Día a Día

La Suprema Corte, perspectiva de género y las víctimas de violencia familiar

El 7 de marzo pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió y resolvió el amparo directo en revisión 6181/2016, a propuesta del ministro Arturo Zaldívar. El asunto abordó un tema de especial relevancia para el ordenamiento jurídico nacional: la obligación de los jueces de juzgar con perspectiva de género los casos penales en los que la parte sentenciada haya sido víctima de violencia familiar.


Día a Día

La violación sexual y la (in)existente perspectiva de género

En este contexto, el principal propósito del juez consiste en analizar el caso y dictar una sentencia. En los casos de delitos sexuales, como la violación, el análisis se complica por diversas cuestiones particulares. Aunado a eso, existe la carencia de una condición indispensable en la actualidad para todos los jueces: la perspectiva de género. ¿Qué es eso? La perspectiva de género es una categoría analítica que sirve para cuestionar los estereotipos y para alcanzar una mayor equidad entre los géneros. Es decir, cuando se analiza un caso donde la víctima es una mujer, el juez debe considerar la posición de desigualdad y subordinación en la que podría encontrarse la misma.


Día a Día

La peligrosa inclusión del presidente de la República como sujeto de juicio político

Sirva el presente artículo para detenernos un momento y tratar de explicar desde una óptica jurídica las responsabilidades de los servidores públicos en la Constitución para, posteriormente, enfocarnos en lo concerniente a la peligrosa inclusión del presidente de la República como sujeto de juicio político.



Justicia electoral

Caso el Bronco. Los argumentos de la minoría de magistrados del Tribunal Electoral

A continuación, se ofrecen algunos subrayados que buscan destacar los principales argumentos de las participaciones de los magistrados de la Sala Superior del TEPJF Janine Otálora, Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez, en la sesión pública de los días 9 y 10 de abril de este año, donde se decidieron los asuntos de Jaime Rodríguez Calderón “el Bronco” y Armando Ríos Piter.


Justicia electoral

El Bronco a la boleta: ¿decisión garantista o garantismo espurio?

Lo natural de una afectación al derecho de audiencia, es conceder la posibilidad de reponer la etapa del procedimiento que se consideró violada para que el justiciable pueda hacer efectivo su derecho de defensa; sin embargo la preocupación mayor radica en la conclusión a la que arribó el recinto judicial, pues con un salto argumentativo francamente insostenible, la mayoría de los integrantes asumieron que existía una duda plausible para pensar que de habérsele permitido dicha revisión, el aspirante habría alcanzado las firmas que le faltaron y la manera de restituir el daño era otorgándole la candidatura.


Día a Día

Donación de órganos, ¿obligatoria? La propuesta de reforma a la Ley General de Salud

En este proyecto de reforma se propone cambiar el modelo de donación de órganos de manera que ahora todos los ciudadanos se vuelvan donadores de órganos automáticamente. Es decir, con esta reforma, todas las personas serán donadoras de órganos por defecto y se requerirá que las personas expresen su negativa para que se les deje de considerar donadores. Por obvias razones, esta reforma ha sido muy polémica.


Justicia electoral

La disección de las firmas del Bronco

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le ordenó al INE incluir en la boleta a Jaime Rodríguez “El Bronco”. El 10 de abril despertamos con un nuevo candidato a la presidencia de la República. Le faltaron 16,656 apoyos reales y legítimos; le sobraron casi el 60% de sus firmas, pues tenían diversas inconsistencias, así como indicios de la utilización de un mercado negro de datos personales. Quedó la incertidumbre y la desazón de una decisión que no se explicaba ni técnica ni jurídicamente.


Día a Día · Internacional

Trump y Siria: el fin no justifica los medios

La intervención unilateral militar de EUA, Reino Unido y Francia en Siria, sin importar su dimensión, duración e intensidad, es violatoria de la Carta de las Naciones Unidas, contraria al derecho internacional y constituye un acto de agresión. Esto de ninguna manera implica que el uso de armas químicas en Siria sea legal o legítimo, ni que siga siendo imperante buscar soluciones políticas a esta crisis. Por el contrario, sigue siendo un acto criminal atroz, sin justificación en ninguna circunstancia.