsar reformas progresistas en todo el país? Sobra decir que los mismos estándares internacionales establecen como religión toda creencia, más allá de la divinidad, incluso creencias ateas o no ateas. Si dejáramos fuera a los ministros de culto de todas las religiones, también deberíamos dejar fuera a quienes profesan otro tipo de ideologías; lo cual a todas luces es incompatible con la misma idea del sistema de partidos y la pluralidad democrática misma. Pareciera que se está confundiendo el concepto de laicidad con anticlericalismo.
La Suprema Corte y su oportunidad de garantizar el futuro de la niñez y el medio ambiente maya
El caso Homún conjuga derechos tan sensibles como la salud, el medio ambiente y el agua de niños pertenecientes al pueblo maya y el impacto que la operación de esta mega granja puede tener en la “Reserva Geohidrológica del Anillo de Cenotes de Yucatán”. Esto, sin duda, representa para la Suprema Corte una oportunidad excepcional para desarrollar criterios judiciales en materia ambiental que ratifiquen al juicio de amparo como un recurso efectivo para la protección de los individuos y de la propia naturaleza.
El desechamiento de la controversia constitucional del Congreso de Tamaulipas y el procedimiento de desafuero
Ante las dudas, las confusiones e, inclusive, la desinformación intencionada que se han generado en torno al caso del desafuero del gobernador del estado de Tamaulipas, vale la pena hacer una breve explicación para aclarar este tema de enorme relevancia en la conversación pública.
El derecho al futuro: la Corte Constitucional alemana y el liberalismo en el antropoceno
Al proteger judicialmente el derecho al futuro, la decisión sobre cambio climático de la Corte Constitucional alemana dio un paso esencial hacia la reflexión sobre el futuro del derecho, o bien, acerca del papel del derecho en el futuro que ya llegó.
La diputación migrante, ¿acción afirmativa o derecho diferenciado en función del grupo?
A pesar de que este proceso electoral garantizará la postulación de personas indígenas, afrodescendientes, discapacitadas, LGBTTTIQ+, y mexicanas que residen en el extranjero para el Congreso federal, eso no se traduce en que tendremos un congreso más plural e incluyente. Del total de estas candidaturas, sólo las personas indígenas postuladas garantizarán su acceso y no del resto.
La nueva Ley de la Fiscalía General o cómo procurar impunidad
Respecto la nueva Ley de la Fiscalía General es preciso afirmar que es un ordenamiento innecesario, expedido sin evidencias que sustenten la necesidad de su emisión y sustitución de una ley que prácticamente no fue puesta en práctica. Asimismo, en los hechos contiene diversas disposiciones que, lejos de ayudar a la procuración de justicia, lucen más enfocadas a procurar la impunidad en nuestro país.
El precedente en la reforma judicial
El precedente es uno de los temas que mayor resonancia tiene la reforma judicial y la entrada de la Undécima Época. La aplicación del precedente obligará a todos los operadores del derecho a modificar su práctica jurídica. Dominarlo será un factor decisivo para la argumentación de los litigantes y miembros de la judicatura.
El dilema de Zaldívar: la “trampa” de la reforma del Poder Judicial
En relación a este último aspecto, e imaginando que uno de los actores legitimados para dar curso a una acción de inconstitucionalidad lo haga, podemos pensar en algunos escenarios a partir de las siguientes preguntas. ¿Cuándo Zaldívar afirma que se atendrá a la decisión de la Corte, se incluye, es decir no contempla la posibilidad de excusarse? ¿Puede excusarse, a pesar de que el artículo 7 de la Ley Reglamentaria del Poder Judicial de la Federación establece que “Los Ministros sólo podrán abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal o no hayan estado presentes en la discusión del asunto”? ¿Puede haber un empate en el voto?