El pasado 1.º de junio, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revindicó la división de poderes, defendió la autonomía presupuestal del Instituto Nacional Electoral (INE) y garantizó el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía. Lo anterior, lo logró al eliminar la opacidad y la ilegalidad de las malas prácticas legislativas que se han implementado en la Cámara de Diputados para procesar, cabildear y aprobar el presupuesto de egresos de la federación.
Constitución y toros
En la mayoría de las entidades federativas, el maltrato y la crueldad innecesaria hacia los animales están prohibidos e incluso tipificados como delito. Sin embargo, hay dos grupos de animales que no han recibido la misma protección a nivel legislativo: los toros de lidia y los gallos. Si bien en algunos estados ya se ha legislado para prohibir las corridas de toros, siguen celebrándose estos espectáculos en un número importante de plazas, en particular, en la Plaza México. La pregunta que surge es si al día de hoy, después de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, en la que se planteó la necesidad de reconocer un mayor alcance de los mismos, incluso de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, ¿es posible sostener la constitucionalidad de los espectáculos taurinos?
Jalisco y la constitucionalidad de su reforma al sistema público de pensiones
En 2021 el gobernador de Jalisco presentó al Congreso local una iniciativa de ley que tenía por objetivo llevar a cabo ambiciosas modificaciones al régimen pensionario público contenido en la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco. Esta iniciativa fue aprobada sin mayor dilación. Sin embargo, un punto controversial fue la reducción de las tasas de aportación, desencadenándose un impacto en los montos de pensión a los que se puede aspirar una vez que reúnan los requisitos; además de establecer un tope a las pensiones de modo que no podrán ser superiores a 39 veces el valor de la UMA elevado al mes -aspecto que, en un artículo transitorio, se determinó que fuese aplicado a todas aquellas pensiones que ya se encontraban siendo pagadas superiores a ese monto.
El decreto-ley para la prohibición de cigarrillos electrónicos
El pasado 31 de mayo de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares sin Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas -decreto expedido por el presidente de López Obrador.
La difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y el modo honesto de vivir
A pesar de las decisiones del TEPJF, no fue posible establecer sanciones directas que buscaran inhibir este tipo de conductas, porque de acuerdo con el sistema legal, no es el TEPJF quien debe imponer las sanciones en este tipo de casos. Conforme a los establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales cuando las autoridades federales, estatales o municipales son quienes cometen una infracción a las leyes electorales, la función de la autoridad jurisdiccional se limita declarar la existencia de la infracción y a dar vista al superior jerárquico de la autoridad infractora para que sea quien imponga las sanciones correspondientes.
Las noticias jurídicas más relevantes en el mundo. Segundo reporte 2022
Presento a los lectores de El Juego de la Suprema Corte una selección de las noticias —principalmente, relacionadas con la impartición de justicia— que, entre abril y junio del año en curso, se han registrado en otras partes del mundo.
La Suprema Corte y su interpretación de los tratados internacionales
La invocación a los tratados internacionales de derechos humanos en sede jurisdiccional primero fue un lujo, después una moda y, finalmente, con la reforma del 2011, una obligación. En este transcurso, la Corte ha dado lectura a tratados internacionales de una manera peculiar. En ocasiones, los descontextualiza; en otras, los modifica e; incluso, a veces les cambia la finalidad. No se pasa por alto que está permitida una interpretación progresiva del tratado, pero entre este ejercicio y una descontextualización hay un trecho importante. Tampoco pasa desapercibido que quizás el reto de la Corte es solucionar problemas contextualizados y que ello le da margen para “moverle” al tratado. ¿Es correcto? Veamos un ejemplo.
Más allá del aborto: la Corte Suprema que desmantela una democracia
Es imposible no recordar esta admonición de hace casi dos siglos al contemplar cómo la Corte Suprema de Estados Unidos desmantela las instituciones del democráticas de este país, al grado de inclusive menoscabar su rol como salvaguarda medular del régimen democrático. Este esfuerzo no es reciente y antecede tanto la decisión de Dobbs v. Texas, que revirtió media década de derechos reproductivos en el país, así como a la cimentación de una super mayoría conservadora en esta Corte. Es difícil recordar un momento en que la Corte haya sistemáticamente desmantelado tantos aspectos claves de la democracia estadounidense y de su gobernanza efectiva, como en la última década y, en particular, en los últimos dos años.
Las contradicciones del ministro Ortiz Mena frente el uso de la fuerza y la protesta públicas
En el primer asunto que se somete a un control concreto de constitucionalidad a la LNUF, parece ser que la Corte se perfila a ubicarse como un tribunal constitucional alejado de la realidad social y los contextos de represión generalizada a la protesta social. En este sentido, consideramos que los ministros y ministras que integran la primera sala deben rechazar el proyecto propuesto por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y ordenar que se presente uno nuevo que garantice el derecho de la CMDPDH a la libre protesta y manifestación.
2022: ¿Se acabaron los internamientos involuntarios en México?
Quizá la escena suena familiar, pues ha salido en varias películas, pero el internamiento involuntario es un procedimiento que se ejerce cotidianamente a nivel mundial. Sobran dedos de las manos para nombrar países que no lo prescriban y, afortunada e inesperadamente, México ya ocupa uno de ellos. Mediante una reforma a la Ley General de Salud (LGS) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2022, el país expulsó de su ordenamiento jurídico —al menos en papel— ese vestigio de violaciones sistemáticas a derechos humanos.