La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos de revertir el precedente de Roe v. Wade, que estableció en 1973 el derecho constitucional a interrumpir el embarazo en ese país y con enormes repercusiones alrededor del mundo, todavía no cesa de cimbrar a la sociedad estadounidense. Más allá de las secuelas legales y políticas de esta sentencia, lo cierto es que el daño en la vida de millones de mujeres y personas gestantes es inconmensurable. Sin exagerar, desde el pasado viernes, Estados Unidos es otro país, uno en el que su agenda de extrema derecha empieza a colonizar ámbitos impensables hasta hace algunos años. Por ello, invitamos a conversar a tres abogadas expertas con el propósito de conocer los pormenores de esta decisión judicial, así como las condiciones de la nueva arena de batalla a favor del aborto. Sobra mencionar que esta es una de las lecciones clave de este episodio en la vida pública estadounidense para nuestro país: la lucha por los derechos es perenne.
De Griswold a Dobbs: breve recorrido de los precedentes estadounidenses en materia de aborto
Roe v. Wade es el caso insignia en materia de aborto. Dicho precedente reconocía a las mujeres el derecho a interrumpir legalmente su embarazo en un esquema trimestral. Sin embargo, el pasado 24 de junio, la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió el caso Dobbs v. Jackson y, con ello, el precedente establecido en Roe llegó a su fin. En estas líneas pretendo ofrecer un panorama muy general sobre el estado de cosas de los precedentes estadounidenses en materia de aborto, es decir, un recorrido a los precedentes y al pensamiento constitucional de la Corte Suprema, previo y posterior a Roe entre 1965 a 2022.
Derecho y Tecnología · Día a Día
El T-MEC y la conversación pública digital en México
Los tiempos políticos, desafortunadamente, no son los más adecuados para un debate inteligente al respecto; con una sucesión presidencial adelantada, es difícil imaginar que la clase política abra siquiera una discusión en torno a una eventual legislación creativa y moderada para aterrizar la entrada en vigor de esta disposición en julio del 2023. No obstante, lo que está en juego no es menor: aprovechar lo pactado en el T-MEC, para trazar reglas mínimas de la conversación pública digital de la democracia mexicana.
El lenguaje incluyente en la comunicación social: los retos para hacerlo una realidad
Este sentido, recientemente, en abril de 2022, entró en vigor el decreto por el que se adiciona la fracción VI Bis al artículo 8 de la Ley General de Comunicación Social. Esta adición establece que las campañas de comunicación social de todo ente público deben, como regla, utilizar el lenguaje incluyente, libre de discriminación eliminando cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres.
La ruta del dinero: ¿cuándo los partidos políticos hacen transferencias indebidas de dinero público?
El criterio resuelto por la Sala Superior es un parteaguas en el mundo de lo permitido para los partidos políticos sobre el uso de recursos provenientes del erario público. Como pudo leerse, los partidos políticos ahora tienen permiso tanto para crear mecanismos financieros enfocados en lograr objetivos como tener instalaciones para llevar a cabo sus actividades, como para mover el dinero que, en un supuesto normal, tendría que devolverse a las tesorerías. El efecto que tendrá esta decisión en las finanzas del pueblo mexicano quedará por verse en la buena fe de los partidos políticos.
Día a Día · Justicia electoral
¿Por qué necesita la justicia electoral un sistema de precedentes?
En el contexto de transformación del Poder Judicial de la Federación es necesario dotar de mayor coherencia, uniformidad y fuerza a los criterios de la Sala Superior del TEPJF y, por ende, a todo el sistema normativo electoral. Para lograr lo anterior, dicho órgano tiene que dar el paso hacia un sistema de precedentes en el cual las razones que justifican las decisiones, compartidas por una mayoría calificada, sean obligatorias para todas las salas que integran al TEPJF sin necesidad de reiteración.
México v. Smith & Wesson: ¿Cómo deben los tribunales estadounidenses abordar el vínculo causal en demandas de responsabilidad civil contra fabricantes de armas?
Cuando se trata de responsabilizar a las empresas por los daños derivados de sus actividades comerciales, la causa próxima se convierte en un elemento fundamental, porque delimita la responsabilidad. A menudo, hay varios vínculos causales entre las acciones de una empresa y el daño resultante. Por ejemplo, hay varios vínculos entre los fabricantes de armas y el usuario final del arma de fuego, incluidos los distribuidores legales, los compradores al menudeo y los contrabandistas que llevan las armas a través de la frontera con México. En estos casos, el daño que México alega —el costo monetario de la violencia con armas de fuego- ocurre sólo después de que los criminales usan estas armas para herir o matar a personas. Tal y como se describe en la demanda, existe una conexión entre la práctica comercial de los demandados y el supuesto daño de México, pero la cuestión sigue siendo si la asignación de responsabilidad está justificada, dada la naturaleza remota de esta relación.
¿#UrgeLegislar?
La última vez que estuve formalmente en un salón de clases fue en el 2009, hace ya un par de lustros. Cuando pienso en los cambios que ha sufrido el campo del Derecho durante esta década me doy cuenta de que no solo vivimos en los albores de un mundo que tiene poco que ver con lo que me enseñaron en clase sino también que mi profesión —abogacía— quizá será una de las primeras bajas ante la llegada de la inteligencia artificial (IA). A continuación, algunos ejemplos.
La prisión preventiva oficiosa y la inconvencionalidad de las normas constitucionales
El pasado 25 de mayo, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia realizó el estudio del amparo en revisión 96/2022, que abordó el tema de la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa. Una mayoría de ministros votó en contra de la propuesta, de tal manera que el asunto reenvié a otro ministro para elaborar un nuevo proyecto de sentencia. En el centro del debate de este asunto están dos posturas de enorme relevancia para el orden jurídico mexicano: por un lado, preferir las restricciones constitucionales de acuerdo con los argumentos de la contradicción de tesis 293/2011 y del varios 1396/2011 o, por el otro lado, abrir la posibilidad de ‘inaplicar’ o inclusive declarar la invalidez de reformas a la Constitución.
La Suprema Corte y el aborto: más avances en la dirección correcta
El martes 24 de mayo el pleno de la Suprema Corte dio inició con la discusión de un bloque de asuntos que de una forma u otra abordaban el derecho a interrumpir un embarazo. Estas resoluciones cobran aún mayor importancia cuando vemos la situación que se vive en otros países, como por ejemplo Estados Unidos, donde observamos una Corte Suprema lista para despojar de un derecho a miles de mujeres y personas gestantes. Desde GIRE aplaudimos las decisiones de nuestro tribunal constitucional y continuamos con la lucha por traducir sus sentencias en mejoras puntuales en la vida diaria de las mujeres.